Salta: El Consejo de Participación Indígena rechazó el Decreto Provincial Nº 3505/14. Nada extraña en los pagos de Urtubey. Y con los pueblos originarios no iba a ser la excepción, pues lleva a cabo la misma estrategia de Gil...

Salta: El Consejo de Participación Indígena rechazó el Decreto Provincial Nº 3505/14.

Comunidad Lules - Salta

Nada extraña en los pagos de Urtubey. Y con los pueblos originarios no iba a ser la excepción, pues lleva a cabo la misma estrategia de Gildo Insfrán, en Formosa o de Bacileff Ivanoff, en Chaco. Más aún, cuando está en juego la participación de las comunidades en el relevamiento territorial, lo cual suele obstaculizar los intereses de la patria sojera o de los terratenientes, en el caso salteño.

Mediante el Decreto Provincial Nº 3.505/14, el Ejecutivo desconoce lo establecido en la normativa vigente con respecto a "la participación plena y efectiva de los Pueblos Originarios y sus Comunidades en el Programa de Relevamiento Territorial de Comunidades Indigenas a través del Consejo de Participación Indígena CPI", al igual que lo prescripto por la Ley Nacional Nº 24.071, ratificatoria del Convenio 169 de la OIT,) que establece el derecho a la consulta previa e informada.

En respuesta a esta medida, mediante un comunicado, el Consejo de Participación Indígena (CPI) de Salta reivindicó los fundamentos constitucionales y la Ley Nacional Nº 26.160 ante la parcial interpretación realizada por el Gobierno provincial, mientras que el pasado miércoles, de acuerdo a lo resuelto por dicho Consejo, tuvo lugar un “silencio simbólico” de dos horas en repudio a los contenidos del mencionado decreto provincial "y hasta tanto se haga presente la Sra. Ministro de Derechos Humanos", a quien solicitaron "audiencia sumarísima con el Sr. Gobernador de la Provincia de Salta".

Por otra parte, repudiaron enérgicamente la finalidad política de la normativa promulgada, denunciando "que existe una superposición de objetivos y  de tareas como así también de equipos y técnicos" pues ello "ya fue conformado legalmente a través de los Convenios Marco y específicos para la aplicación de la Ley 26.160, con la participación de la Nación a través del INAI, y de la Provincia a través del Ministerio de Derechos Humanos, y del Cuerpo del CPI en representación de los Pueblos Originarios, que es el Equipo Técnico Operativo (ETO) que viene realizando los relevamientos según la planificación de la Unidad Provincial (UP)".

No obstante, aclararon que la medida de protesta y el repudio "no significa la interrupción parcial o completa del proceso de relevamiento territorial" por cuanto se "exigirá la continuidad del Programa de Relevamiento en curso" y ratificaron "la legitimidad y el trabajo del actual convenio en vigencia, y las acciones del ETO concretadas hasta el presente".

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