La Galle: Más cerca de la libertad. La lucha por las salidas transitorias de "La Galle" va rindiendo sus frutos. Esta vez, la libertad está más cerca que nunca tras e...

La Galle: Más cerca de la libertad.

karina germano - la galle 2La lucha por las salidas transitorias de "La Galle" va rindiendo sus frutos. Esta vez, la libertad está más cerca que nunca tras el dictamen del Dr. Luis Santiago González Warcalde, Procurador ante la Corte, quien se expidió favorablemente por el otorgamiento de salidas transitorias. No obstante, todavía resta que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidan sobre el recurso extraordinario.


Recordamos que, debido a la denegatoria del Juez de Ejecución Penal y de la Cámara Nacional de Casación Penal, se interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuyos integrantes lo pusieron a consideración del Dr. Luis Santiago González Warcalde, Procurador ante la Corte, para que éste dictaminase sobre la procedencia de la solicitud de la compañera Karina Germano López antes de emitir su fallo.


De acuerdo a lo informado por Diario Judicial (www.diariojudicial.com), en su nota "Prisión en Argentina, beneficios de Brasil", la Procuración de la Corte dictaminó que "debería otorgarse salidas transitorias" a la compañera, quien fuera condenada junto a otros compañeros a 30 años de reclusión por el Tribunal de Justicia del Estado de San Pablo, Brasil.




En dicho dictamen, el Dr. González Warcalde recordó que la compañera "solicitó purgar su condena en la Argentina", de acuerdo a lo establecido por el Tratado sobre Traslado de Condenados, aunque ella se entera en el Penal de Ezeiza que, hábeas corpus mediante, se había otorgado un régimen de salidas temporarias a sus compañeros detenidos en Brasil al haber cumplido un sexto de su condena y ello motivó que solicitara el otorgamiento del mismo beneficio, alegando una situación de inferioridad aunque la ley penitenciaria de nuestro país no lo contempla hasta que se cumpla la mitad de la condena impuesta, lo cual fue denegado por las instancias anteriores ya mencionadas; razón por la cual se interpuso el recurso mencionado anteriormente.


Por otro lado, el funcionario judicial sostuvo que "más allá de la interpretación literal que realizaron los jueces de la casación sobre el artículo XI del Tratado, que impone que la ejecución de la sentencia se rige por la ley del Estado receptor”, continuó, “lo cierto es que si Germano no hubiera elegido lo que creyó un beneficio: el de purgar en su país, estaría -si bien, en el extrañamiento- gozando de los efectos de la extensión del habeas corpus, es decir, habría accedido a salidas transitorias o temporarias”.


Asimismo, señaló que debe tenerse en cuenta que  “los co-condenados en la misma causa, que cumplen su pena en Brasil, ya ‘ han accedido al beneficio de las salidas transitorias y las mismas se han producido ’ " y por ende, sostuvo que “se podría… sin que se desnaturalice la razón del sistema penitenciario nacional, hacer una excepción a la letra del artículo 17 de la ley 24.660, en cuanto exige, para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de la semilibertad, un tiempo mínimo de ejecución de la mitad de la condena”.


Según afirmó el Procurador, esta excepción "está basada en el principio general de interpretación pro hómine de los instrumentos internacionales", lo cual “se adecua, por su sentido de equidad, al de la ‘ reinserción social de las personas condenadas ’, finalidad superior que informa el Tratado sobre traslado de condenados con Brasil (Ley 25.306) y nuestra ley de ejecución penal (N° 24.660, Artículo 1)”.


Sin dudas, una excelente noticia para quienes abrazamos la causa por la libertad de "La Galle". Sin embargo, todavía falta ese fallo que defina su situación y le otorgue la ansiada libertad por ella al igual que todas y todos nosotros.


Hacemos votos para que ello se transforme cuanto antes en una realidad tangible. Ello sería un acto de estricta justicia...

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