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La Galle: Más cerca de la libertad.

karina germano - la galle 2La lucha por las salidas transitorias de "La Galle" va rindiendo sus frutos. Esta vez, la libertad está más cerca que nunca tras el dictamen del Dr. Luis Santiago González Warcalde, Procurador ante la Corte, quien se expidió favorablemente por el otorgamiento de salidas transitorias. No obstante, todavía resta que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidan sobre el recurso extraordinario.


Recordamos que, debido a la denegatoria del Juez de Ejecución Penal y de la Cámara Nacional de Casación Penal, se interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuyos integrantes lo pusieron a consideración del Dr. Luis Santiago González Warcalde, Procurador ante la Corte, para que éste dictaminase sobre la procedencia de la solicitud de la compañera Karina Germano López antes de emitir su fallo.


De acuerdo a lo informado por Diario Judicial (www.diariojudicial.com), en su nota "Prisión en Argentina, beneficios de Brasil", la Procuración de la Corte dictaminó que "debería otorgarse salidas transitorias" a la compañera, quien fuera condenada junto a otros compañeros a 30 años de reclusión por el Tribunal de Justicia del Estado de San Pablo, Brasil.




En dicho dictamen, el Dr. González Warcalde recordó que la compañera "solicitó purgar su condena en la Argentina", de acuerdo a lo establecido por el Tratado sobre Traslado de Condenados, aunque ella se entera en el Penal de Ezeiza que, hábeas corpus mediante, se había otorgado un régimen de salidas temporarias a sus compañeros detenidos en Brasil al haber cumplido un sexto de su condena y ello motivó que solicitara el otorgamiento del mismo beneficio, alegando una situación de inferioridad aunque la ley penitenciaria de nuestro país no lo contempla hasta que se cumpla la mitad de la condena impuesta, lo cual fue denegado por las instancias anteriores ya mencionadas; razón por la cual se interpuso el recurso mencionado anteriormente.


Por otro lado, el funcionario judicial sostuvo que "más allá de la interpretación literal que realizaron los jueces de la casación sobre el artículo XI del Tratado, que impone que la ejecución de la sentencia se rige por la ley del Estado receptor”, continuó, “lo cierto es que si Germano no hubiera elegido lo que creyó un beneficio: el de purgar en su país, estaría -si bien, en el extrañamiento- gozando de los efectos de la extensión del habeas corpus, es decir, habría accedido a salidas transitorias o temporarias”.


Asimismo, señaló que debe tenerse en cuenta que  “los co-condenados en la misma causa, que cumplen su pena en Brasil, ya ‘ han accedido al beneficio de las salidas transitorias y las mismas se han producido ’ " y por ende, sostuvo que “se podría… sin que se desnaturalice la razón del sistema penitenciario nacional, hacer una excepción a la letra del artículo 17 de la ley 24.660, en cuanto exige, para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de la semilibertad, un tiempo mínimo de ejecución de la mitad de la condena”.


Según afirmó el Procurador, esta excepción "está basada en el principio general de interpretación pro hómine de los instrumentos internacionales", lo cual “se adecua, por su sentido de equidad, al de la ‘ reinserción social de las personas condenadas ’, finalidad superior que informa el Tratado sobre traslado de condenados con Brasil (Ley 25.306) y nuestra ley de ejecución penal (N° 24.660, Artículo 1)”.


Sin dudas, una excelente noticia para quienes abrazamos la causa por la libertad de "La Galle". Sin embargo, todavía falta ese fallo que defina su situación y le otorgue la ansiada libertad por ella al igual que todas y todos nosotros.


Hacemos votos para que ello se transforme cuanto antes en una realidad tangible. Ello sería un acto de estricta justicia...

Persecución política en la Facultad de Ciencias Exactas (UBA): Despiden docentes mediante concursos fraudulentos.

 


No es ninguna novedad que el surgimiento de voces opositoras en las aulas universitarias sea motivo para la persecución política. Menos aún, la metodología empleada para ello.


Como bien expresa la AGD - UBA, "los concursos no son garantía de una selección de ' excelencia ' sino más bien un instrumento para legitimar los despidos docentes", siendo uno de los puntos claves en la próxima paritaria, que actualmente discuten los docentes preuniversitarios y los del Ciclo Básico Común, con el objetivo de "la elaboración e implementación de la carrera docente que fije el ingreso a través de concurso y que establezca evaluaciones periódicas para la permanencia o promoción de los docentes".


Un claro ejemplo de este tipo de métodos de exclusión es el que actualmente acontece en la Facultad de Ciencias Exactas, con un concurso para Jefe de Trabajos Prácticos (JTP) en el Departamento de Física.


Pablo MauasEl Dr. Pablo Mauas, JTP de Ciencias Exactas, con más de 15 años de trabajo en la Facultad, fundador de la AGD - FCEN y de la AGD - UBA, y que fue durante 6 años Secretario General de la AGD - FCEN, hasta mediados del año pasado, es el principal afectado por esta verdadera caza de brujas en Exactas como represalia a la actividad gremial que realiza.


La documentación presentada por el docente, que puede leerse en http://www.iafe.uba.ar/u/mauas/impugnacion, abarca el proceso concursal desde el dictamen del jurado, su impugnación y sus antecedentes y publicaciones, habla a las claras de una acción persecutoria y del despido sobre la base de un concurso arbitrario.


Hace poco tiempo, se dió a conocer la ampliación del dictamen, donde el jurado declaró que se le han restado puntos debido a las opiniones manifestadas por distintos alumnos durante 2007 y 2008 que se reproducen en forma textual: "durante la primer parte de la materia tuvimos muchísimos paros; Mauas estoy de acuerdo con tu reclamo... pero pienso que no tener clases no es el modo de lucha; no solo falta por los paros.", al igual que diversas encuestas en las cuales se cuestionó su ejercicio del derecho de huelga, lo cual está garantizado por el Art. 14 bis de nuestra Constitución Nacional.


Según afirmó la entidad gremial, "sería gravísimo que el Consejo Directivo convalide la decisión del jurado de despedir al ex secretario general de la AGD-FCEN por ejercer su derecho constitucional a la huelga, adhiriendo a paros resueltos por las asambleas generales de AGD-UBA y los congresos de la CONADU histórica" y convocaron al repudio por parte de toda la comunidad de la UBA, como también a pronunciarse por la anulación de este concurso.