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Se cayó el montaje judicial contra el director y la Agencia de Noticias Nueva Colombia (ANNCOL)

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Por Rodolfo Ríos Lozano*

La Sala de Casación penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la sentencia absolutoria a favor de Joaquín Pérez Becerra, director de ANNCOL. La Delegada de la Fiscalía, interpuso recurso de insistencia ante la Procuraduría General de la Nación, el Procurador Delegado para la Casación Penal, decidió abstenerse acceder a la petición de insistir ante la Sala de Casación Penal para la admisión de la demanda presentada por la Fiscalía.

De esta forma, queda libre de cualquier responsabilidad penal el Director de ANNCOL y queda por el piso el montaje judicial orquestado por el gobierno colombiano, como también los mezquinos señalamientos en contra de la Agencia de Noticias Nueva Colombia (ANNCOL), como “El órgano de información del Terrorismo”.

En el proceso penal, la defensa, explicó y probó que la Agencia de Noticias Nueva Colombia (ANNCOL) es una agencia de noticias no comercial situada en ESTOCOLMO, SUECIA, fundada en 1995, por los ciudadanos suecos señor Jens Holm, ex-parlamentario Europeo y Parlamentario de Suecia; señor Dick Emanuelsson, escritor y periodista y Joaquín Pérez Becerra, ingeniero y periodista exiliado político de Colombia, víctima del genocidio de la Unión Patriótica, ahora nacionalizado en Suecia; que este medio de comunicación mantiene un portal de noticias en Internet, donde informa temas políticos y en relación con el cruel conflicto armado colombiano; que es un medio de denuncia pública de violación de los derechos humanos contra los partidos de izquierda, destacando la guerra sucia contra el Partido Comunista Colombiano, la Unión Patriótica, el Polo Democrático y movimientos populares, sindicatos y comunidades campesinas e indígenas y que también tiene cubrimiento noticioso sobre hechos de violación de derechos humanos en América Latina, Estados Unidos, Europa, Asia, Australia y África. Razones de la existencia de ANNCOL que, reitero, fueron aprobadas por la defensa en el juicio público en contra de su director y que no fueron desvirtuadas por la Fiscalía General de la Nación y hoy, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá y la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, le han dado todo el crédito a la defensa y el reconocimiento a ANNCOL, como una Agencia de Noticias legalmente constituida.

Cae montaje de la "Justicia" colombiana contra co - fundador de ANNCOL (ANNCOL / Agencias)

Detención Joaquín Pérez Becerra

El montaje del Estado le costó a Joaquín Pérez

más de tres años en la mazmorra colombiana

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó (09/11/2015) la absolución proferida a favor de Joaquín Pérez Becerra, co fundador y director de la Agencia de Noticias Nueva Colombia, ANNCOL.

La Corte inadmitió un recurso de casación con el que la Fiscalía pretendía que la Corte revocara la absolución dada en 2014 por el tribunal Superior de Bogotá al periodista Pérez Becerra, exiliado en Suecia por su pertenencia a la Unión Patriótica, desde la década de los 90.

Como es sabido el periodista Pérez Becerra a quien para callar su actividad periodística denunciando el fascismo de Uribe Vélez, la “justicia contrainsurgente colombiana” había hecho un montaje acusándolo falsamente de terrorismo internacional.

Fue detenido por las autoridades venezolanas cuando arribó al aeropuerto de Caracas el 23 de abril de 2011 para participar en un evento internacional. Desconocieron su pasaporte y nacionalidad sueca por recomendación de Santos. Dos días después fue entregado en el mismo aeropuerto a un comando de las Fuerzas Especiales del Ejército Colombiano. Éste arribó a Caracas en avión militar colombiano solo con la misión de llevar Pérez esposado a Bogotá como cualquier capo de la droga.

De los 9.000 presos políticos y de conciencia menos de los prisioneros de guerra... los medios.... nada dijeron

Isaac - Guerrillero FARC

Guerrillero de Farc, Isaac Arias López, con una pierna en descomposición.

Recluido en la Picota / ERON

Joaquin Perez Becerra

Por Joaquín Pérez Becerra

Los medios masivos resaltaron la continuidad de la Tregua Unilateral, es lo único que les atormentaba, el júbilo en los micrófonos de las radios afínes a la oligarquía desbordó en entusiasmo, en referencia al comunicado de las Farc, leído por uno de sus voceros, Carlos A. Lozada. "De los más de 9.000 prisioneros políticos y de conciencia, víctimas de los denominados falsos positivos judiciales" mucho menos "de los prisioneros de guerra o colaboradores de las FARC" no dijeron ni mierda.

Israel, un Estado campeón mundial en violar los DD. HH. del pueblo palestino, ha tenido que intercambiar restos óseos de uno de sus soldados por más de 200 palestinos. El pasado 12 de julio "Israel libera a un preso palestino que cumplió 55 días en huelga de hambre" reporta La Razon.es

Los presos y presas politícas en Colombia han denunciado miles de veces en la condiciones de abandono en que "viven" léase: hacinados". Miles de tutelas, centenares de huelgas de hambre hasta coserse los labios con hilos de tejer para que sean atendidos oportunamente por la EPS CAPRECOM, aún así se siguen muriendo. Para no hablar de la población carcelaría común detenida por "delitos de pobreza", quienes deben ser igualmente tenidos en cuenta.

"Fue deliberado el asedio militar" para los propósitos militaristas (ANNCOL)

Santos y Ejercito

Joaquin Perez Becerra

Por Joaquín Pérez Becerra

El "asedio militar" del ejército, afirman Farc. "Deliberado" dice J. M. Santos en referencia a los hechos acaecidos en Buenos Aires. Dos visiones de la tragedia, donde confirmados, murieron 11 militares y otros tantos heridos.

El general Mario Valencia, comandante de la Tercera División del Ejército, dice que sus tropas "realizaban operaciones de control territorial en la vereda La Esperanza cuando fueron atacados". Desde La Habana, la delegacion de Paz de la insurgencia, afirma, "Como resultado del asedio militar del ejército, la reacción legítima de las FARC derivó en la muerte de 10 militares y lesiones a 18, en el municipio de Buenos Aires, Cauca".

La respuesta del gobierno colombiano en cabeza de su presidente, obedeciendo a las vísceras, fue la de retomar los bombardeos a campamentos de la guerrilla, suspendidos el 11 de marzo, calificados por las Farc en su momento, como de "dudosa generosidad".

Son evidentes de los esfuerzos de las Farc en mantener en buen ambiente los diálogos de La Habana, ya desde el 20 de diciembre habían decretado una Tregua Unilateral Indefinida de sus acciones ofensivas y otra gran cantidad de gestos... Sin embargo la "reciprocidad" del gobierno se percibe como calculada y mezquina, carente de generosidad.

Llama la atención, la rapidez de Santos y su cúpula en frenar el des-escalamiento de la actividad militar en el país. No es simétrico en estos momentos de "avances en La Habana", reversar la interrupción de ataques desde el aire, so pretexto de una acción militar de la guerrilla, sin al menos investigar e interlocutar con su adversario en la Mesa de La Habana.

Solidaridad con Joaquín Pérez Becerra y los presos políticos colombianos.

Solidaridad Internacionalista presenta un video en solidaridad con los presos políticos colombianos y particularmente con el periodista Joaquín Pérez Becerra, quien fue entregado en abril de 2011 por la República Bolivariana de Venezuela a la República de Colombia, y que hoy enfrenta un montaje judicial con testigos pagados y entrenados en las oficinas militares.


El video fue realizado en base al audio de la entrevista realizada por RadioCaféStereo.nu al abogado de Pérez Becerra, y a imágenes de la red en solidaridad con Joaquín Pérez Becerra y con los 8.000 presos políticos colombianos.



Entrevista al abogado de Joaquín Pérez Becerra, preso político colombiano from A Solidario on Vimeo.


Recordamos que Joaquín Pérez fue concejal de Corinto Cauca para el partido político opositor Unión Patriótica, cuyos 5.000 militantes fueron asesinados en el marco del exterminio ejecutado por el Estado colombiano. Posteriormente, se asiló en Suecia, tras el asesinato de sus compañeros y esposa, donde obtuvo la nacionalidad sueca. En este país trabajaba para el sustento de su familia y utilizaba su tiempo libre y esfuerzo para la página de prensa alternativa ANNCOL, en una actividad periodística de profunda empatía social.




En abril de 2011, este periodista de gran calidad humana viajó a Venezuela, siendo sorpresivamente detenido y entregado a Colombia de manera totalmente ilegal, en abierta violación al derecho a defensa y al Derecho Internacional Humanitario. Actualmente enfrenta un terrible montaje judicial en Colombia, país en el que se estiman más de 8.000 presos políticos.


Joaquín es víctima de un juicio político para callar su voz y escarmentar la libertad de prensa.

Suecia: Manifestaron frente al Ministerio de Relaciones Exteriores por la libertad de Joaquín Pérez Becerra / Video.

 


Video de la manifestación realizada el pasado lunes frente al Ministerio de Relaciones Exteriores de Suecia, por la libertad del compañero Joaquín Pérez Becerra


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Joaquín no calla, se multiplica en cada exiliado...


Joaquín no es terrorista, Joaquín es periodista !!...

Joaquín no es terrorista, Joaquín es periodista !! - Declaración de apoyo a Joaquín Pérez Becerra.

 


Bajo el lema que titula esta nota, se expresó la solidaridad con el periodista Joaquín Pérez Becerra a través de una carta enviada por compañeras y compañeros de Nuestramérica y el Mundo al Comité por la Libertad de Joaquín Pérez Becerra, ante la manifestación convocada para hoy frente al Ministerio de Relaciones Exteriores de Suecia.


Dicha declaración de apoyo la transcribimos a continuación:


Octubre 10 de 2011
 


Compañeros y compañeras del “Comité Libertad para Joaquín Pérez Becerra":


Porque TODA injusticia se convierte en una espina clavada en el corazón de quienes amamos la paz, sea donde fuere que se cometa.


Porque TOD@ pres@ polític@ es nuestra llaga sangrante


Porque la SOLIDARIDAD es el nutriente de nuestras vidas es que estamos acompañándolos, en la distancia, repitiendo junto a ustedes:


¡ JOAQUÍN NO ES TERRORISTA !, ¡ JOAQUÍN ES PERIODISTA !


NO al montaje judicial que pretende amordazar a un compañero víctima del Terrorismo de Estado que enluta a su tierra.


Acompañándolos desde Nuestramérica y el mundo:


Dick y Miriam Emanuelsson, Reporteros en América Latina


Toni Solo. Nicaragua


Ingrid Storgen. Periodista. Responsable del colectivo Amigos de la PAZ en COLOMBIA y en el MUNDO


Unai Aranzadi Ormaetxea. Independent DOCS


Franklin Ledezma Candanedo (Miembro fundador y primer Presidente de la Asociación Americana de Periodistas Bolivarianos, Capítulo de Panamá - www.aapebcap.es.tl /, Secretario de Educación y Cultura de Prensa Universitaria Internacional, de la Red de Comincadores Agroambientales por el Desarrollo Sostenible de Panamá, del Grupo Cultural "León A. Soto" y Periodista especializado en Turismo Sostenible).


Allende La Paz, Editor responsable NotiColombia Press


Hernán Quintero, Asociación Jaime Pardo Leal.


Partido para la Liberación (PL) - Argentina


Sergio Ortíz, Secretario Gral. del PL - Argentina


FeTERA Flores (colectivo de base de la Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina en CTA.) Aurora Tumanischwili Penelòn, Guillermo López    


Marta Speroni. Activista por Cuba. Argentina


Igor Calvo, militante de base del FNRP - Honduras.


Aline Castro, Red por Tí América - Brasil.


Cristina Castello, poeta y periodista argentina desde Francia.  


Carlos Guanciarrosa, Agrupación Enrique Mosconi - FeTERA en CTA - Argentina.


Carlos Loza, Junta Interna de ATE - AGP (Asociación General de Puertos en la CTA) - Argentina.


Eduardo Espinosa, ATE - CTA, Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires - Argentina.   


Convocatoria por la Liberación Nacional y Social, Frente Sindical - Argentina.  


Carina Maloberti, Secretaría de Organización Nacional ATE - CTA - Argentina.  


Alejandro Cabrera Britos, Delegado ATE - CTA en el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) - Argentina.


Junta Interna de Delegados en DILAB (DIRECCION de LABORATORIOS) Martinez - Buenos Aires - Argentina.


Silvia Castro, Ama de casa, Buenos Aires - Argentina.


Ezequiel Correa, Obrero metalúrgico, Buenos Aires - Argentina.


Compañeras y compañeros de Convocatoria por la Liberación Nacional y Social - Argentina.


Agrupación "Tolo Arce" - ATE - SENASA - Buenos Aires - Argentina.


Agrupación "Germán Abdala" - ATE - Ministerio de Trabajo de la Nación - Buenos Aires - Argentina.


Agrupación "8 de Marzo " - ATE - UBA - Facultad de Ingeniería - Buenos Aires - Argentina.


Agrupación "Agustín Tosco" - Río Segundo - Córdoba - Argentina.


Democracia Popular - Rosario - Santa Fé - Argentina.


Agrupación Martín Fierro (Varela - Alte. Brown - Mar del Plata y Cipoletti) - Argentina.


María Rosa González, Comunicadora social - Argentina.


Salah Ahmine, Red "Nicaragua Socialista" - Managua - Nicaragua.


Paul Fortis, Ph D. - El Salvador.


Wildredo Cardona - Honduras


Norton Contreras Robledo, Poeta, Comunicador social, miembro de la Sociedad de Escritores de Chile (SECH) -  Malmö - Suecia


Colectivo Polo Sur del Exterior Colombia - Europa


Lorena Aguilar Aguilar - Yucatán - México.


Zoltan Tiroler - Jönköping - Suecia.


Elías du Halde, Director Dialéctica 2ª época


Nery Regina Toledo Álvarez, Comité de Solidaridad con Cuba y por los Cinco - Teruel - España.


Elena A. Romano - Argentina


Carlos Gómez, Desocupado - Argentina.


Marcelo Aguirre Z. - Uruguay.


Patricia Melcar - Bolivia.


Ana María Prato, Docente - Argentina.


Lucas Díaz, Contador - Argentina.


Mirta Iñigo, Jubilada - Argentina.


Claudio Herrera, Profesor Universitario.


Patricia, Radio La Nueva República - Tribunal Internacional de Conciencia


Dr. Gilberto López y Rivas, Profesor - Investigador Instituto Nacional de Antropología e Historia - Centro Regional Morelos - Cuernavaca, Morelos - México.


Milagros Rivera - Puerto Rico.


Wilson y Doris, desde su militancia activa e indeclinable.


Jorge Miralda, Escritor - Honduras.


Yury Weky, Profesora y escritora.


Organización de Liberación Nacional y Social “Fogoneros”, desde Argentina.


Lic. Rosa Cristina Báez Valdés, Moderadora Lista Cuba Coraje


Chacho Berrozpe - FOGONEROS - Argentina


Profesor Juan Carlos Sánchez, Director de Gacetillas Argentinas.


María Paz García Núñez - España.


Carlos Gómez P. - España.


Nicolás Gómez F. - España.


Alfredo Grande, Médico psiquiatra - Buenos Aires - Argentina.


Milagro Valdeavellanos Roca - Lima - Perú.


Equipo del Programa de Educación para la Paz - PROEPAZ - Lima - Perú.·          


(Siguen llegando firmas)

Colombia: Se realizará hoy la audiencia acusatoria a Joaquín Pérez Becerra.

 


Joaquin Perez Becerra 3El periodista Joaquín Pérez Becerra, quien fuera entregado ilegalmente al régimen colombiano por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y que se encuentra preso sin pruebas, afrontará la audiencia donde la Fiscalía expondrá su nuevo montaje judicial, luego de la nulidad de lo presentado, que estaba basado en la computadora de Raúl Reyes, por parte de la misma Corte Suprema de Justicia de Colombia.


Recordamos que el fundador de ANNCOL es mantenido preso por el régimen colombiano en una forma de secuestro estatal y ha denunciado el evidente montaje judicial y juicio político que sufre, por cuanto su encarcelamiento busca silenciar sus denuncias como también constituye una forma de aterrorizar a las y los periodistas alternativos, y a quienes se atrevan a ejercer el pensamiento crítico y la necesaria denuncia.


Cabe destacar que el régimen colombiano es denunciado por la OMCT como uno de los regímenes más torturadores del orbe. Sólo en los 6 primeros meses de 2011, 7 presos políticos fueron empujados a la muerte por torturas físicas y tortura de denegación de asistencia médica en cárceles colombianas, mientras se incrementa la judicialización y encarcelamiento arbitrario en todo el país, lo cual obliga a apelar a la solidaridad internacional para la denuncia y la solidaridad activa con los miles de presos políticos.
 
Hoy, la fiscalía colombiana presentará sus fraudulentos descargos e imputaciones ante la Audiencia Acusatoria, con el claro objetivo de condicionar el juicio, a los efectos de obtener una sentencia condenatoria para callar al periodista.  


Desde el Comité por la Libertad de Joaquín Pérez Becerra se realizó el llamado: "Templemos nuestras voluntades y empeños para denunciarlo e impedirlo", en relación a esta prisión ilegal y sin pruebas contra el periodista colombiano nacionalizado sueco.


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Julián Conrado: A 41 días de su detención, exigen que se respete la Convención de Ginebra.

 


 


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La Convención de Ginebra establece que cuando un estado se declara neutral ante un conflicto de algún país y se captura a un combatiente quebrantado de salud, no puede entregarlo, sino que debe otorgarle asilo o en su defecto, remitirlo a un tercer país que sea efectivamente neutral.

Julin_ConradoLa Solidaridad con Julián Conrado solicitó a las autoridades venezolanas que respeten los derechos que le asisten al cantor, quien se encuentra incomunicado desde hace más de un mes y una semana, como también se encuentra enfermo.

Recordaron que la Convención de Ginebra establece que, en estos casos, debe otorgarle asilo o enviarlo a un país neutral.

Al igual que el colega Joaquín Pérez Becerra, sobreviviente del exterminio contra los integrantes de la Unión Patriótica, lo cual consta en la CIDH con un saldo de 5.000 asesinados por el Estado colombiano y que estaba amparado por el Estatuto de Refugiado y por su nacionalidad sueca, Julián Conrado no cuenta con el debido asesoramiento de sus abogados debido al férreo cerco impuesto por las autoridades venezolanas.

Por otra parte, las autoridades colombianas ya anunciaron que el cantor podría ser enviado a las mazmorras estadounidenses, con lo cual si Venezuela procede a entregarlo, sería entregárselo al Imperio e iría a las mismas jaulas que los presos políticos puertorriqueños, los 5 héroes cubanos y los luchadores sociales colombianos ya entregados por un Estado claramente sometido a los EE. UU.

Solicitaron, a través de un comunicado, al gobierno de Venezuela que, por el cariño con que la hemos considerado y el apoyo brindado al proceso venezolano, no proceda más a esas entregas de perseguidos políticos que corroen la fibra ética del proceso y que destruyen la unidad de los pueblos. Señalaron  que estas entregas permiten "cimentar el poder de la oligarquía genocida de la región" como también afirmaron la gravedad de "esta reincidencia sistemática de la violación al Derecho Internacional Humanitario, rama jurídica por la cual los comunistas del mundo han luchado incansablemente.

Concluyeron reafirmando la exigencia de "no más entregas de perseguidos políticos a Santos y EEUU; respeto por el DIH y la Constitución...".

Colombia: Se realizó el Encuentro Nacional por la Libertad de las y los Prisioneros Políticos / Declaración Final.

 


 


 


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El pasado fin de semana se realizó el Encuentro Nacional por la libertad de las y los prisioneros políticos "Larga vida a las mariposas", que contó con la participación de 600 delegados de todo el país y de delegaciones de los EE. UU., Reino Unido, Argentina, Venezuela y las Islas Canarias (España), con la finalidad de debatir sobre la actualidad de los presos políticos bajo el régimen del Presidente Santos.

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Entre otros casos analizados, repudiaron la extradición del colega Joaquín Pérez Becerra y la inminente extradición del cantor Julián Conrado, desde la República Bolivariana de Venezuela, como también denunciaron la política de criminalización de la protesta bajo la calificación de "terrorista" por parte del gobierno colombiano.

Como producto de dichas deliberaciones, emitieron un documento que transcribimos a continuación:




DECLARACIÓN FINAL



ENCUENTRO NACIONAL


POR LA LIBERTAD

DE LAS Y LOS PRISIONEROS POLÍTICOS

“LARGA VIDA A LAS MARIPOSAS”


En Bogotá, durante los días 4 y 5 de junio del año 2011, nos encontramos 600 delegados provenientes de varias regiones del país, víctimas de las detenciones arbitrarias y los intencionados errores judiciales, de las torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes vividas de manera sistemática en las cárceles colombianas; así también, familiares de prisioneros políticos, organizaciones sindicales, sociales, campesinas, estudiantiles, políticas, profesorales, abogados y organizaciones defensoras de derechos humanos, entre otras, con la presencia de delegaciones internacionales provenientes de los Estados Unidos, Reino Unido, Argentina, República Bolivariana de Venezuela y las Islas Canarias, los cuales declaramos a la opinión pública nacional e internacional, que:

1.    La situación de tortura, tratos crueles e inhumanos que viven los prisioneros y prisioneras políticas tiene una profunda relación con la existencia del conflicto político, social y armado que vive el país, pues dicho fenómeno refleja el carácter excluyente y retardatario del actual régimen político colombiano y su incapacidad para facilitar una solución negociada a la crisis y con ello una salida hacia el Acuerdo Humanitario.   

2.    La actitud del Presidente Juan Manuel Santos no debe limitarse a reconocer la existencia de un conflicto armado, debe estar acompañada por el cese inmediato de los bombardeos a bienes civiles, estigmatización a la población civil, ametrallamientos, empadronamientos, bloqueos alimentarios, así como también la aplicación del principio de distinción entre quienes son combatientes y quienes no lo son y el reconocimiento del carácter político de la insurgencia colombiana y como tal de sus  prisioneros de guerra.   

3.   Reafirmamos la justeza del derecho históricamente construido por los pueblos del mundo, de rebelarse a la tiranía, resistir a la injusticia, la miseria y la opresión. Rechazamos en consecuencia, la forma como el Estado Colombiano ha ido hacia la supresión y  perversa interpretación del delito político y sus conexos, identificándolo con “el terrorismo”. Por esta vía se criminaliza la oposición política legal, y al alzamiento armado se le desnaturaliza, convirtiéndolo en simple expresión criminal. Con esto se desconoce la tradición jurídica del Estado Colombiano que durante muchos años admitió a la rebelión como expresión política de fines altruistas que era benévolamente penada.   

4.    El Estado Colombiano ha implementado una política de estigmatización, criminalización y judicialización no solo de la protesta social, sino de la libertad de cátedra y el pensamiento crítico. RECHAZAMOS el actual “Estatuto de Seguridad Ciudadana”, impuesto por la coalición de gobierno en el Congreso, el cual pretende criminalizar la protesta social y las acciones de movilización ante las anunciadas crisis del sector salud y educación, así como la profundización del modelo privatizante avisado por el actual gobierno.   

5.   La extradición de nacionales colombianos y de presos políticos a cárceles en el exterior y de manera especial a los Estados Unidos, constituye una agresión a la soberanía nacional y en especial al principio de derecho internacional de no extradición por razones políticas. Solicitamos también al gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, el respeto a las normas del derecho de asilo siendo repudiable la decisión de extraditar a Colombia por razones políticas al periodista y director de la agencia de noticias ANNCOL, JOAQUÍN PÉREZ BECERRA.     

6.   El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela ha manifestado su voluntad de contribuir a la solución política negociada del conflicto colombiano y a la formalización de Acuerdos Humanitarios. Rechazamos entonces la captura y la intención de extraditar a Colombia al ex insurgente Guillermo Enrique Torres, conocido como “Julián Conrado”, quien se encontraba ya retirado de las filas guerrilleras y dedicado en una pequeña parcela a labores agrícolas. Exigimos su libertad inmediata y las garantías necesarias a fin de garantizar su derecho a la vida, integridad y garantías procesales.   

7.   La actual política carcelaria y penitenciaria obedece a un modelo represivo ante todo mercantil y no resocializador. El actual modelo carcelario impuesto desde el Buró Federal de los Estados Unidos, tiene como consecuencia la generación de una aguda crisis humanitaria al interior de las cárceles. RECHAZAMOS, el proyecto que cursa en el Congreso de la República conocido como “Código Penitenciario y Carcelario” y  la puesta en práctica de los nuevos Establecimientos de Reclusión Nacional conocidos como Eron, los cuales ponen en riesgo los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.   




8.   El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia –INPEC-, es la principal entidad del Estado comprometida con las torturas, tratos crueles e inhumanos y con su participación en la comisión de delitos de lesa humanidad. Denunciamos la entrega de  prisioneros políticos por parte del INPEC, a los grupos paramilitares a las salidas de los centros de reclusión y la muerte por negligencia médica de los prisioneros, JORDÁN FABIÁN RAMÍREZ y OTONIEL CALDERÓN OVALLE.   

9.   El hacinamiento y las condiciones indignas en los establecimientos carcelarios también obedece al aumento del número de internos como política criminal del Estado de privilegiar la detención preventiva como medida de aseguramiento, aumentar el número de conductas punibles y las penas para delitos que atentan contra la seguridad del Estado, restringiendo los beneficios de la libertad condicional y provisional, así como la detención domiciliaria a los prisioneros políticos.             

10.  Se mantienen las condiciones degradantes expuestas en la sentencia de tutela T- 153 de 1998, que declaró que el sistema penitenciario colombiano violaba de manera masiva y estructural los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, definiendo la situación como un Estado de cosas inconstitucional. Hoy, a pesar de haber transcurrido más de 13 años, el Estado Colombiano no ha tomado los correctivos que ordenó la Corte Constitucional Colombiana.   

11.  Nos parece incoherente la pretensión del gobierno de realizar una Conferencia Nacional de Derechos Humanos, al mismo tiempo que impuso una Ley de reparación y restitución de tierras inconsulta con las víctimas y que resultará en una nueva burla a los derechos de las mismas, convive con el paramilitarismo, implementa políticas para judicializar la inconformidad social, mantiene a 7 mil personas inocentes en las cárceles, estigmatiza a la oposición y acrecienta la crisis de derechos humanos en el país. El encuentro y las organizaciones convocantes, no haremos el juego a este espectáculo  de cinismo que quiere instalar el gobierno nacional y que busca  un sentido utilitarista del movimiento de los derechos humanos y las organizaciones sociales, en su afán de que sean aprobados los tratados de libre comercio con EE.UU. y la Unión Europea.   

12.  Resaltamos y apoyamos la reciente decisión por parte de la Corte Suprema de Justicia Colombiana, que declara la ilegalidad de las presuntas pruebas obtenidas en el marco de  la “Operación Fénix”, con las cuales se ha justificado la persecución política y judicialización en contra de opositores políticos, defensores de derechos humanos y dirigentes sociales. Valoramos de esta decisión que la Corte haya reivindicado como valor superior, la legalidad y la legitimidad como requisitos consustanciales a cualquier evidencia, que quiera ser tomada como prueba judicial.


INVITAMOS,  SOLICITAMOS Y EXIGIMOS   

1.   Este Encuentro Nacional decide constituirse en una gran COALICIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL POR EL TRATO DIGNO Y LA LIBERTAD DE LAS Y LOS PRISIONEROS POLÍTICOS  “Larga vida a las mariposas” como referente coordinador y organizativo. Esta funcionará a través de COORDINADORAS REGIONALES, nacidas de las delegaciones regionales y los referentes nacionales aquí presentes, las cuales, a su vez,  dinamizarán su trabajo a través de comisiones.   

2.  Invitamos a fortalecer la más amplia movilización social y política a favor de la paz, la solución política negociada y el acuerdo humanitario que derrote la continuidad de los planes guerreristas plasmados por el Presidente  Santos en su "Política Integral de Seguridad y Defensa para la prosperidad” anunciada por su Ministro de Defensa, así como en el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014, los cuales profundizan la política de guerra, la pobreza, la impunidad y la aguda crisis humanitaria que vive el país.   

3.  Exigimos la libertad inmediata de los presos políticos –prisioneros de guerra, de conciencia y víctimas de montajes judiciales– colombianas,  que se encuentra hoy en cárceles en el exterior y las cárceles colombianas.   

4.  Anunciamos nuestra vinculación a las jornadas unitarias de protesta que tienen por objeto la defensa de los derechos de presos políticos, los derechos humanos y los derechos económicos, sociales y culturales.   

5.  Solicitamos a los organismos internacionales propiciar una visita del Relator Especial de las Naciones Unidas para la Tortura, Tratos Crueles Inhumanos y Degradantes, con el fin de constatar la grave crisis humanitaria que viven hoy las cárceles colombianas.   

6.  Invitamos a participar masivamente el 15 de octubre de 2011, en las diversas actividades del Día Nacional de los y las prisioneros Políticos. Como encuentro proclamamos esta fecha en pro del Acuerdo Humanitario y la Paz.   

7.  Llamamos a los medios de comunicación en el marco del respeto a la libertad de prensa, a velar por el buen nombre y el debido proceso de los prisioneros políticos en Colombia. Los medios deben jugar un papel ecuánime y no convertirse en caja de resonancia de los montajes judiciales que desde el establecimiento se construyen en contra de dirigentes políticos y sociales, condenándolos antes de que haya un debido proceso.   

8.  El día 10 de diciembre, día internacional de los derechos humanos. Conmemoraremos esta fecha en las calles con todas las organizaciones defensoras de derechos humanos.      

9.  Los participantes nos comprometemos en el desarrollo de un plan de acción para arrancar de las cárceles a los miles de prisioneros políticos, que se encuentran injustamente en ellas en razón de su inconformidad con las políticas antipopulares del gobierno.   

10.  Exigimos a la Fiscalía General de la Nación la rigurosa investigación y acusación ante los jueces, por crímenes de lesa humanidad como las torturas y mutilaciones al prisionero DIOMEDEZ MENECES CARVAJALINO y en general las torturas practicadas en las prisiones, al igual que los supuestos suicidios como los homicidios al interior de las cárceles y las muertes por inasistencia médica.    

11.  Proclamamos que este movimiento por la libertad de los prisioneros políticos en Colombia,  se basará  en  los  principios de  solidaridad, la ternura,  lucha por la paz, el acuerdo humanitario y el derecho universal a la vida y la libertad.

Bogotá, 5 de junio de 2011.



DELEGADOS ENCUENTRO POR LA LIBERTAD DE LOS PRISIONEROS POLÍTICOS

4 y 5 de junio – Bogotá

“Larga Vida a la Mariposas”

Colombia: Pedirán nulidad del proceso contra Joaquín Pérez Becerra, Director de Anncol.

 


 


En Bogotá, se llevará a cabo hoy la audiencia de acusación formal contra el periodista, quien fuera capturado en Caracas y deportado a Bogotá.

Un juez especializado acusará a Joaquín Pérez Becerra, editor de la Agencia de Noticias Nueva Colombia  -Anncol- de los delitos de concurso para delinquir y financiar y administrar recursos de grupos terroristas. Ante el órgano investigador, la defensa del periodista solicitará la nulidad del proceso porque las evidencias de la Fiscalía se basan en los computadores de Raúl Reyes, según lo anunció el abogado, Ramiro Orjuela.

ramiro_orjuelaRamiro Orjuela, abogado defensor de Pérez Becerra, añadió que "hasta el momento, el Fiscal de la Unidad Antiterrorista sólo cuenta con información hallada en los computadores del Comandante de las Farc  Raúl Reyes y que, según la Corte, estas pruebas no se pueden tener en cuenta, tal como sucedió con el ex congresista Wilson Borja".

"Eso lo dice la ley, eso lo dice la Constitución y eso lo dijo la Corte que, cuando hay pruebas ilegales, y aparte de ilegales que, cuando hay pruebas de esa categoría, los procesos no pueden argumentar esas pruebas en los procesos y por lo tanto debe declararse la nulidad de todo", precisó el abogado.

Por otra parte afirmó que es posible que la Fiscalía presente otras pruebas, pero que éstas, según él, son ilegales y eso es lo que tratarán de desvirtuar hoy ante el Juez de Conocimiento que asuma el proceso en contra del comunicador, preso en la cárcel La Picota de Bogotá.

La detención del periodista, de nacionalidad sueca, ha recibido condenas en varias partes del mundo, organizaciones sociales y de periodismo han reclamado su liberación y adelantan una campaña mundial en tal sentido.

El Consejo Mundial de la Paz denuncia la captura de Joaquín Pérez Becerra y exige su regreso a Suecia.

 


 


 


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WORLD PEACE COUNCIL
CONSEJO MUNDIAL DE LA PAZ
CONSEIL MONDIAL DE LA PAIX


10 OTHONOS ST. 10557 - ATHENS - GREECE

TEL: +30-210- 3316326 / FAX: +30-210-3224302

www.wpc-in.org / E-mail: wpc@otenet.gr


 


El CMP denuncia la captura y deportación desde Venezuela para Colombia del periodista Joaquín Pérez Becerra, director de la agencia informativa alternativa ANNCOL que radica en Suecia. Joaquín Beccera, ciudadano sueco, había dejado Colombia en los años noventa como un refugiado político, después de muchas amenazas contra su vida, cuando él era el miembro del la 'Unión Patriótica'.

Nosotros expresamos nuestra seria preocupación sobre el estado de salud de Joaquín Beccera, ahora sometido por las autoridades colombianas, con imputaciones de ser terrorista y un miembro de las FARC de Colombia.

En los archivos sobre los regímenes reaccionarios de Colombia aparecen largas décadas de violaciones de todo tipo de derechos humanos y de libertades democráticas. Como uno de los más fieles al gobierno de EE.UU., el gobierno colombiano ha cometido muchos crímenes contra sus ciudadanos y contra las naciones vecinas.

Nosotros rechazamos las acusaciones del gobierno colombiano y exigimos la liberación de Joaquín Beccera y su regreso a casa, Suecia. Nosotros expresamos nuestro profundo desacuerdo con la deportación de Joaquín Beccera por el gobierno de Venezuela con qual seguimos en solidaridad y expresamos nuestro appoyo a las fuerzas amantes de la paz en Colombia en su lucha por la resolución del conflicto político y social contra el despliegue de nuevas bases militares del ejército de los EE.UU. en Colombia y la región."

Secretariado del CMP el 11de mayo, 2011

Entrevista a Enrique Santiago sobre el caso Joaquín Pérez Becerra(Rebelión).








“Joaquín Pérez no fue extraditado, sino entregado irregularmente. El Gobierno venezolano aún puede rectificar”

Patricia Rivas

Rebelión

El comunicador Joaquín Pérez Becerra, director de la Agencia de Noticias Nueva Colombia (ANNCOL), ciudadano sueco y ex refugiado con estatuto por ser sobreviviente del genocidio de la Unión Patriótica, por lo que tuvo que huir de Colombia hace dos décadas, fue detenido en el aeropuerto de Caracas el sábado 23 de abril y entregado dos días después al Estado que casi acabó con su vida y asesinó a su esposa y a más de cuatro mil de sus compañeros, militantes, candidatos y cargos electos de este partido. El Gobierno venezolano ha justificado esta entrega "exprés", ejecutada en 48 horas, en el cumplimiento de los convenios internacionales y ha recriminado al Gobierno sueco por no ejecutar el código rojo de Interpol y al propio Joaquín Pérez por viajar a Venezuela, "poniendo en riesgo a la revolución venezolana". Pero más pareciera que el Gobierno venezolano ha sido víctima de una jugada calculada del ejecutivo colombiano, a la que se ha prestado Interpol, y de su propia precipitación y negligencia en el cumplimiento de las leyes. Acudimos a un jurista experto en derecho internacional y defensor incansable de derechos humanos para que nos explique cómo debería haber sido el proceso de extradición de Joaquín Pérez Becerra, si es que un juez colombiano hubiera llegado a requerirla, y cómo se podría reencauzar el caso para que fuera respetuoso de la ley, de los convenios y los tratados internacionales suscritos por Venezuela.


PR: - Desde el punto de vista jurídico, ¿hasta qué punto se han vulnerado normas del derecho internacional y del derecho nacional venezolano con esta entrega?

ES: - Esta entrega no responde a ningún procedimiento establecido en el derecho internacional y creo que tampoco en el derecho nacional venezolano, porque desde luego, no puede equipararse a un procedimiento de extradición. Un procedimiento de extradición es un procedimiento complejo, que debe ser sustanciado siempre con las debidas garantías de defensa para el extraditable. Estamos hablando de una entrega policial exclusivamente, en la que no se han respetado los derechos del reclamado.

PR: - ¿Qué es un código rojo de Interpol y qué implica?

ES: - El código rojo de Interpol no significa necesariamente una orden de detención internacional. Un código rojo de Interpol es una orden de prioridad que puede ser tanto una orden de ubicación e identificación como una orden de detención, puede ser ambas cosas. Antes de actuar respecto a una persona detenida a consecuencia de un código rojo de Interpol, cualquier Gobierno debe verificar de que clase de código rojo se trata, y a fecha de hoy nadie sabe cuál código rojo tenía Joaquín Pérez Becerra. En principio, un código rojo establece una obligación de actuar para las autoridades del país donde se ubica una persona con tal requerimiento, obligación de que se ubique esta persona y, una vez ubicado, debe ser puesto a disposición de las autoridades hasta que se confirme si hay una orden de detención contra él o no. Porque incluso un código rojo no necesariamente lleva aparejada la posterior orden de detención internacional. Es lo habitual, pero no tiene por qué ser así, podría ser simplemente una orden de ubicación.

PR: - ¿Cómo es posible que Joaquín Pérez no fuera detenido en Suecia ni en Alemania, habiendo un código rojo de Interpol?

ES: - La única explicación que tiene el que, teniendo un código rojo, no hayan sido las autoridades del país donde reside, que en este caso era Suecia y es parte del sistema de Interpol, quienes lo hayan detenido, es que dicha orden de Colombia a Interpol no se hubiera cursado hasta que Joaquín Pérez hubiera abandonado Suecia. No hay otra explicación al hecho de que las autoridades suecas no le hubieran visitado y no lo hubieran –al menos- informado de que tenía un código rojo y, en su caso, le hubieran notificado si ese código rojo llevaba aparejada una detención con fines extradicionales y el inicio de un procedimiento de extradición con puesta a disposición de las autoridades, o bien le hubieran comunicado que se trataba de una solicitud de ubicación.

El hecho de solicitar la extradición de un nacional del país al que se le solicita -por ejemplo, solicitar la extradición de un sueco a Suecia- requiere la aplicación de unas normas específicas que, en resumen, consisten en que el Estado sueco, una vez concluido el procedimiento de extradición y aunque hubiera una resolución judicial de entrega, el Estado sueco puede decidir no entregar a un ciudadano de esa nacionalidad y proceder a juzgarlo en Suecia por los mismos delitos por los que se reclama la extradición. Este supuesto habría sido el más probable en Suecia atendiendo a la condición de Joaquín Pérez como antiguo refugiado en Suecia, considerando que la Convención de Ginebra de 1951 sobre refugiados prohíbe taxativamente la enterga de un refugiado o de quien lo haya sido, al país del que huyó debido a una persecución.


Por ello es absolutamente obligatorio, una vez recibida la solicitud de detención internacional (código rojo), que las autoridades del país donde reside o se encuentra la persona reclamada por Interpol, en primer lugar, se lo notifiquen al reclamado y procedan a garantizar el procedimeinto de extradicion, siempre con intervención judicial, ya sea mediante una detención o mediante una medida cautelar que garantice que el extraditable no pueda abandonar el país hasta que concluya el procedimiento de extradición.

A la vista de lo anterior, todo indica que no existía ningún código rojo ni ninguna orden de detención internacional respecto a Joaquín Pérez mientras que éste se encontraba en Suecia.

Por otra parte, si ha viajado a Venezuela través de Alemania, ha entrado en Alemania y tampoco ha sido advertido por las autoridades alemanas de que existía ese código rojo, es evidente que tampoco existía ninguna reclamación colombiana u orden de Interpol mientras que Joaquín Perez estaba en Alemania.

La orden de Interpol se tiene que haber emitido en el momento en que se subió al avión en Alemania y ya había pasado los controles de fronteras de ese país. Eso encaja perfectamente con la sorpresa que a todo el mundo ha causado el hecho de existir esa orden internacional de detención de Interpol cuando Joaquin Perez llega al aeropuerto de Caracas. Por ello, es obvio el seguimiento que por parte de las autoridades colombianas y, probablemente sin orden judicial, desde Suecia se le venía efectuando a este hombre.

Las autoridades colombianas sabían perfectamente cuándo llegaba a Venezuela, en qué vuelo y desde dónde llegaba. Es decir, estaba siendo sometido a un seguimiento, con lo cual todo indica que ha habido una nueva utilización fraudulenta de Interpol, igual que ocurrió con la intervención de Interpol a solictud de las autoridades colombianas, respecto a los supuestos ordenadores de Raúl Reyes encontrados en el ataque a Sucumbíos: nuevamente en este caso las autoridades colombianas intentaron dar visos de legalidad a una actuación legalmente fraudulenta, a través de la intervención de Interpol. De alguna forma han obtenido la connivencia de Interpol para legalizar una actuación que probablemente ha sido irregular.

Cada vez son más las sospechas sobre el comportamiento imparcial de un organismo como Interpol, no en este sino en otros asuntos. Hay que recordar que, recientemente y por primera vez, en noviembre de 2010, Interpol se ha negado a introducir en su sistema órdenes de busca y captura y detención con fines extradicionales, concretamente las órdenes emitidas por el Juzgado Central de Instrucción nº 1 de la Audiencia Nacional en el caso José Couso, respecto a los tres militares estadounidenses procesados pro el asesinato del cámara de televisón en Bagdad. Ha sido la primera vez en la historia de Interpol que este organismo se ha negado a cumplir una orden judicial. En este caso es todavía más sorprendente esta negativa, porque en la primera fase del proceso de Couso, hasta el año 2007, fecha en que se archivó la causa por orden de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacioanl – luego reabierto por decisión del Tribunal Supremo- los tres militares estadounidenses tenían orden de busca y captura internacional a través del sistema de Interpol, tenían un código rojo e Interpol había introducido los datos. El hecho de que posteriormente, en fechas recientes, Interpol se haya negado a introducir unas órdenes que ya había introducido en su momento alegando que no tiene competencia porque no es una cuestión criminal sino política o militar, que es lo que han alegado en aplicación del artículo 3 del Estatuto de Interpol, viene a poner de manifiesto la deriva en los últimos años, especialmente desde que llegó a la secretaría general de Interpol el señor Noble, y la supeditación absoluta a las indicaciones de Estados Unidos, que son quienes tienen el control de Interpol en estos momentos. Interpol no es un organismo imparcial, sino que es un organismo policial internacional al servicio de los Estados Unidos.

La operación ha sido clara: se ha coordinado con Interpol por parte de las autoridades colombianas, le han cursado la orden de código rojo cuando estaba ya embarcado en el avión desde Alemania, de forma que ni Joaquín Pérez ni nadie podía saber que cuando llegara a Caracas y abandonara la Unión Europea – de la que es ciudadano- iba a tener este código rojo.

PR: - La acusación contra Joaquín Pérez Becerra se sustenta, que sepamos, hasta el momento, únicamente en supuestas pruebas halladas en los computadores supuestamente encontrados en el campamento bombardeado de Raúl Reyes. ¿Pero no fue acaso el informe pericial de Interpol el que también, desde el primer momento, puso en duda esas pruebas?
ES: - Claro. El informe tenía la finalidad de validar lo actuado por las autoridades colombianas y el contenido que según las autoridades colombianas había en esos ordenadores. Lo que ocurre es que el mismo informe de Interpol, que, claramente tiene esa intencionalidad, no pudo evitar indicar que había irregularidades en el manejo de esos computadores. Y así, Interpol señalaba que había varios miles de archivos con fechas posteriores a la incautación o fechas de manipulación posteriores a la incautación. Y también que había ficheros a los que, en el lapso de tiempo transcurrido entre la supuesta fecha de intervención de los ordenadores y el momento en que se los entregan a Interpol para hacer su informe pericial, se había accedido. Esto lo hace constar el informe de Interpol, si bien ellos luego en el mismo informe intentan dar una explicación diciendo que eso no tiene mayor valor jurídico. Lo que es evidente es que no es Interpol quien tiene que decir si eso tiene o no valor jurídico, eso lo tendrán que decir los jueces en un procedimiento judicial con las debidas garantías.

La intervención de Interpol en todo lo relativo a Colombia ha sido siempre una actuación que ha buscado amparar las maniobras de intoxicación del Gobierno colombiano y legalizar pruebas obtenidas de forma irregular y contraria a derecho.

PR: - Una vez aclarado cuál es el procedimiento por el que se pone en marcha el código rojo de Interpol y en qué momento, ¿cuáles son las opciones que las autoridades venezolanas tenían y cuál habría sido la forma legal de proceder en este caso?

ES: - El "Acuerdo de cooperación y asistencia judicial en materia penal entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Venezuela", suscrito en Caracas, el veinte (20) de febrero de mil novecientos noventa y ocho (1998), en su articulo 3 excluye expresamente la detención de personas con el fin de que sean extraditadas, y a las solicitudes de extradición;

Existe un Acuerdo de Extradición suscrito por las Repúblicas de Ecuador, Bolivia, Perú, Colombia y Venezuela, adoptada en Caracas, Venezuela en 1911, que recoge la totalidad de los principios aplicables a los procedimientos de extradición, que se resume en la necesidad de sustanciar un procedimiento judicial antes de acordar la entrega al estado que solicita la extradición.

Por otra parte, la Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en materia penal contempla la entrega temporal de detenidos entre países de la OEA, a efectos únicamente de realizar diligencias judiciales y con obligación de devolución al estado que ha entregado al detenido. Dicha Convención incluso contempla como causa de denegación de la entrega la negativa del afectado.

La extradición se regula en base a unos principios fundamentales que constan en todos los convenios y luego a través de un entramado de convenios bilaterales y multilaterales.

Entre los principios del derecho extradicional destaca que estos procedimientos no pretenden dilucidar la culpabilidad o inocencia del extraditable, sino que se pretenden garantizar el juzgamiento del extraditable en el país que lo requiere o el cumplimiento de una condena si ya hubiera sido condenado, lo que no es el caso de Joaquín Pérez.

En el supuesto de la extradición con fines de ser sometido a juicio en Colombia, es imprescindible verificar que existe una orden de detención emitida por este Estado de forma ajustada a Derecho, y si esa orden de detención se ha emitido por delitos contemplados por las legislaciones de ambos paises el requerido y el que requiere (lo que se conoce como la “doble incriminación”). Posteriormente, siempre en un procedimiento judicial de extradición, es imprescindible verificar si los delitos por los que se pide la extradición no intentan encubrir una acusación de índole política, en cuyo caso nunca se podría conceder la extradición, o si existe alguna circunstancia legal –ser refugiado o haberlo sido por ejemplo- que impida la entrega del extraditable. Y finalmente, los tratados de extradición también tienen que velar por que el extraditable nunca pudiera ser, en el país que pide la extradición, sometido a malos tratos, tortura o ser condenado a una pena que se considere inhumana, cruel o degradante, como pena de muerte, cadena perpetua, trabajos forzados, etc. Es de destacar que el extraditado únicamente podrá ser juzgado en el país al que ha sido entregado pro los delitos que haya establecido el tribunal del país requerido que haya sustanciado el proceso de extradición.

Un procedimiento de extradición no necesariamente significa el encarcelamiento de la persona sometida al mismo, sino que las autoridades del país al que se solicita la extradición tienen que garantizar que esa persona va a estar a disposición del procedimiento extradicional. De hecho, en los procedimientos de extradición únicamente se utiliza la prisión cuando no hay otra forma para garantizar que la persona va a estar a disposición del procedimiento.

Cuando el procedimiento de extradición concluye, una vez verificadas estas cuestiones, y tras la apelación correspondiente, porque siempre ha de existir posibilidad de apelación, entra en funcionamiento la cláusula de soberanía. El país que ha recibido la solicitud de extradición tiene, por varios motivos de índole política, la capacidad para denegar la entrega, con necesidad en ese caso de juzgar al extraditable en ese país, salvo en determinadas circunstancias excepcionales donde no existiría esa obligación.

Si la entrega se deniega porque esa persona es nacional del país al que se le ha pedido la extradición, en ese caso lleva aparejada la obligación de que esa persona sea juzgada en el país que ha denegado la extradición, conforme a las leyes de dicho país y por los hechos de los que se le acusa en el país que ha requerido la extradición.

Pero existe incluso la posibilidad, y se contempla en todos los tratados internacionales, de que, simplemente, atendiendo a criterios políticos, humanitarios o de solidaridad, por una decisión de soberanía política, el poder ejecutivo, que es a quien corresponde la decisión, decida no ejecutar una decisión judicial de extradición.

En todo caso, el procedimiento de extradición tiene que garantizar siempre el derecho a la defensa, que no se produzcan situaciones de indefensión, y garantizar los derechos del ciudadano. En este caso concreto, con Joaquín Pérez Becerra ocurre que esta persona fue refugiado político. La Convención de Ginebra de 1951 –suscrita por Colombia y por Venezuela- y la inmensa mayoría de leyes de extradición contemplan que ninguna persona refugiada o que haya disfrutado del estatuto de refugiado –aunque lo haya perdido luego, ya sea porque haya mejorado su estatus al acceder a la nacionalidad del país que le dio el asilo, que es el caso de Joaquín Pérez Becerra, o incluso en casos de cesación o de exclusión del estatuto de refugiado, por actividades contrarias al Estado que le concedió el asilo, o porque se ha llegado a la conclusión de que esa persona no era merecedora del estatuto de refugiado porque había incurrido en crímenes de guerra o de lesa humanidad (que son causas para cesar el estatuto previamente concedido). Pero incluso en esos casos de cesación o exclusión del estatuto de refugiado, según la Convención de Ginebra y los convenios de extradición de la inmensa mayoría de los países, nunca puede ser entregado un extraditable al país en el que sufrió una persecución que ameritó que se le concediera el asilo. Joaquín Pérez Becerra nunca podría ser entregado en un procedimiento de extradición a Colombia porque es un ciudadano colombiano de origen que tuvo que abandonar su país por sufrir persecución precisamente por parte de las autoridades colombianas y que obtuvo el estatuto de refugiado conforme a la Convención de Ginebra de 1951 en Suecia. Él ahora ya no lo tiene, porque ha variado su estatus jurídico al acceder a la nacionalidad sueca, pero incluso en ese caso, esa cláusula es de aplicación por estar expresamente establecida en la Convención de Ginebra.

En segundo lugar, por la forma en que se ha producido la entrega a Colombia de Joaquín Pérez, se ha vulnerado la Convención de Viena sobre asistencia diplomática y consular. La Convención de Viena establece el derecho de cualquier detenido en un país que no es el suyo, a contar con el asesoramiento en entrevista directa y con la defensa por parte del Estado del que es nacional. En este caso, durante la detención en Venezuela, a las autoridades consulares suecas les negaron la posibilidad de entrevistarse con Joaquín Pérez Becerra, lo que ha motivado incluso una protesta formal de las autoridades suecas.

En tercer lugar, se han violado todos los principios contenidos en los tratados internacionales en materia de extradición y el Convenio de asistencia mutua en materia penal de la OEA, que establecen la necesidad de someter a estas personas que tienen un requerimiento de detención internacional a un procedimiento con las debidas garantías, donde pueda defenderse, pueda contar con su abogado y no sufra indefensión.

Eso en términos prácticos implica que tras la detención, habría tenido que entrevistarse con las autoridades consulares suecas; a continuación tendría que haber comparecido ante un juez venezolano, que tendría que haber decidido en qué situación quedaba o si se adoptaban medidas cautelares: es decir, si quedaba en libertad, con retirada del pasaporte y prohibición de abandonar el país o si quedaba en prisión provisional, sometido al procedimiento de extradición, o la medida cautelar que hubiera decidido el juez. Y en ese momento da inicio el procedimiento de extradición.

Además, es importante tener en cuenta que la orden de detención internacional con fines extradicionales cursada por un Estado, no necesariamente tiene por qué tramitarse a través de Interpol, sino también puede realizarse bilateralmente, atendiendo a los Convenio bilaterales de ambos países en materia de extradición y asistencia en materia penal.

Una vez que se recibe la orden de extradición y se detiene a la persona hay un plazo muy perentorio, que no suele superar en ningún tratado los 40 días, donde se tiene que formalizar esa petición de extradición. Si no se formaliza enviando directamente la petición, no ya a través de Interpol sino por el país que ha requerido al país que es requerido, no puede comenzar el procedimiento de extradición. Y si no llega en ese plazo, queda sin efecto la solicitud de detención internacional cursada a través de Interpol o bilateralmente, y queda sin efecto el procedimiento de extradición. Y respecto a ese expediente extradicional se exige que incluya determinada información para su examen por el juez competente en la extradición y por la defensa del extraditable: en primer lugar, se tienen que indicar los hechos concretos por los cuales se pide la extradición, los hechos que supuestamente son delictivos en el país que pide la extradición y verificar que esos mismos hechos son delitos en el país requerido; en segundo lugar, se tiene que enviar toda la legislación del país que pide la extradición en la que se acredita que esos hechos que se le imputan son delito conforme a esa legislación; y luego hay que enviar la orden original dictada por el juez del país requirente que ha pedido la extradición.

El juez que ha pedido la extradición se lo envía al juez que tiene a su disposición al detenido a efectos extradicionales, y se cursa a través de los ministerios de Exteriores. En Colombia puede ser el juez o la Fiscalía. Tienen que enviarlo al Ministerio de Justicia colombiano; éste a su vez al Ministerio de Exteriores colombiano, que lo mandaría al Ministerio de Exteriores venezolano y éste a su vez al Ministerio de Justicia venezolano, que es quien tiene que remitirlo al juez venezolano.

Esto es importante. La mera existencia de un código rojo en Interpol no significa que vaya a llegar una orden de extradición, porque puede haber muchos factores que posteriormente impidan la llegada en plazo de la solicitud extradicional.

Que Interpol haya cursado erróneamente la orden, por ejemplo, por una petición del poder Ejecutivo y no del poder judicial, haría inviable la extradición. El juez no se relaciona directamente con Interpol. Quien se relaciona con Interpol es el poder Ejecutivo, son los ministerios de Interior. Entonces, un primer supuesto de error, intencionado o no, puede ser que haya sido el poder Ejecutivo colombiano sin que exista una resolución judicial o del ministerio fiscal colombiano, quien haya mandado a Interpol la orden de detención, con lo cual esa orden no tendría ningún tipo de efecto si no se produce en ese período de validación la llegada de la orden judicial. Y eso no se ha llegado a producir en este caso, con lo cual nunca sabremos si realmente había una solicitud de extradición cursada formalmente. Un código rojo de Interpol o una solicitud de detención internacional a efectos de extradición cursada bilateralmente no necesariamente lleva aparejada una orden judicial. Este requisito siempre debe ser verificado.

Parece que en este caso, atendiendo a la rapidez con la que se ha producido la entrega a Colombia, la normativa de extradición se ha incumplido, y también parece que se ha incumplido flagrantemente toda la normativa relativa a la prevención de la tortura, en especial la Convención para la Prevención del delito de Tortura, los tratos inhumanos, crueles y degradantes de 1984, que establece claramente que no puede ser, no ya extraditado, sino entregado ni enviado de ninguna manera, ni por resolución administrativa ni por resolución judicial a un tercer país, sea o no el de origen del detenido, si en ese país hay sospecha de que esa persona vaya a ser sometida a malos tratos, tortura, tratos inhumanos, crueles o degradantes.

Y en este caso, Colombia tiene innumerables condenas por tortura a detenidos, por maltrato a detenidos. En estos momentos existen denuncias de multitud de organismos internacionales sobre la situación de los presos políticos en las cárceles en Colombia. La dramática situación ha motivado la puesta en marcha de una campaña internacional para denunciar esta situación, y no hay que olvidar que incluso hay ya dos jurisdicciones, la danesa, que ya decidió en primera instancia que Colombia es un país donde se practica habitualmente la tortura y recientemente la chilena en los mismos términos, caso Olate, con una primera resolución que ahora está pendiente de la Corte de Casación chilena.

PR: - ¿Qué consecuencias tiene esta forma de proceder del Gobierno venezolano con respecto al derecho de asilo, teniendo en cuenta que Venezuela hace frontera con Colombia y la cantidad de refugiados colombianos que han buscado refugio en el país vecino?

ES: - Esta situación es realmente dramática. Ya al margen de cómo puede afectar a Joaquín Pérez Becerra, es una pena porque el Gobierno venezolano se ha venido caracterizando en los últimos años por ser uno de los gobiernos más escrupulosamente respetuosos con la Convención de Ginebra sobre refugiados. Tiene en su haber varias felicitaciones del Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados por el trato dado a los refugiados colombianos llegados a su país, y esto es una mancha en ese expediente de respeto a la Convención de Ginebra.

Es un incumplimiento gravísimo y muy claro de la Convención de Ginebra y además es el mayor incumplimiento posible de la Convención de Ginebra. Porque, entre otras cosas, lo que se está haciendo es entregar a una persona sobre la cual hay una resolución del Gobierno sueco conforme a la Convención de Naciones Unidas, es decir, hay un estatuto de refugiado emitido por el Gobierno sueco y cuya protección también incumbe a las Naciones Unidas, y ese estatuto se ha obviado absolutamente y se ha entregado a una persona protegida privándola de las garantías. En especial, privándola de las garantías establecidas en la Convención de Ginebra, además de parecer que se han vulnerado muchos otros Tratados que impedirían haber hecho esta entrega. Desgraciadamente, esto puede calificarse como la mayor de las violaciones posibles de la Convención de Ginebra.

PR: - Una vez en esta situación, ¿habría todavía alguna oportunidad de rectificar legalmente?

ES: - Efectivamente. Las autoridades venezolanas deberían rectificar este incumplimiento y pedir al Gobierno colombiano, con fundamento en la Convención de la OEA de asistencia mutua en materia penal, la devolución de esta persona, para que fuera sometida, una vez verificado que llega la orden judicial colombiana de extradición, al procedimiento extradicional con las debidas garantías.

Desde mi punto de vista, una solicitud de extradición a Colombia de Pérez Becerra, en este caso, por haber sido refugiado, clarísimamente habría sido desestimada por el juez competente venezolano, a pesar incluso de que este hubiera determinado que se cumplía el principio de doble incriminación, que las penas no fueran crueles, inhumanas o degradantes. Además es imprescindible que el juez extradicional verifique las penas aplicables en el país que solicita la extradición. Las extradiciones no pueden concederse por delitos que lleven aparejada una pena inferior a seis meses según el tratado de extradición de 1911 entre Colombia y Venezuela, y en la mayoría de los países no se conceden por delitos que lleven aparejadas penas inferiores a un año.

Lo procedente sería ahora mismo que las autoridades venezolanas pidieran retrotraer la situación, la entrega de este ciudadano a Venezuela para que fuera sometido al procedimiento de extradición. Esto es lo que deberían estar ya solicitando las autoridades venezolanas.


(*) Enrique Santiago es abogado, experto en Derechos Humanos y Derecho Internacional.

Argentina: La Liga Argentina por los Derechos del Hombre repudió la entrega de Joaquín Pérez Becerra al gobierno colombiano.

 


 


La Liga Argentina por los Derechos del Hombre repudia la entrega del periodista Joaquín Perez Becerra al gobierno genocida de Colombia por parte del gobierno de Venezuela, en un acto ilegal, ilegitimo y contrario a la tradición latinoamericana de la solidaridad entre los pueblos y el derecho al asilo político para los perseguidos por la represión estatal.

Llamamos al conjunto del movimiento de derechos humanos de la Argentina y América Latina, a sus fuerzas populares y democráticas a movilizarse contra este nuevo intento de aplicar en la región la doctrina imperial de que “en la guerra contra el terrorismo” no hay límites a respetar, ni derechos humanos a considerar.  

Alertamos que la derecha chilena pretende extraditar al compañero Manuel Olate hacia Colombia, con los mismos argumentos que se usaron en el caso Becerra, al tiempo que renueva sus presiones para llevarse el compañero Sergio Apablaza, héroe de la lucha por la democracia contra el fascismo de la dictadura militar pinochetista, radicado en la Argentina desde hace años.

Denunciamos que el fascista ex presidente Uribe ha iniciado una causa penal contra el premio Nobel de la Paz Adolfo Perez Esquivel con los mismos argumentos con que hoy se entregó a Becerra.

Exigimos el cese inmediato de la prisión de los seis campesinos paraguayos expulsados de la Argentina en el 2009, alojados en la tenebrosa cárcel de Tacumbú en Asunción, así como de todos los luchadores paraguayos acusados por la Justicia Stroenerista de formar parte de una supuesta red de “terroristas” articulados por las Fuerzas Armadas de Colombia, patraña vil inventada por las agencias imperialistas infiltradas en Colombia y Paraguay.


Consideramos imprescindible abrir en toda la región un urgente debate sobre la estrategia imperialista de involucrar a los gobiernos surgidos de los procesos populares de resistencia al neoliberalismo en su operación continental de contrainsurgencia, que los tendrá a ellos mismos como objetivo privilegiado del accionar desestabilizador, por medio de los acuerdos impulsados por los organismos internacionales de control de los flujos financieros que dan origen a la deshonrosa legislación contra el terrorismo sugerida, escrita y sostenida por el gobierno criminal de los Estados Unidos de América que hoy se pretende fortalecer en la Argentina.

Son ellos los más interesados en actos como el perpetrado por el gobierno venezolano en contra de los derechos del compañero Becerra: derecho a asilarse luego del asesinato de su compañera por parte del Estado Colombiano que lo perseguía como a otros decenas de miles de militantes populares, muchos de los cuales se habían agrupado para ejercer su derecho a la actuación política en la Unión Patriótica; derecho a ejercer su profesión de periodista promoviendo un portal independiente de noticias –Anncol- que cuestionaba el monopolio de la comunicación que ejercen los medios comerciales colombianos que no han dejado de mentir y alentar la guerra como único camino al conflicto interno; derecho a transitar libremente por donde y hacia donde él quiera utilizando el pasaporte entregado por el Estado Sueco al momento de acogerlo como asilado político hace ya más de veinte años; derecho a militar por una salida político negociada al conflicto colombiano, contra la guerra, el genocidio cotidiano de los paramilitares y el brutal Ejercito Colombiano.

La Liga Argentina por los Derechos del Hombre que nació a la vida política en defensa de los presos políticos de la dictadura del 30 y en solidaridad con los republicanos españoles que enfrentaban al fascismo de Francisco Franco, ha recorrido toda su historia procurando siempre aportar a la defensa del derecho de los pueblos a la autodeterminación; y en su momento, cuantas veces fue necesario, nos pronunciamos contra el golpismo venezolano y contra todas las campañas de desestabilización del proceso impulsado por el actual presidente de Venezuela; con la misma coherencia hoy condenamos este acto contrario a todo derecho y alertamos sobre la utilización que la derecha ya está haciendo de esta concesión a los principios que terminará dañando la causa de los mismos que la realizan con irresponsabilidad histórica.

Sólo la defensa consecuente e integral de todos los derechos humanos para todos hará posible la Segunda Independencia de Nuestra América como soñaron San Martín y Bolívar, algunos de los patriotas que gozaron del derecho al asilo político que hoy se pretende suprimir a instancias del gobierno de los Estados Unidos y sus acólitos.

¡ Una sola patria para todos los latinoamericanos, una lucha unida por los derechos humanos, una sola etica para todos los que luchan: la solidaridad entre los pueblos !


BUENOS AIRES, 29 DE ABRIL DE 2011



Liga Argentina por los Derechos del Hombre

Entrevista a Joaquín Pérez Becerra, por Dick Emanuelsson.

 


 


 


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ANNCOL con cuenta suspendida.

 


 


ANNCOL


 


El sitio que era dirigido por el periodista Joaquín Pérez Becerra, quien fue extraditado a Colombia, se encuentra suspendida en su versión europea.




Así se veía la página web:


 


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Carta abierta al comandante Hugo Chávez Frías (Argenpress), por ANNCOL.

 


 


Carta abierta al comandante Hugo Chávez Frías (Argenpress), por ANNCOL




Camarada Joaquín, muchos mensajes han llegado a nuestro correo electrónico para que te mantengas altivo y digno ante el tirano, un obrero venezolano nos ha pedido que te transmitamos este mensaje; “ningún aumento de salario nos hará olvidar que hoy duermes en las mazmorras del régimen fascista colombiano por la ceguera de la derecha endógena de nuestro gobierno”. De nuestra parte camarada, desde nuestra trinchera de ANNCOL nos preparamos para seguir el camino, no nos callarán!


“Los términos medios son la antesala de la traición”.
Che

hugo_chavez_friasNos dirigimos al comandante de la Revolución venezolana, al ciudadano presidente de la hermana República Bolivariana de Venezuela y por su intermedio al glorioso pueblo venezolano.

Materializar el sueño de la Patria Grande es un imperativo ético para todos los herederos del pensamiento del Libertador, este proyecto para ser sólido y realista debe construirse sobre pilares fundamentales que consoliden su fortaleza moral y su ética revolucionaria, uno de esos pilares es el internacionalismo y la solidaridad. La solidaridad es la ternura de los pueblos, decía el Che.

Desde antes del inicio mismo del proceso revolucionario venezolano, muchos hombres y mujeres de diferentes países del mundo se han sumado codo a codo a este proceso, entre ellos cuadros políticos colombianos, muchos de ellos expulsados por el conflicto colombiano, quienes han hecho de este proceso, nuestro proceso y hoy los encontramos en diferentes instancias de la lucha en Venezuela desdoblando sus conocimientos y potencialidades, aportando su experiencia con perspectiva de Patria Grande y de socialismo. El proceso revolucionario venezolano lo encarnan hombres de carne y hueso, muchos de ellos anónimos, esos que luchan toda la vida, los imprescindibles y es por eso que, desde la base de este proceso, estos hombres exigen que sus dirigentes estén a la altura moral del compromiso adquirido con su pueblo, con todos los pueblos del mundo, especialmente con  América Latina.

perez_becerra_anncolNos preguntamos hoy si esos dirigentes son capaces de mirar a los ojos a la esposa de nuestro camarada Joaquín Pérez Becerra, si son capaces de mirar a los ojos a su pequeña hija y decirle que son revolucionarios y que son antiimperialistas, sobre todo después de enviar a un comunicador social alternativo a las mazmorras del régimen más criminal de América Latina. Hombres del País Vasco han sido extraditados, colombianos sindicados por el régimen de Santos de insurgentes han sido extraditados por orden del gobierno venezolano, ¿es qué esa acción es digna de dirigentes que pregonan a voz en cuello: “Patria, socialismo o muerte, venceremos”? No, mil veces no. Qué pena, pero ahí saltaron la talanquera.


El pueblo venezolano debe asumir la dirección colectiva del proceso revolucionario, no se puede permitir que la derecha endógena siga ahí, como quinta columna del imperialismo y de la derecha internacional. Hombres como Izarra y otros ineptos que hace parte de la burocracia del proceso revolucionario deben ser llamados a cuentas por las fuerzas vivas de este proceso. Izarra debe renunciar, porque su comportamiento no tiene nada de ética cuando anuncia “la captura de un terrorista como prueba fehaciente del compromiso del gobierno venezolano frente a la lucha contra el terrorismo”. No es ético que Izarra, teléfono en mano, llame a los periodistas de TELESUR y de otros medios para silenciarlos y callarlos, ordenando que ocultaran la nacionalidad sueca de nuestro camarada. Venezuela duró tres días con censura oficial, ahí tenemos que felicitar a los camaradas de los medios alternativos de comunicación que rompieron la censura para denunciar el secuestro de nuestro camarada y su extradición a Colombia.


Una dirección colectiva tiene menos posibilidades de equivocarse que un dirigente, rodeado de incapaces, áulicos ineptos, sin perspectiva-memoria histórica y sin conciencia de clase. Ciertos miembros del gobierno venezolano deben una explicación a los pueblos bolivarianos y a los pueblos del mundo por la entrega servil al régimen colombiano de nuestro camarada. Esos mismos dirigentes olvidaron que la oligarquía colombiana fue la primera en reconocer el golpe de Carmona el breve. Esta misma oligarquía ha secuestrado a revolucionarios en suelo venezolano, ha sobrevolado con aviones espías y ha enviado unidades especiales de las FFMM para infiltrarse en suelo venezolano y no podemos olvidar la invasión de fuerzas paramilitares promovida desde Bogotá. Esta misma oligarquía estimula el tráfico de drogas, el tráfico de productos básicos como la leche, el cemento, entre otros, para que el proyecto bolivariano fracase.

Más allá de las consideraciones internacionales, un gobierno como el venezolano que se presenta ante el mundo como la cabeza de un proyecto emancipador y revolucionario, no puede, bajo ninguna circunstancia, devenir en cómplice de la extradición de un ciudadano europeo a un régimen fascista y genocida como el régimen colombiano. Todo opositor al régimen colombiano es por antonomasia un “terrorista” según el léxico oficial del régimen colombiano y de la derecha internacional.

Recordemos que Mandela en su momento fue tildado de terrorista, Ilitch Ramírez (Carlos) ciudadano venezolano, internacionalista de la causa Palestina ha sido considerado terrorista. Frente al primero, los dirigentes mundiales han posado todos para la tomarse la foto, los mismos que antes le llamaron terrorista, frente a Carlos, la diplomacia venezolana ha sido mediocre para exigir su regreso a Venezuela. Todos los luchadores sociales y quienes osan oponerse al imperialismo son terroristas, y eso parece que lo olvidaron los burócratas que obedecieron a Bogotá para extraditar a un periodista alternativo, considerado por el régimen fascista de Bogotá como terrorista.

El gobierno venezolano, con el compañero comandante Hugo Chávez Frías a la cabeza, asume ante los pueblos del mundo la responsabilidad de todo lo que pueda sucederle al camarada Joaquín Pérez Becerra en manos del gobierno genocida de Juan Manuel Santos.

Quienes tomaron esta decisión, violando la carta magna venezolana y pasando por encima de los principios básicos que todo revolucionario debe preservar, deberán rendir cuentas al soberano.

Este hecho, la pérdida de libertad de un comunicador alternativo, debe servir para redefinir el rumbo del proceso venezolano, mil gracias desde ANNCOL a todos los revolucionarios del mundo que han tenido el coraje de oponerse a este acto indigno y bajo.

Terminamos diciendo como el Che: “Los términos medios son la antesala de la traición”

Comandante Chávez, usted tiene la palabra.

Camarada Joaquín, muchos mensajes han llegado a nuestro correo electrónico para que te mantengas altivo y digno ante el tirano, un obrero venezolano nos ha pedido que te transmitamos este mensaje; “ningún aumento de salario nos hará olvidar que hoy duermes en las mazmorras del régimen fascista colombiano por la ceguera de la derecha endógena de nuestro gobierno”. De nuestra parte camarada, desde nuestra trinchera de ANNCOL nos preparamos para seguir el camino, ¡ no nos callarán !

Venezuela: Detuvieron y extraditaron a Joaquín Pérez Becerra, de ANNCOL.

 


 


El pasado sábado 23 del corriente, fue detenido el ex - Concejal de la Unión Patriótica, asilado y nacionalizado sueco, Joaquín Pérez Becerra a su llegada al aeropuerto en Caracas, proveniente de Suecia.

Joaquin_Perez_BecerraEl periodista y político, de origen colombiano, había solicitado asilo político en el país nórdico con el aval de su partido y del Partido Comunista Colombiano (PCC), luego del genocidio perpetrado contra los militantes y cuadros de la vencedora Unión tras las elecciones de 1988. Luego, renunció a su ciudadanía de origen y se nacionalizó sueco.

Asimismo, había participado en la fundación de la Asociación Jaime Pardo Leal (AJPL), organización de solidaridad con el pueblo colombiano en Suecia, como forma de continuar su tarea contra el Terrorismo de Estado de Uribe y en la búsqueda de la paz, incluyendo el contacto entre las FARC-EP y los gobiernos noruego y sueco con esta última finalidad.

Pero también dirigía ANNCOL (Agencia de Noticias Nueva Colombia), a través de la cual daba cuenta de algunas posiciones de la guerrilla colombiana, como también de las expresiones del Presidente Chávez Frías.

Esta última cuestión fue utilizada para el pedido de extradición de la República de Colombia, fundamentada en la remanida computadora de Raúl Reyes, el extinto dirigente guerrillero, la cual fue concedida en tiempo récord por el presidente venezolano, en su nueva política de acercamiento con el Presidente Santos, tras las acusaciones efectuadas en el pasado por su supuesta colaboración con las FARC, por parte de medios colombianos y norteamericanos.

La decisión se basó en la información provista por las autoridades colombianas, por la cual sería ciudadano colombiano, en una clara operación de inteligencia que involucró a INTERPOL, quien emitió el Código Rojo para su detención después de la partida del dirigente y periodista hacia Venezuela.

Cabe destacar que apenas le fue permitido contactarse con su esposa para informarle de la decisión venezolana de deportarlo a Colombia, como también le negaron la asistencia consular de la representación diplomática sueca en Venezuela.  

Fuente: Dick Emanuelsson

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