Por Salim Lamrani *
Foto: Virgilio Ponce
¿Qué pasaría si la oposición venezolana fuera francesa? El caso de la diputada María Corina Machado es revelador pues la justicia de Francia sería implacable con ella.
Desde febrero de 2014, Venezuela sufre algunas violencias orquestadas por la extrema derecha golpista. Contrariamente a lo que presentan los medios informativos occidentales, ésas se limitan a nueve municipios sobre los 335 que tiene el país y la tranquilidad reina en la inmensa mayoría del territorio nacional, particularmente en los barrios populares. Algunos estudiantes procedentes de los barrios acomodados -lejos de manifestarse pacíficamente como afirma la prensa occidental- participan en graves acciones criminales. Pero están lejos de ser mayoritarios. En efecto, la mayoría de las personas arrestadas tienen graves antecedentes criminales y varios incluso son buscados por la Interpol (1).
La oposición dirige esos nuevos sectores pudientes. Aunque esas violencias se hallan limitadas en términos geográficos, han sido mortíferas. En efecto, al menos 37 personas perdieron la vida, algunas en condiciones particularmente atroces: seis personas que circulaban en motocicleta fueron degolladas por alambre tendido en las calles. Por otra parte, cinco miembros de la Guardia Nacional Bolivariana y un fiscal de la República fueron asesinados por esos grupúsculos y otras ocho personas que intentaban abrir un camino en las calles y desmontar las barricadas fueron ejecutadas. Cerca de 600 personas fueron heridas, entre ellas 150 miembros de las fuerzas del orden (2).
Los daños materiales son innumerables y han superado los 10.000 millones de dólares, con la multiplicación de actos de terrorismo y de sabotaje que apuntan a todo lo que representa la Revolución Bolivariana democrática y social : autobuses quemados, estaciones de metro saqueadas, una universidad -la UNEFA- completamente destrozada por las llamas, decenas de toneladas de productos alimenticios destinados a los supermercados públicos reducidos a cenizas, edificios públicos y sedes ministeriales saqueados, instalaciones eléctricas saboteadas, centros médicos devastados, instituciones electorales destruidas, etc. (3).
María Corina Machado es una de los autores intelectuales de esos actos criminales. Diputada de la oposición, lejos de respetar la legalidad constitucional del país, lanzó varios llamados públicos a la violencia: “El pueblo de Venezuela tiene una respuesta: ‘Rebeldía, rebeldía’. Hay algunos que dicen que debemos esperar a unas elecciones en unos cuantos años. ¿Pueden esperar los que no consiguen alimentos para sus hijos? ¿Pueden esperar los empleados públicos, los campesinos, los comerciantes, a quienes les arrebatan su derecho al trabajo y a la propiedad? Venezuela no puede esperar más” (4).
Corina Machado incluso se alió a una potencia extranjera hostil al representar a Panamá durante una reunión de la Organización de Estados Americanos, en flagrante violación de los artículos 149 y 191 de la Constitución. El primero estipula que “los funcionarios públicos y funcionarias públicas no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros sin la autorización de la Asamblea Nacional”. En cuanto al segundo, enfatiza que “los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que no supongan dedicación exclusiva” (5).
La diputada acaba de perder la inmunidad parlamentaria y su cargo de representante en el Parlamento (6). Si se niega a aceptar su nueva situación jurídica afirmando que su mandato sólo puede ser revocado en caso de “muerte, renuncia, revocatoria, o destitución producto de sentencia de tribunal” (7), la ley es no obstante muy clara: Según el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, la inmunidad parlamentaria puede revocarse con un voto mayoritario de los diputados, lo que fue el caso[8]. En cuanto a su cargo de diputada, le puso término automáticamente al violar los artículos 149 y 191, según la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (9).
¿Qué pasaría si María Corina Machado fuera francesa? Caería enseguida bajo los rigores de la ley penal. En efecto, la diputada destituida atentó contra los intereses fundamentales de la nación, es decir contra la “forma republicana de sus instituciones” (artículo 410-1), al llamar a una ruptura violenta del orden constitucional (10).
Del mismo modo, el artículo 411-4 estipula que “el hecho de mantener inteligencia con una potencia extranjera, con una empresa u organización extranjera o bajo control extranjero o con sus agentes, con vistas a suscitar hostilidades o actos de agresión contra Francia, es sancionable con treinta años de detención criminal y 450.000 euros de multa. Se sanciona con las mismas penas el hecho de proporcionar a una potencia extranjera, a una empresa u organización extranjera o bajo control extranjero o a sus agentes los medios de emprender hostilidades o realizar actos de agresión contra Francia”. De hecho, Corina Machado se ha reunido regularmente con el Departamento de Estado de Estados Unidos, el cual desempeña un papel clave en la desestabilización de Venezuela.
Corina Machado también caería bajo los rigores del artículo 412-2 del Código Penal y sería acusada de complot: “Constituye un complot la resolución tomada entre varias personas de cometer un atentado cuando esta resolución se concreta mediante un o varios actos materiales. El complot se castiga con diez años de cárcel y 150.000 euros de multa. Las penas se llevan a veinte años de detención criminal y a 300.000 euros de multa cuando una persona depositaria de la autoridad pública comete la infracción”.
Corina Machado también habría violado los artículos 412-3 y 412-4 del Código Penal. Esos estipulan que “constituye un movimiento insurreccional toda violencia colectiva de naturaleza que ponga en peligro las instituciones de la Repúblico o atentar contra la integridad del territorio nacional. Se castiga con quince años de detención criminal y 250.000 euros de multa el hecho de participar en un movimiento insurreccional: 1. Edificando barricadas, trincheras o todo tipo de obras con el objetivo de impedir o poner trabas a la acción de la fuerza pública; 2. Ocupando abiertamente o mediante ardid o destruyendo todo edificio o instalación; 3. Asegurando el transporte, la subsistencia o las comunicaciones de los insurrectos; 4. Provocando a agrupamientos de insurrectos, cualquiera que fuese el medio; 5. Llevando un arma; 6. Sustituyendo a una autoridad legal”.
Si la exparlamentaria María Corina Machado fuese francesa, se encontraría en la cárcel y sería acusada de graves crímenes contra el Estado y las instituciones de la República. Ocurriría lo mismo con los principales líderes de la oposición venezolana que participaron en las violencias mortíferas desde el mes de febrero de 2014.
* Doctor en Estudios Ibéricos y Latinoamericanos de la Universidad Paris Sorbonne-Paris IV. Profesor titular de la Universidad de La Reunión y periodista, especialista de las relaciones entre Cuba y Estados Unidos. Su último libro se titula Cuba. Les médias face au défi de l’impartialité, Paris, Editions Estrella, 2013, con un prólogo de Eduardo Galeano.
NOTAS:
(1) Agencia Venezolana de Noticias, «Delincuentes buscados por Interpol manejaban 18 barricadas en Táchira», 18 de marzo de 2014; Agencia Venezolana de Noticias, «Guarimbas: Instrumento de la ultraderecha que ha cobrado 36 vidas», 25 de marzo de 2014; Romain Migus, « Venezuela: la fabrique de la terreur », marzo de 2014.
http://www.romainmigus.com/2014/03/la-fabrique-de-la-terreur.html (sitio consultado el 31 de marzo de 2014).
(2) Agencia Venezolana de Noticias, «Violencia derechista en Venezuela ha generado 37 muertos y 559 heridos», 31 de marzo de 2014; Telesur, «Más de 10 mil millones de dólares en pérdidas materiales por guarimbas», 27 de marzo de 2014.
(3) Agencia Venezolana de Noticias, «Violencia derechista en Venezuela destruye 12 centros de atención médica y electoral”, 27 de marzo de 2014.
(4) Salim Lamrani, «25 verdades sobre las manifestaciones en Venezuela», Opera Mundi, 23 de febrero de 2014.
(5) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
http://www.tsj.gov.ve/legislacion/constitucion1999.htm (sitio consultado el 31 de marzo de 2014)
(6) EFE, «Parlamento venezolano ratifica pérdida de investidura de diputada María Corina Machado», 26 de marzo de 2014.
(7) Agence France Presse, «Opositora Machado regresa el miércoles a Caracas y teme ser detenida», 24 de marzo de 2014.
(8) Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, «Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional».
http://www.asambleanacional.gob.ve/uploads/secciones/sec_6a7eed3f20630c92288e98940921a89f5092c134.pdf (sitio consultado el 31 de marzo de 2014).
(9) EFE, «Tribunal Supremo venezolano avala pérdida de investidura de Machado como diputada», 31 de marzo de 2014.
(10) Code pénal français. http://www.legifrance.gouv.fr/affichCode.do?cidTexte=LEGITEXT000006070719 (sitio consultado el 31 de marzo de 2014).
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