Justiciamente clasista (APE)     Justiciamente clasista (APE)   Por Silvana Melo    (APe).- O la venda tiene la sutileza del tul o se la levanta cuando nadie la ve y esp...

Justiciamente clasista (APE)

 


 


Justiciamente clasista (APE)






 


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Por Silvana Melo   





(APe).- O la venda tiene la sutileza del tul o se la levanta cuando nadie la ve y espía las blanquitudes, los nudos de las corbatas y la alineación dentaria. O tiene informantes de precisa eficiencia que le susurran al oído la pertenencia de los reos. La propiedad o la ajenidad social y cultural de los reos. Si es nuestro o de los otros. Entonces se acomoda el pelo, se ajusta la faja con nudo a cuatro centímetros sobre la nuca y sale a fallar. Balanza en mano, tantas veces sesga. En decidido desnivel.

Los jueces Alejandro Villordo y María Oyhamburu, integrantes de la Cámara Penal platense, recibieron 714 firmas dispuestas a atestiguar “con sorprendente impertinencia” que un ingeniero condenado por uno de los delitos más graves del Código Penal es, en realidad, una buena persona, trabajadora, con título profesional y traje al tono. Y que la denuncia es falsa y que la decisión judicial que lo condenó a 14 años de prisión de cumplimiento efectivo es errónea.

Justiciamente, a los jueces les pareció pertinente y le concedieron al ingeniero empleado de Edelap y socialmente impecable la prisión domiciliaria y salidas laborales.


Justiciamente, los jueces tomaron los conceptos avalados por las firmas como efectivamente posibles: los 714 "se convierten, es de esperar, en garantes de la presentación del imputado ante la justicia cada vez que sea requerido, lo que demuestra que se trata de una persona querida y apreciada en el ámbito social en el que se desenvuelve". Lo que inmediatamente gira las sospechas hacia las víctimas –una vez más- porque cómo alguien tan correcto y buen vecino sería capaz del horrible delito porque el que fue condenado (en una ignorancia supina o intencionada de la psicología del abusador). Es decir: el 20 de septiembre de 2010 los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, Claudio Bernard, Liliana Torrisi y Carmen Palacios, lo condenaron tras darse por probado que entre el 2005 y abril de 2006 violó a sus dos hijos, aprovechando el régimen de visitas dispuesto tras la separación de su esposa. En el juicio oral, los médicos y psicólogos peritos confirmaron los abusos sufridos por los niños.

Abogada de las víctimas, la doctora Sara Cánepa asiste a la colisión entre la justa justicia y la justicia de pertenencia. “Nos llama la atención la osadía de la gente de firmar cualquier cosa y que el tribunal le dé crédito a esto cuando estamos ante un acusado de abuso sexual”, dijo a APe.

El ojo jurídico que espía por sobre la venda permite decisiones prebendarias que jamás caerían sobre el anonimato oscuro de un albañil, un cartonero o un tercerizado de Edelap. “Nos resulta increíble –se indignó Cánepa- que en la resolución que le concedió arresto domiciliario con salidas laborales, se afirme que este señor tiene nada más que una sentencia judicial en su contra y que se tome la palabra de 700 personas que ni fueron al juicio, ya que se hizo a puertas cerradas, porque las víctimas eran menores".

El ingeniero de 41 años, condenado por un delito aberrante, está muy lejos de la condena pública y masiva de los pobres, de los oscuros, de los sospechosos por sumergidos y por otros. Por margen, por arrabal. Cánepa: "es un claro fallo clasista”. La misma sala ha denegado sistemáticamente pedidos de morigeración de prisión por enfermedades terminales, edad avanzada, conflictos familiares extremos. No se conmueve desde el sótano social, sino desde la pulcritud de la oficina, el título enmarcado y el ventanal al cielo.

Más claro: el fiscal Gabriel Sagastume. “Si el condenado hubiera sido un barrendero o arreglara veredas no le darían ese beneficio. Estamos ante una justicia sólo para ricos y blancos”.

“Una no puede saber cuántos jueces, cuántos camaristas son abusadores. Cuántos han sido víctimas de abuso”. Sara Cánepa y las razones profundas de un fallo. “Un pobre no tiene atención ni fundamentos de derecho como presunción de inocencia. Si alguien tiene posibilidad de fuga es un ingeniero por los recursos con los que cuenta. A la Justicia no le preocupa que el pobre esté acusado de algo que no sea cierto y peligre su trabajo”. Sara Cánepa y las razones de clase de un fallo.

Hace dos semanas la Sala I del Tribunal de Casación Penal redujo a la mitad la condena de un pastor evangélico que abusaba adolescentes prometiéndoles la vida eterna con su cama como pasaporte. Es que las chicas, de 14 y 16, crecieron en los arrabales sociales, donde la sexualidad es más temprana. Y en las que parece, justiciamente, estar permitido el ejercicio del poder tomar y dejar. Al antojo de quien lo ejerce.

Dos semanas atrás la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de capital federal puso en marcha la herrumbre colapsada del engranaje judicial para llevar a juicio oral a un hombre en desamparo e intemperie porque se llevó cuatro trozos de queso de un supermercado.

Sólo se podrá volver a creer cuando las cárceles comiencen a poblarse de manos cuidadas y egresos universitarios. De buenos vecinos de enriquecimiento fulminante. De señores delincuentes. De doctores con prontuario disfrazado de oropel y pergamino.

Mientras los calabozos estén abarrotados de jóvenes, pobres y analfabetos, será pequeño el destino. Mínimo el futuro. Apenas. Para pocos.

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