
Les acercamos el video del momento previo al fallo de absolución, donde hicieron uso de la palabra los abogados de la defensa y los compañeros acusados Adriana Agüero, Eduardo García, Gustavo Lerer y Marcelo Mansilla.
Gentileza Meche Méndez.

Les acercamos el video del momento previo al fallo de absolución, donde hicieron uso de la palabra los abogados de la defensa y los compañeros acusados Adriana Agüero, Eduardo García, Gustavo Lerer y Marcelo Mansilla.
Gentileza Meche Méndez.
Como habíamos informado, la declaración de la inspectora de Ministerio de Trabajo iba a derribar la acusación y el fiscal Fornaciari no tuvo otro camino que solicitar la absolución de los compañeros Adriana Agüero, Eduardo García, Gustavo Lerer y Marcelo Mansilla al Tribunal Oral en lo Criminal Nº 29 de esta Capital.
Sin dudas, constituyó una clara intención de criminalizar una lucha que se dió en el hospital pediátrico más grande y de mayor complejidad del país, durante el año 2005, la cual puso al descubierto el estado de la salud pública, las condiciones laborales del hospital, el congelamiento salarial que databa de 14 años y una clara denuncia a las burocracias sindicales cuando se mostró al resto del país e incluso al mundo -a través de compañeros solidarios del exterior- cómo funcionaba la democracia obrera, a través de las asambleas de base.
Gracias a este conflicto comenzaron a abrirse paritarias nuevamente, pero quedó claro que si no hay luchas para conseguir lo reclamado, las paritarias son solo un trámite en el que los trabajadores terminan siendo convidados de piedra, solo para la firma y donde todo lo terminan pactando entre la patronal (en este caso era Macri y el Estado Nacional) y las burocracias de turno, como en el Garrahan lo son, y siguen siendo, UPCN y SUTECBA.
En este juicio pudo demostrarse que la "única violencia" era ejercida desde el Hospital, desde el Estado Nacional y Municipal contra los trabajadores y los pacientes; como también se evidenció las condiciones en las trabajaban los enfermeros, la destrucción de los techos; el cierre de salas de internación, por las condiciones de ruina en las que se encontraban y la falta de reparación de un resonador magnético, único en un hospital público -no tercerizado-, mientras se llevaban a los pacientes a realizar los estudios fuera del mismo y pagaban, vaya a saber cuánto dinero por ese servicio.
No pudieron y los jueces Rodolfo Goerner, María Deluca Giacobini y Alejandro Llitvack tuvieron que determinar que los compañeros eran inocentes.
No hubo pruebas para sostener la acusación, sobraron pruebas para absolverlos pero, ahora, también sobran para sentar en el banquillo a los responsables de tanta violencia contra los trabajadores y la salud pública.
Ayer se conoció el fallo del Tribunal en lo Criminal Nº 2 de Mercedes por el cual se condenó a Ailén y Marina Jara como coautoras responsables del delito de lesiones graves a la pena de dos años, un mes y veintiún días de prisión efectiva, aunque se decidió su inmediata libertad por haberla cumplido con el encarcelamiento sufrido durante el proceso.
Según informó Desalambrar, no estuvieron presentes el Dr. Brahim, tercer integrante del tribunal y el Fiscal Guillermo Altube. Fue una rápida lectura por Secretaría de un fallo que constituye una convalidación de lo actuado por la policía para defender a un acosador vinculado a ella; en consecuencia, un ataque al género que no debería haber sido admitido por la justicia.
Seis puntos del debate serán objeto de la apelación por una absolución lisa y llana de ambas jóvenes.
El primero, respecto de la falsedad ideológica del informe médico suscripto por el Dr. Nelson, quien auscultó a Leguizamón a las 22.00 hs. pero su dictamen ingresó tres horas antes a la fiscalía bajo el diagnóstico de hemo neumotórax, mientras que el profesional actuante en el Hospital Mariano y Luciano de la Vega diagnosticó un neumotórax. La diferencia es sustantiva, por cuanto el primero permitió incrementar la gravedad de las lesiones para encuadrar la acusación en tentativa de homicidio; mientras que el segundo, se refiere a la acusación contra Ailén acerca de la portación y disparo del arma de fuego, pero no se consideró relevante la prueba de dermotest, mientras que, con respecto a la mentada camiseta de Nueva Chicago que vestía el acosador, afirmaron que tal vez se perdió en algún lugar del hospital.
Lo tercero está referido a la convalidación de la versión policial acerca del vínculo amoroso de las hermanas Jara con el acosador, teniendo en cuenta su testimonio y de aquellos familiares que declararon durante el debate; no obstante, jamás se tuvo en cuenta que las declaraciones de Leguizamón en sede policial y fiscal jamás refirieron relación amorosa alguna.
Por otra parte, el cuarto punto en cuestión es la calificación de credibilidad y verosimilitud del testimonio del acosador durante el debate por parte del tribunal, quien consideró el testimonio de Ailén como un intento de mejorar su situación procesal bajo la introducción de la violencia de género y el acoso sexual.
La consideración de la declaración de una testigo por parte del tribunal es el quinto punto en discusión, por cuanto éste sostuvo un pertinaz patriarcado: “Esta testigo se encargó de mostrar las peores características de Leguizamón, lo ilustró como en las antípodas de las imputadas. Todas las circunstancias apuntadas me llevan a dudar de su veracidad, que además en el caso de darle algún crédito no lo coloca en el papel que se pretende, un hecho tan pretérito de la tierna juventud de Leguizamón" y ligado a éste, el sexto y último, se refiere a la desestimación del encuadre del caso en violencia de género por cuanto solamente se consideró lo descripto por el hermano de Leguizamón y la policía.
Hubo alegría por la libertad, la cual tuvo lugar a las 23.00 hs., donde pudieron abrazarse con su madre, Elena Salinas, tras haber sido despedidas por sus compañeras de encierro del penal de Los Hornos con una ruidosa cacharreada contra las rejas. Sin embargo, todavía queda un largo camino: falta la absolución lisa y llana...
Fuente y foto: Desalambrar (www.desalambrar.com.ar)
Ayer se presentó la apelación al fallo que absolvió a los 13 imputados por los delitos de retención de persona y promoción de la prostitución, en el expediente por el secuestro de María de los Ángeles Verón, la que fue ingresada en la Sala II de la Cámara Penal, la cual habia dictado la sentencia y que ahora deberá aceptarla o rechazarla.
El mencionado recurso de casación fue presentado por el Dr. Carlos Garmendia, en representación de Susana Trimarco, la madre de la joven desaparecida, en donde uno de sus argumentos es el evidente "razonamiento ilógico" al procederse a descartar las declaraciones de los testigos de identidad reservada.
El pasado jueves, en horas del mediodía, la Fiscal Graciela Riveros desistió de la acusación contra el joven militante social Facundo Goñi, en una grosera causa armada por la cual la policia lo acusaba por portación ilegal de arma de fuego, lo que fue acompañado por el titular del Tribunal Nº 1, Dr. Samuel Saraví Paz, quien procedió a dar lugar a la absolución.
El militante social absuelto es limpiavidrios e integra un proyecto de extensión de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales que lucha por los derechos de los niños en situación de calle, y ello era lo que molestaba a los policías de la Comisaría 1ª de La Plata.
Durante el juicio, la Fiscalía señaló las contradicciones en el relato policial sobre los hechos ocurridos en la noche del 31 de junio, momento en que Goñi fue detenido y destacó que el Teniente Flores y el Oficial Principal Lascano declararon haber forcejeado con el militante, que no lo vieron lesionado y que tampoco había sido encapuchado en la requisa.
Por otra parte, Flores afirmó que el Sargento Ponce fue quien lo había registrado, mientras Lascano se lo adjudicaba. En su declaración, Ponce afirmó que él mismo había encapuchado a Goñi y que la requisa la había realizado Lascano y agregó haber visto que al militante le sangraba la cara.
La Fiscal señaló en su alegato que, mientras los tres oficiales afirmaron que el arma había sido secuestrada del bolsillo trasero, el testigo del operativo, Carlos Arias, sostuvo que “se la retiraron del bolsillo delantero” y al pedirle más precisión a éste, no pudo asegurar que le hayan sacado el arma del bolsillo del pantalón pues su “visión estaba obstruida y los oficiales lo corrieron del lugar”.
En su fundamentación, Riveros también indicó que los policías fueron a la plaza a raíz de un llamado del 911 por la posible comisión de un robo y que, al llegar al lugar, se dirigieron a un banco donde había un grupo de 5 personas. Mientras cuatro de ellas se fueron del lugar, Goñi se quedó allí sin intentar huir e indicó que los policías no le pidieron en ningún momento que mostrará sus pertenencias.
Los partes médicos que constataron una lesión en la nariz del limpiavidrios, permitieron que pudiese afirmar “que entiendo que los funcionarios policiales actuaron notoriamente con exceso de sus facultades”.
Asimismo, agregó que los oficiales no se encontraron con un delito flagrante, tal como caratularon las actuaciones, pero que requisaron a Goñi sin orden judicial previa. “Proceder de está forma entorna arbitraria la actuación policial y por ende violatoria de las garantías individuales, fundamentales, con rango constitucional, propias de un estado de derecho como el nuestro” afirmó la Fiscal.
Al finalizar su alegato, solicitó que se tomen copias de la declaración del militante y se de intervención a la Fiscalía de turno correspondiente ante la posible comisión del delito de apremios ilegales por parte de los policías.
Alegato Fiscal Riveros.
El juez Samuel Saraví Paz, dio lugar al pedido de la Fiscalía, absolviendo al joven militante y resolvió dar curso al inicio de la investigación que fuese solicitada.
Esta victoria fue posible gracias al respaldo de la Secretaría de Extensión Universitaria de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, el Comité Contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Plata, la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires y la adhesión de una veintena de organizaciones sociales.
El Defensor General Omar Ozafrain que acompañó a Goñi, durante el juicio, afirmó “ya hace 32 años que estoy en la defensa oficial, me encontré con situaciones que nosotros percibimos con alguna habitualidad pero la verdad nunca nos aproximamos a probar una causa tan mal instruida como ésta” y sostuvo que la declaración del imputado y los interrogatorios “convirtieron esta causa, que parecía ser que no era grave, en una causa paradigmática de cómo a veces los procedimientos policiales conducen a la incriminación de inocentes”.
Declaraciones del Dr. Ozafrain, defensor de Facundo Goñi.
El Juicio
El pasado martes 11 dió comienzo el juicio contra Facundo Goñi con las declaraciones de allegados, policías y peritos, como también hizo lo propio el militante al dar su versión de los hechos.
Facundo indicó que el martes 31 de julio de 2012, cerca de las 22.00 hs., se encontraba en la plaza San Martín de La Plata con un grupo de chicos cuando tres policías se dirigieron hacia ellos. Mientras los jóvenes se iban del lugar, avanzó en dirección a los uniformados, quienes, al preguntarles qué sucedía, lo golpea el jefe de calle de la Comisaría 1ª en el rostro, señalando que, al caer al piso, disimuló estar desmayado para evitar que lo golpearan pero que, de todas maneras, empezaron a patearlo para luego esposarlo. Asimismo, afirmó que fue llevado encapuchado hasta 6 y 53 donde se encontraba el móvil policial y que, en ese momento, no escuchó que llegará ningún testigo siendo requisado, sacándole plata y un celular.
Tras lo ocurrido fue llevado a la Comisaría 1ª, en donde se negó a firmar un acta por resistencia a la autoridad, al considerar que no se había resistido, sostuvo. Al día siguiente, al ir a los tribunales a declarar, afirmó que se enteró de la acusación de portación ilegal de arma de fuego.
Con anterioridad al militante social, declararon los integrantes de la Secretaría de Extensión Universitaria de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (UNLP) del que forma parte a través de sus proyectos; entre ellos, declaró el Secretario de Extensión Universitaria, Adolfo Brook, quien manifestó haber estado con Goñi hasta las 21.45 hs., y presenciado, minutos antes, un operativo policial contra chicos en situación de calle, donde Goñi actuó en defensa de los mismos.
Si bien los tres testigos señalaron haberse enterado de la detención de Goñi a través de llamados telefónicos, relataron distintos acontecimientos donde él había sufrido hostigamientos de la policía, que llegó a amenazarlo con “meterlo preso con papeles”. Al hacer uso de la palabra, el joven militante señaló que, en el último mes, había sido agredido por el jefe de calle en cinco ocasiones por lo menos. La última vez que ello ocurrió fue constatado por Marcela López, Directora de Acción Social Directa de la Municipalidad de La Plata, en su declaración, quien narró que Goñi se hospeda en un hogar en Altos San Lorenzo, y que, tras despedirse de él luego de una reunión, se encontró con que pocos minutos después con que se encontraba esposado dentro de un patrullero. Al interrogar a los policías, éstos le dijeron que era una averiguación de identidad y al señalarles la arbitrariedad de la detención, liberaron a Goñi.
Por su parte, los policías se mostraron contradictorios en la versión de los hechos. Gastón Lascano, el jefe de calle de la Comisaría 1ª, afirmó haber sido agredido por el militante y no haberle producido ninguna lesión, mientras que el Sargento Flores afirmó que el joven se encontraba con el rostro ensangrentado.
Dicho oficial de la Bonaerense fue cuestionado por el Dr. Omar Ozafrain, defensor general de Goñi, acerca de las condiciones en las cuales fuese detenido su defendido, constatando que la misma se perpetró sin motivos y fue completamente arbitraria, concluyendo su interrogatorio sugiriéndole al oficial “que repase el Código Procesal Penal para no infringir la ley”.
Con respecto al arma, el oficial Lascano negó que la pequeña pistola se pudiera tapar con la palma de una mano y al solicitarse que lo intentara, su mano la cubrió por completo. Más tarde, en la descripción que realizara el Sargento Flores en su declaración, éste afirmó que “es chiquita, entra en la palma de una mano”.
En la audiencia realizada durante el miércoles 12, declaró el testigo del operativo, quien afirmó que, en el momento de la requisa, le mostraron el arma pero no vió que el policía metiera la mano en el bolsillo y agregó que el cacheo se inició en los bolsillos, en lugar de seguir el procedimiento habitual por el cual se empieza palpando el pecho para luego bajar.
Artículo relacionado: Comienza hoy el juicio al militante social Facundo Goñi.
La AGD - UBA, mediante un comunicado, repudió el fallo conocido en la noche de ayer afirmando que "Las palabras no alcanzan para expresar la indignación frente a lo que choca hasta con el más elemental sentido común: diez años de lucha, un año de juicio, centenares de testimonios (muchos de ellos de jóvenes reducidas y liberadas por el propio curso de lucha y la denuncia contra la trata) y la impunidad". Asimismo, dicha organización sindical docente se solidarizó con Susana Trimarco y con sus denuncias contra las redes de trata, las que disponen "de bandas lúmpenes, clientes y de la complicidad del aparato estatal (policía, justicia, políticos) para seguir operando y sometiendo a miles de mujeres en nuestro país"
Por otra parte, los Familiares y Amigos de Luciano Arruga manifestaron, a través del comunicado titulado "Ante la sentencia en el juicio por el caso Marita Verón", que "una vez más la justicia argentina estuvo al servicio de la peor impunidad", luego de la declaración de chicas que fueron víctimas de redes de trata y que "tuvieron el coraje de señalar en sus caras a quienes las habían mantenido en cautiverio". Asimismo, afirmaron su "fuertísima indignación" con el fallo absolutorio, al cual consideraron un atropello a Susana Trimarco y a su nieta Micaela, y exigieron la reversión del fallo en forma inmediata al Poder Judicial y los recursos necesarios al poder político "para que haya justicia de verdad", permitiendo garantizar la integridad de la familia de Marita, a la vez que denunciaron "su connivencia con las mafias organizadas y con las fuerzas represivas".
Ambas organizaciones estarán hoy frente a la Casa de la Provincia de Tucumán para exigir la destitución inmediata de los jueces y un juicio justo en el caso.
Poco después de las 21.00 hs. de ayer se conoció el fallo de la Sala II de la Cámara en lo Penal de la provincia de Tucumán, integrado por los jueces Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero, por el cual se absolvió en decisión unánime a los 13 imputados de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento agravado por su condición de mujer, en concurso con el delito de promoción de la prostitución, bajo el argumento de no estar probado el hecho del secuestro de María de los Ángeles Verón en el 2003.
En las audiencias anteriores, incluyendo la final, todos los acusados se declararon inocentes.
De esta forma, María Jesús Rivero, Víctor Ángel Rivero, Daniela Natalia Milhein, María Azucena Márquez, Carlos Alberto Luna, Lidia Irma Medina, José Fernando Gómez, Gonzalo José Gómez, Humberto Juan Derobertis, Andrés Alejandro González, Domingo Pascual Andrada, Cynthia Paola Gaitán y Mariana Natalia Bustos, quienes enfrentaban penas entre 12 y 25 años de prisión, quedan en libertad.
Los fundamentos de la sentencia serán leídos el próximo 18 de diciembre, teniendo en cuenta la magnitud de la decisión.
100 testigos y 10 meses se llevó este juicio que hoy no tiene culpables ni responsables.
En declaraciones a la prensa, Susana Trimarco, madre de Marita, expresó que "Es una etapa de mi vida que termina, mañana empieza otra" y afirmó que iniciará el juicio político para "que estos estafadores, estos delincuentes sean destituidos de sus cargos", destacando que ellos "fueron una vergüenza para Tucumán, una vergüenza para la Argentina".
Por otro lado, afirmó que "La ' Chancha ' Ale sigue manejando la provincia, la prostitución, la droga y todo lo que ocurre", refiriéndose a Rubén Ale, ex dirigente del fútbol local vinculado con la mayoría de los imputados.
Con respecto al juicio, sostuvo que "había pruebas suficientes para condenar a estos 13 delincuentes, pero hubo enormes irregularidades. Se llevaron los expedientes de la causa de Marita a una finca del abogado de los Ale". Por su parte, Carlos Garmendia, abogado de la Fundación María de los Ángeles manifestó que "vamos a seguir luchando. Algunos festejarán en la Rioja y otros en la casa de la ' Chancha ' Ale", mientras que José D' Antona, el abogado querellante, expresó que “vayan a preguntarle al gobernador, al radicalismo que van a decir el día que pidamos el juicio político, porque esto es reírse del pueblo de Tucumán”
Fuentes: Contrapunto Prensa Alternativa (Tucumán), Centro de Información Judicial, Página 12 y Clarín.
Fotos: El Ancasti (Catamarca), La Noticia Sur
Fallo: Gentileza del Centro de Información Judicial.
La Gremial de Abogados de la Argentina llevó adelante la defensa de la compañera Fernanda "La Colo" Pereyra, abogada que asesora y acompaña a los compañeros del Movimiento Patriótico Revolucionario Quebracho, de la mano de los Dres. Eduardo Soares y Roberto Perdía, según expresaron en un comunicado en donde manifiestan la alegría por su absolución y su preocupación por el origen del proceso judicial y los términos del fallo absolutorio.
Tras recordar los hechos por los cuales fue imputada, se preguntaron porque la judicializaron; a lo cual, respondieron que ello fue producto de "una pequeña nota en los medios donde detalló causas judiciales que ella defiende, básicamente la del ataque al local partidario del entonces gobernador Sobisch, asesino del maestro Fuentealba" y volvieron a preguntarse si era solo y exclusivamente por dicho motivo, para responderse que sí, porque la identificación de la compañera como presente en el acto de conmemoración de la caída en combate del Comandante Mario Santucho por parte de la policía, los fiscales y la misma maquinaria judicial fue lo que determinó su imputación y su procesamiento.
Según afirmaron, durante el debate que duró tres jornadas, se encontraron con policías federales "cargados de subjetividades"; tales como el comisario a cargo de la Seccional de la jurisdicción, quien satanizó a las organizaciones en forma similar a la realizada durante las décadas del ' 60 y ' 70 y que aún continúa en actividad, habiendo sido defendido por el Tribunal a punto tal que se amenazó a la defensa con la pertinente denuncia ante el Colegio de Abogados, demostrando ello la discriminación contra las organizaciones que estuvieron en el acto y con una Fiscalía con mala intención y "un alto grado de compromiso político con el macrismo".
Asimismo, sostuvieron que este procesamiento y criminalización de la compañera Pereyra, quien estuvo en el acto para ejercer legítimamente su profesión de abogada, asesorando a compañeras y compañeros, y haciendo declaraciones a los medios de comunicación, constituye una "gran luz de alarma que se enciende para todos" por cuanto, si bien su defensa pidió la absolución "con la aclaración expresa de que la Colo no cometió delito alguno y que estar presente en un acto no implica la comisión de un delito o una contravención", el fallo absolutorio del Tribunal lo fue por el beneficio de la duda...
Afirmaron que el Tribunal les aclaró en forma expresa que "si hubiera sido por la íntima convicción la habríamos condenado" y que la absolución "se debió a que ' el planteo de ustedes fue mejor que el de la Fiscalía ' y porque el Tribunal y la acusación ' no pudieron determinar el rol (de la Colo) en la organización del Acto ' ".
Ello debe llevar a la preocupación por el precedente que, si bien absuelve a la compañera, puede constituírse en "un peligroso antecedente para criminalizar a cualquier concurrente o participante en cualquier acto como los de Santucho o el Che", enfatizaron.
Por otra parte, indicaron que al resaltarse la condición de abogada de "La Colo", por parte de la defensa y la denuncia a la Justicia porteña por el intento de avasallar su derecho a ejercer su profesión de abogada, condicionó la decisión del Tribunal.
Sin embargo, concluyeron, dicha condición "no la tienen cientos de compañeros y compañeras que concurren a esos actos y que pueden quedar a merced de una criminalización con fallos como éste".
En la causa donde se investigan los hechos acontecidos en el ex - CCD “El Chalet del Hospital Posadas”, los genocidas Reynaldo Bignone, Luis Muiña e Hipólito Rafael Mariani solicitaron su absolución por las imputaciones de privación ilegítima de la libertad contra 22 víctimas y torturas a 5 de ellas, en la audiencia celebrada hoy con los últimos alegatos ante el Tribunal Oral Federal Nº 2.
El próximo 22 de diciembre, desde las 10.00 hs., tendrá lugar la jornada de réplicas y dúplicas.
Recordamos que el Ministerio Público Fiscal solicitó 25 años de prisión para Bignone, 20 años para Muiña y 12 para Mariani, mientras que la querella requirió 25 años para los tres acusados.
Artículo relacionado:
Causa Hospital Posadas: Este miércoles comienzan los alegatos de las defensas de los genocidas.
Infiltración de la Gendarmería y arremetida penal contra el clasismo por cortes en la Panamericana
BASTA DE ATAQUES A LAS Y LOS OBREROS DE KRAFT Y SU COMISIÓN INTERNA
Luego de la histórica lucha del 2009 y de las peleas en las negociaciones paritarias en 2010, decenas de compañeros de Kraft Foods Argentina (ex Terrabusi) fueron procesados. Javier Hermosilla, dirigente de la actual interna y conocido militante del PTS está procesado por 11 cortes de ruta, embargado por 290.000 pesos y tiene un juicio de desafuero. Lorena Gentile, delegada, es procesada por la protesta en la autopista Panamericana que se realizó el 21 de octubre de 2010 en repudio al asesinato de Mariano Ferreyra. La empresa inició causas penales contra los delegados Pamela Bulacio, Adrián Argañaraz, Elvio Baldasarri y Julio Tévez, a quien también le inició juicio de desafuero, con lo que la mayoría de la Comisión Interna tiene causas abiertas.
Decenas de trabajadores que fueron desalojados luego de una represión de la policía Bonaerense el 25 de septiembre de 2009 también tiene causas abiertas en la fiscalia de Talar (Municipio de Tigre, Provincia de Buenos Aires), así como dirigentes de Internas combativas hermanas; como Leonardo Norniella, de Pepsico Snacks y varios militantes y estudiantes solidarios. Hasta el propio abogado de la Comisión Interna, integrante del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos, se encuentra procesado al igual que compañeros de la comisión interna anterior, como Ramón Bogado, Penayo y María Rosario. Se llegó al colmo en este ataque a procesar a dirigentes políticos que fueron solidarios con la lucha como Néstor Pitrola y Vilma Ripoll.
Varias de estas causas que atentan contra el derecho a la manifestación y la protesta de los trabajadores, se iniciaron con informes de inteligencia totalmente ilegales hechos por la Gendarmería (Unidad de Investigaciones y Procedimientos Judiciales - Campo de Mayo) a partir de la infiltración de sus efectivos en las movilizaciones, según consta en los propios expedientes. Esta fuerza de seguridad usa también una base de datos propia donde están identificados los dirigentes sindicales y políticos. Varios jueces que impulsan esta criminalización de la protesta iniciaron sus carreras en la dictadura genocida (1976 - 1983) y hoy procesan penalmente a los obreros basándose en el articulo 194 del Código Penal impuesto por el dictador Onganía en 1968 que castiga con prisión el corte de ruta.
Por todo esto, los abajo firmantes exigimos la anulación de todas las causas y la inmediata absolución de todas las obreras y obreros, miembros de la comisión interna y delegados de Kraft, la de su abogado como así también la de los compañeros y compañeras de distintas organizaciones que se solidarizaron con su lucha para resistir los despidos masivos en el año 2009 por parte de la empresa con el apoyo explícito de la Embajada de los Estados Unidos como también el cierre de las más de 5.000 causas penales contra los luchadores obreros y populares que existen hoy en la Argentina.
APELLIDO Y NOMBRE DNI ORGANIZACIÓN FIRMA
Petitorio para ser presentado ante autoridades judiciales, del Poder Legislativo, del Poder Ejecutivo y publicado en medios de prensa.
Enviar adhesiones a: petitoriokraft@gmail.com