INFORME BLOQUEO CUBA 2012. Al igual que el año pasado, volvemos a ofrecer el informe que la República de Cuba presentara ante la ONU, dando cuenta de las consecuencias...

INFORME BLOQUEO CUBA 2012.

informe bloqueo 2012Al igual que el año pasado, volvemos a ofrecer el informe que la República de Cuba presentara ante la ONU, dando cuenta de las consecuencias del infame bloqueo al cual es sometida por los Estados Unidos desde hace más de 50 años.


Debido a su extensión, iremos publicando un capítulo por día para que todas y todos puedan leerlo y pensarlo con tranquilidad.


“Nuestras sanciones legales reflejan nuestros principales intereses en seguridad nacional e intereses en política exterior, y la OFAC las persigue exhaustivamente. Este anuncio histórico* debería servir como una clara advertencia a cualquiera que planee aprovecharse de evadir las prohibiciones de EEUU”…


Adam Szubin, Director de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro del gobierno de los Estados Unidos, junio de 2012


* Se refiere a la multa de 619 millones de dólares al banco holandés ING por realizar transacciones financieras con Cuba y otros países, la más alta de la historia que ha impuesto el Gobierno de los Estados Unidos a un banco extranjero por mantener relaciones comerciales con Cuba.


INTRODUCCION


El bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba comenzó a aplicarse desde el momento mismo del triunfo de la Revolución Cubana en 1959 y, a lo largo de los años, se ha venido institucionalizando y refinando cada vez más mediante la aprobación de proclamas presidenciales y medidas legislativas que lo han hecho progresivamente más férreo y abarcador.


Desde ese momento, la política de asfixia económica que representa no ha cesado ni un solo instante, lo que refleja claramente la obsesión de sucesivos gobiernos de los Estados Unidos por destruir el sistema político, económico y social elegido por el pueblo cubano en ejercicio de sus derechos a la libre determinación y la soberanía. Durante todos estos años se han recrudecido y reforzado los mecanismos políticos, legales y administrativos de dicha política con el objetivo de procurar su instrumentación más eficaz.


El andamiaje en el que se sustenta el bloqueo califica como un acto de genocidio, en virtud de la Convención de Ginebra de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, y como un acto de guerra económica de conformidad con la Declaración relativa al Derecho de la Guerra Marítima adoptada por la Conferencia Naval de Londres de 1909. Como puede comprobarse al consultar los sitios web de los Departamentos del Tesoro y Comercio de EE.UU., el bloqueo contra Cuba sigue siendo el sistema de sanciones unilaterales más injusto, abarcador, severo y prolongado que se ha aplicado contra país alguno en el mundo.


Como consecuencia de la estricta y agresiva aplicación de las leyes y normativas que tipifican el bloqueo, Cuba continúa sin poder exportar e importar libremente productos y servicios hacia o desde los Estados Unidos, y no puede utilizar el dólar norteamericano en sus transacciones financieras internacionales o tener cuentas en esa moneda en bancos de terceros países. Tampoco se le permite tener acceso a créditos de bancos en Estados Unidos, de sus filiales en terceros países y de instituciones internacionales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional o el Banco Interamericano de Desarrollo.


Durante este último año, la persecución a las transacciones financieras internacionales de Cuba ha sido uno de los rasgos más significativos de la aplicación del bloqueo. Según el Informe Anual publicado por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), del Departamento del Tesoro, la cifra de los fondos congelados por Estados Unidos a Cuba al cierre del año 2011 asciende a 245 millones de dólares , obstaculizando así el desarrollo económico, social y científico-técnico de Cuba.


Despreciando la voluntad de la comunidad internacional y de la Asamblea General, expresada en las veinte resoluciones adoptadas por dicho órgano, mediante las que solicita poner fin a esta política, el gobierno de los Estados Unidos continúa afirmando que mantendrá el bloqueo como una “herramienta de presión”, y no alberga intención alguna de modificar su enfoque hacia Cuba.


El daño económico ocasionado al pueblo cubano por la aplicación del bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos contra Cuba hasta diciembre de 2011, considerando la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional, asciende a un billón 66 mil millones (1.066.000.000.000) de dólares.


A precios corrientes, asciende a una cifra que supera los 108 mil millones (108.000.000.000) de dólares en un cálculo sumamente conservador.


A pesar de haber fracasado en la consecución de sus propósitos, el bloqueo económico, comercial y financiero de los Estados Unidos sigue siendo el principal obstáculo para que Cuba desarrolle a plenitud sus potencialidades económicas y sociales.


Todas las cifras indicadas en dólares se refieren a dólares de los Estados Unidos de América.


1.1 - Principales medidas adoptadas por el Gobierno de los Estados Unidos y propuestas realizadas que demuestran la continuidad del bloqueo y los intentos de intensificarlo.


El 7 de abril de 2011, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) impuso una multa de 22 mil 500 dólares a la aseguradora “Metlife” de Nueva York, por expedir un cheque directamente a un nacional cubano.


El 26 de mayo de 2011, la representante republicana por el Estado de La Florida y Presidenta del Comité de Relaciones Exteriores de la Cámara de Representantes del Congreso de los Estados Unidos, Ileana Ros-Lehtinen, presentó el proyecto de ley H. R. 2047 “Ley de 2011 para la protección de la barrera coralina del Caribe”, que propone enmendar la Ley Helms-Burton para prohibir tanto la entrada a Estados Unidos, como los beneficios de la relación con este país, a cualquier persona o entidad extranjera que contribuya a desarrollar programas de prospección petrolera en zonas marítimas próximas a las costas cubanas. Ese proyecto aboga, además, por imponer nuevas sanciones y prohibiciones para evitar el acceso a Cuba de recursos petroleros.


El 19 de junio de 2011, el Comité Organizador del Coloquio Internacional Ernest Hemingway informó que el Departamento del Tesoro negó las licencias para viajar a Cuba a 14 investigadores norteamericanos que participarían en el evento.


El 20 de junio de 2011, el Canal de televisión CBS4 dio a conocer que el Departamento del Tesoro negó al equipo infantil de fútbol de Cayo Hueso la licencia para viajar a Cuba, invitado a participar en los Juegos Escolares Nacionales.


El 19 de julio de 2011, la Representante Ileana Ros-Lehtinen envió una carta al Director de la OFAC, Adam Szubin, en la cual expresa “preocupación” por los “esfuerzos de ciertas agencias de viajes para evadir las leyes de EE.UU., al promover viajes turísticos a Cuba”, y le solicita información sobre las medidas que la OFAC estaría tomando para impedir o corregir las actividades de dichas agencias, entre las cuales singularizó a Monroe Travel Service.


El 31 de julio de 2011, la red social Facebook impidió por segundo año consecutivo a informáticos cubanos y de otros países sancionados por EE.UU., participar en un concurso mundial de programación.


El 1º de agosto de 2011, la compañía de viajes de lujo Abercrombie & Kent suspendió su programa de viajes a Cuba, que había sido anunciado el 19 de julio, como resultado del anuncio publicado por la OFAC aclarando que los viajes turísticos no están autorizados como parte de los programas pueblo a pueblo y que las “regulaciones aún contienen muchas restricciones a los viajes”.


El 3 de octubre de 2011, la OFAC impuso una multa por 502 mil 408 dólares, a Flowserve Corporation, una empresa de suministros a la industria petrolera radicada en Irving, Texas, por violación de las sanciones a Cuba y otros países entre el 2005 y 2006. Además, esa compañía deberá abonar 2 millones 500 mil dólares al Buró de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio por acusaciones de transgredir las normas de exportación norteamericanas.


El 1º de diciembre de 2011, fueron arrestados en Estados Unidos los ciudadanos norteamericanos Marc Verzani y Adem Arici, acusados de conspiración para violar la Ley de Comercio con el Enemigo y por encubrir viajes a Cuba. De acuerdo con medios de prensa, los implicados estarían involucrados en negocios de bienes raíces en Cuba y pudieran enfrentar condenas de 25 y 15 años, respectivamente.


El 23 de febrero de 2012, el presidente Obama prorrogó las directivas sobre la “Extensión de la emergencia nacional respecto a Cuba” y la “Autoridad de emergencia sobre la regulación de anclaje y movimiento de embarcaciones”, las cuales, entre otras regulaciones, prohíben el arribo de barcos y yates de recreo a Cuba.


El 16 de marzo de 2012, se conoció que la empresa Esco. Corporation del Estado de Oregón, está siendo investigada porque una de sus subsidiarias en Canadá utilizó níquel cubano en sus producciones.


El 1º de mayo de 2012, el gobernador de La Florida, Rick Scott, firmó la ley H. B. 959, que prohíbe a los gobiernos estadual y local hacer contratos por más de un millón de USD con compañías que tengan negocios con Cuba y otros países.


El 11 de mayo de 2012, la OFAC actualizó los lineamientos para implementar las regulaciones sobre los viajes a Cuba. La medida plasma de una manera más explícita las características del proceso de solicitud de licencias para los intercambios “pueblo a pueblo” y delimita más detalladamente los requerimientos para estos viajes. Este anuncio de la OFAC parece responder a las presiones de los elementos anticubanos en el Congreso, en particular, del Sen. Marco Rubio (R-FL) sobre el gobierno de Obama.


El 14 de mayo de 2012, la Corte Suprema denegó la solicitud presentada por la empresa cubana CUBAEXPORT para que revisara la decisión emitida en el 2011 por la Corte de Apelaciones para el Distrito de Columbia, después que la OFAC negara la licencia para que CUBAEXPORT renovara el registro de la marca “Havana Club” en EE.UU.


El 31 de mayo de 2012, el secretario asistente para Asuntos Públicos del Dpto. de Estado, Mike Hammer, ofreció una conferencia de prensa vía Twitter, durante la cual respondió preguntas sobre Cuba enviadas desde la Sección de Intereses de los Estados Unidos en La Habana (SINA), defendiendo el bloqueo como herramienta de presión para producir cambios políticos en Cuba.


El 12 de junio de 2012, el Dpto. de Justicia anunció la imposición de una multa de 619 millones al banco holandés ING, por violaciones al régimen de sanciones contra Cuba y otros países. Se aduce que ING aprobó más de 20 mil operaciones bancarias con esos países por un monto superior a los 2 mil millones de dólares desde principios de los 90 hasta 2007.


1.2 - Aplicación extraterritorial del bloqueo.


La Administración del Presidente Obama se ha caracterizado por un reforzamiento de la dimensión extraterritorial del bloqueo, de la cual las legislaciones Torricelli y Helms Burton siguen siendo claros exponentes. Como es conocido, con esas legislaciones el Gobierno de los Estados Unidos se arrogó ilegalmente el derecho de legislar por y para otros países en sus relaciones con Cuba, llegando incluso a atribuirse la capacidad de certificar la conducta y acciones de otros Estados y de los nacionales de estos no sujetos a la jurisdicción norteamericana.


Resultante de la extraterritorialidad del bloqueo y de la estricta aplicación de las legislaciones con ese fin, los buques mercantes de cualquier país que toquen puertos cubanos continúan imposibilitados de ingresar en puertos de los Estados Unidos por un período de 180 días.




Tampoco las empresas de ningún país pueden comerciar con empresas de origen cubano si tienen afiliación o intereses de algún tipo con empresas de los Estados Unidos, con independencia de las relaciones del país sede de la empresa con Cuba, de las leyes que rijan en su país de origen o de las normas del Derecho Internacional. Compañías de terceros países que tienen vínculos comerciales con Cuba son objeto de persecución, amenazas y sanciones por parte de las autoridades del gobierno de los Estados Unidos en cualquier lugar del mundo, sin tener en cuenta su origen, su patrimonio, o si tienen vínculos o no, con los Estados Unidos.


Asimismo, se ha recrudecido el acoso a las transacciones financieras de Cuba con terceros países, independientemente de la relación de esos países con Cuba, de la moneda que se utilice y las normas bancarias vigentes en los países involucrados.


La aplicación extraterritorial del bloqueo daña seriamente a Cuba, pero afecta también los intereses y los derechos soberanos de terceros países y es fuente constante de conflictos comerciales y financieros.


Los principales rasgos que tipifican el carácter extraterritorial de esta política continúan siendo los siguientes:


Se prohíbe que empresas subsidiarias de compañías norteamericanas en terceros países mantengan cualquier tipo de transacción con empresas en Cuba.


Se prohíbe que empresas de terceros países exporten a los Estados Unidos productos de origen cubano o productos que en su elaboración contengan algún componente de ese origen.


Se prohíbe que empresas de terceros países vendan bienes o servicios a Cuba, cuya tecnología contenga más de un 10% de componentes estadounidenses, aunque sus propietarios sean nacionales de esos países.


Se prohíbe que entren a puertos estadounidenses buques que transporten productos desde o hacia Cuba, con independencia del país de matrícula.


Se prohíbe que bancos de terceros países abran cuentas en dólares a personas jurídicas o naturales cubanas o lleven a cabo transacciones financieras en dicha moneda con entidades o personas cubanas.


Se criminaliza la tramitación por instituciones bancarias de terceros países de transacciones financieras relacionadas con Cuba, aún cuando sean en otras monedas y se amenaza a dichas instituciones con potenciales represalias por supuestas violaciones de las leyes de Estados Unidos.


Se penaliza a los empresarios de terceros países que realicen inversiones o negocios con Cuba, a quienes se les deniega el otorgamiento de visado para viajar a Estados Unidos, lo que se hace extensible a sus familiares. Esos empresarios podrían ser objeto de acciones legales ante tribunales norteamericanos en el caso de que sus operaciones con Cuba se relacionen con propiedades vinculadas a reclamaciones de ciudadanos estadounidenses, o que, habiendo nacido en Cuba, adquirieron esa ciudadanía posteriormente.


Existen innumerables casos recientes de operaciones comerciales de Cuba con empresas de terceros países que no se encuentran bajo la jurisdicción de los Estados Unidos, cuya ejecución ha sido obstaculizada o impedida por las prohibiciones, amenazas y chantajes de Washington.


Los siguientes ejemplos son ilustrativos:


El 17 de abril de 2011, el diario español “El País” en su versión digital publicó que Washington, por medio de la Comisión del Mercado de Valores (SEC), pidió explicaciones al banco español BBVA, luego de que este último declarara en su informe anual que uno de sus más de 100 mil empleados radicaba en Cuba. La SEC exigió al banco español información sobre el alcance y naturaleza de sus actividades “pasadas, presentes y previstas” en Cuba, así como identificar cualquier contacto con las autoridades del país.


El 8 de marzo de 2011, la OFAC bloqueó a la Compañía Puro Habano y Ron, LTDA, de Bogotá, Colombia, el monto de 135 mil dólares por la compra de estos productos a Cuba. La solicitud de liberación de los fondos fue denegada bajo el argumento de que “las propiedades bloqueadas se liberan únicamente en circunstancias limitadas que no involucran actividad comercial con Cuba”.


El 28 de julio de 2011, el periódico alemán Die Welt reportó que a compañías de Alemania se les prohibió utilizar el sistema PayPal para pagos por Internet si comercian con bienes cubanos. Según el vocero de la empresa, esta política está relacionada con el país de origen del producto.


El 29 de julio de 2011, la Representante Ros-Lehtinen envió sendas cartas al Secretario del Tesoro, Timothy Geithner y al Presidente de la Junta Ejecutiva del grupo bancario holandés ING, Jan Hommen, en las que expresó su preocupación por la violación de las leyes de EE.UU. relacionadas con Cuba y otros países por parte del Banco ING. En la misiva solicitaba determinar si esa institución bancaria había violado las leyes norteamericanas y que el Departamento del Tesoro asegurara que esta u otras entidades similares “rindieran cuentas por sus actos”.


El 16 de agosto de 2011, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro impuso una multa por 374 mil 400 dólares a la Empresa naviera y de transporte francesa CMA CGM, por prestar servicios a Cuba y otros países, entre diciembre de 2004 y abril de 2008.


El 12 de septiembre de 2011, el Banco español BBVA comenzó a ser investigado por la entidad norteamericana a cargo de la seguridad en las transacciones financieras, por su presunta participación en 1996 en una inversión de aproximadamente 20 millones de Euros para establecer una sociedad con la Oficina del Historiador de La Habana.


El 27 de septiembre de 2011, 34 miembros de la Cámara de Representantes enviaron una carta al presidente de Repsol, Antonio Brufau Niubó, instando a la empresa española, en tono amenazante, a abandonar sus planes de exploración petrolera en Cuba. Los congresistas advirtieron que bajo la ley vigente, esta compañía podría correr el riesgo de quedar sujeta, al igual que sus filiales, a demandas criminales y civiles ante tribunales norteamericanos, recordando las serias consecuencias que las violaciones de las leyes de EE.UU. en relación con el comercio con Cuba podrían tener para los individuos o entidades implicados.


El 29 de noviembre de 2011, la OFAC sancionó a la sucursal neoyorquina del banco alemán Commerzbank, a pagar una multa de 175 mil 500 dólares por servir de consultor y garante de un nacional cubano en el pago a una compañía canadiense.


En diciembre de 2011, el gobierno estadounidense pidió explicaciones a la Compañía Telefónica de España por sus relaciones con Cuba, y reiteró su advertencia de años anteriores. La Compañía se vio obligada a declarar que no había concretado acuerdos a la espera de la autorización de los Estados Unidos.


En diciembre de 2011, la dirección del Hotel Hilton, en Trinidad y Tobago, administrado por la compañía norteamericana Hilton Worldwide bajo contrato, recibió indicaciones de no hospedar a la delegación cubana que participaba en la Cumbre Cuba-CARICOM, presidida por el Presidente cubano Raúl Castro Ruz. La Hilton emitió un comunicado el 6 de diciembre, informando que no logró obtener la licencia de la OFAC para que el Hotel Hilton de Trinidad y Tobago, pudiese acoger la Cumbre cubano-caribeña, lo que provocó el cambio de la sede del evento.


El 27 de febrero de 2012, el gobierno norteamericano congeló 137 mil coronas danesas a un ciudadano danés por la compra de tabacos cubanos en Alemania.


El 25 de mayo de 2012, el Buró de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio impuso una multa de 1 millón 753 mil USD a la filial en Panamá de la empresa sueca Ericsson, fabricante número uno del mundo de equipos de redes móviles, por violar las leyes del bloqueo entre el 2004 y el 2007.


La empresa cubana LABIOFAM enfrentó dificultades para importar desde Francia una cepa mezclada de lactobacillus para la Empresa Flora y Fauna de Cuba. Con posterioridad, el productor francés, Sorbial, que comercializaba este producto envió comunicación a su contraparte cubana cancelando el contrato, según adujo por haber sido adquirida por una compañía estadounidense.


La empresa cubana QUIMIMPORT, importadora de productos químicos para las producciones agrícolas, se vio obligada a cancelar la importación de 458 Litros de Sofit CE 300, herbicida utilizado para el control de malezas en el cultivo de arroz, debido a que la compañía suiza a la cual lo había contratado manifestó no estar en posibilidades de suministrarlo por las regulaciones del bloqueo. Por la imposibilidad de utilizar el dólar estadounidense, la empresa tuvo afectaciones ascendentes a 222 mil 370 dólares.


1.3 - Afectaciones provocadas por el bloqueo en la cooperación internacional, incluida la de organismos multilaterales.


Las afectaciones del bloqueo en la cooperación internacional con Cuba, incluida aquella que se recibe de los organismos multilaterales, se ha acentuado bajo el gobierno del Presidente Obama.


En el mes de enero de 2012, a través de la Oficina de la Representante Residente del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en Cuba, se conoció que este Programa internacional está presentando serias dificultades en el pago de operaciones generadas por los proyectos de cooperación con Cuba debido a las leyes del bloqueo.


Como es conocido, estas dificultades tuvieron su expresión pública más connotada en diciembre de 2010, cuando la Oficina de Control de Activos Extranjeros bloqueó fondos por más de 4 millones 200 mil dólares destinados a tres proyectos que Cuba desarrolla con la cooperación del Fondo Mundial de Lucha contra el SIDA, la Tuberculosis y la Malaria.


Estos proyectos de colaboración de los organismos multilaterales permiten la compra a Cuba de varios tipos de antirretrovirales para el tratamiento de los enfermos del VIH/SIDA, entre ellos el Retonavir -100 mg, producido únicamente por la compañía estadounidense ABBOT. En este caso, fue necesario esperar a que la OFAC otorgara una licencia para que se pudiera comprar este medicamento para los pacientes cubanos, con la incertidumbre de que el tiempo transcurría y los inventarios se agotaban, y, de no obtenerse ese fármaco, 650 pacientes cubanos quedarían sin alternativas de tratamiento.


Desde el año 2009, en el marco de la cooperación técnica entre Cuba y la Organización Internacional de la Energía Atómica (OIEA), se ha solicitado la compra de un equipo Espectrómetro de masa Acoplado a Plasma (ICP-MS), técnica de amplio reconocimiento mundial para el análisis de trazas de metales en productos alimenticios y muestras ambientales.


Desde entonces, el gobierno de Estados Unidos ha negado el otorgamiento de la licencia para su adquisición, lo que implica, además, una restricción en el acceso a los mercados por la presencia de residuos químicos de riesgo para la salud humana en alimentos. Solamente por la contratación de los servicios analíticos en productos pesqueros a entidades en el extranjero, la afectación se calcula en el orden de los 70 mil dólares anuales.


El Instituto Nacional de Investigaciones fundamentales en Agricultura Tropical registró afectaciones en la disponibilidad de recursos financieros de dos proyectos de cooperación internacional debido al incremento de un 30 por ciento en los precios de determinados equipamientos, piezas y partes, equipos de climatización, materiales e insumos gastables, que tuvieron que ser adquiridos en terceros países. Esta afectación ascendió a 14 mil 617 dólares.


Las afectaciones producidas a la cooperación internacional con Cuba, tanto multilateral como bilateral, demuestran el amplio ámbito de aplicación de esta política con incidencia en todas las esferas de la vida económica y social del país.


Aunque han aumentado las visitas de norteamericanos a Cuba y de cubanos a EE. UU., el gobierno de ese país continúa limitando el intercambio académico, científico, cultural y deportivo entre ambos países, utilizando para ello las disposiciones del bloqueo y entorpeciendo, por razones políticas, el intercambio de visitas de profesionales en ambos sentidos. Ello incluye la participación en eventos celebrados en Cuba y EE. UU. En múltiples ocasiones el Departamento del Tesoro ha rechazado la solicitud de licencias a profesionales estadounidenses que desean participar en eventos en Cuba.


Ejemplo de ello es que en el mes de mayo de 2012 el Departamento de Estado de los Estados Unidos negó la visa a 10 académicos e intelectuales cubanos que participarían en el XXX Congreso de la Asociación de Estudios Latinoamericanos.

No hay comentarios. :

Publicar un comentario