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Mariano Ferreyra: 25 años para Pedraza.

Jose PedrazaEsta mañana, las querellas del Partido Obrero y de CORREPI realizaron su alegato ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°21 de la Capital, integrado por los jueces Horacio Dias, Diego Barroetaveña y Carlos Bossi, en el juicio oral por el asesinato de Mariano Ferreyra.


Las Dras. Claudia Ferrero y María del Carmen Verdú, quienes representaron a Elsa Rodríguez y Nelson Aguirre, solicitaron la pena de 25 años de prisión para José Pedraza, secretario general de la Unión Ferroviaria y Juan Carlos Fernández tras considerarlos instigadores del plan criminal que luego derivó en la tentativa de homicidio calificado contra sus representados durante los hechos ocurridos el 20 de octubre de 2010 en Barracas.





Con respecto a Cristián Daniel Favale, Pablo Marcelo Díaz y Gabriel Fernando Sánchez, pidieron la misma pena en carácter de coautores del mismo delito, al igual que a Jorge Daniel González, Claudio Gustavo Alcorcel, Juan Carlos Pérez, Francisco Salvador Pipitó, Guillermo Armando Uño, Luis Osvaldo Mansilla, Jorge Raúl Ferreyra, Hugo Ernesto Lompizano, Rolando César Garay, David Ismael Villalba, Luis Alberto Echavarría y Gastón Maximiliano Ezequiel Conti, como partícipes necesarios del plan criminal.


El próximo martes, tendrá lugar el alegato del Ministerio Público Fiscal.

Causa Ferreyra: Piden el procesamiento de los policías por homicidio y tentativas de homicidio.

 


 




claudia_ferrero_2La querella, representada por las Dras. Claudia Ferrero (Partido Obrero / APEL) y María del Carmen Verdú (CORREPI), solicitó a la jueza Wilma López que procese a los policías imputados en la causa paralela como partícipes necesarios de homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa. A diferencia de la fiscalía, que pidió el procesamiento de siete jefes policiales por los delitos de abandono de persona calificado e incumplimiento de los deberes de funcionario público, la querella que representa a los militantes del Partido Obrero, Nelson Aguirre y Elsa Rodríguez, sostiene que “el personal policial fue parte activa (y no por simple omisión) del plan urdido para aleccionar a los tercerizados y sus acompañantes, ya que sin su cooperación, acordada de antemano y cuidadosamente coordinada con los ejecutores de los homicidios, no hubiera podido perpetrarse el hecho investigado”.

Maria-del-Carmen-VerduEn la presentación, las abogadas afirman que los policías, que conocían de antemano la situación y la alta probabilidad de un ataque violento de la Unión Ferroviaria, además de facilitarlo, apartándose y abriendo camino a la patota de la UF, no se limitaron a dejar a las víctimas libradas a su suerte, como sostiene el fiscal. Deliberadamente omitieron obtener el registro en video y audio de los momentos cruciales de los hechos; dejaron escapar a los criminales atacantes, y les guardaron las espaldas. También permitieron que se retiraran las armas del lugar, y garantizaron que se perdiera, o directamente se encargaron de eliminar, evidencia crucial, como vainas y plomos. Luego, mintieron sobre la forma en que ocurrieron los hechos, mintieron sobre las órdenes que tenían, y las que impartieron.

“Semejante cuadro carece de todo sentido si no se lo encuadra en lo que definitivamente fue: parte necesaria, imprescindible, incluso, del plan criminal determinado por Pedraza y Fernández, dirigido por Díaz en el lugar y ejecutado por el resto de los procesados. Sin ese imprescindible aporte, la patota no hubiera logrado su criminal cometido”. Así, Ferrero y Verdú solicitan a la jueza Wilma López que procese al comisario mayor Hugo Ernesto Lompizano, a cargo de la DGO de la PFA; al subcomisario Luis Alberto Echavarría de la DGO de la PFA ; al oficial principal Gastón Maximiliano Ezequiel Conti de la DGO de la PFA; al comisario inspector Luis Osvaldo Mansilla, jefe de Control de Líneas de la PFA; al comisario Jorge Raúl Ferreyra, jefe de la División Roca de la PFA; al subcomisario de la Cría. 30ª de la PFA Rolando César Garay y a David Ismael Villalba, de la División Videos de la PFA, por los delitos de homicidio calificado (cuatro hechos, uno consumado y tres en grado de tentativa) en carácter de partícipes necesarios, figura que acarrea prisión perpetua.