Por Fidel Rondón
Insiste el Gobierno Nacional en las amenazas al Acuerdo General de La Habana, en particular al punto sobre Política de Desarrollo Agrario Integral. Contrariando el primer Acuerdo parcial se intenta, vía Congreso de la República, crear y desarrollar las ZIDRES (Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social) con las cuales pretenden abarcar tierras públicas o privadas, entre ellas los baldíos nacionales, y cambiar la interpretación del art. 72 de la Ley 160 que a su tenor dice, “No se podrán efectuar titulaciones de terrenos baldíos en favor de personas naturales o jurídicas que sean propietarias o poseedoras, a cualquier título, de otros predios rurales en el territorio nacional”.
La ley 160 de más de 20 años de existencia es tácita en ordenar a la Nación que los baldíos deben ser adjudicados y titulados a los campesinos sin tierra, norma que duerme en su implementación, como también el art. 64 de la Constitución política, que ordena como un deber del Estado, promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios.
Derrotado el proyecto de ley 133, el Gobierno Nacional se aprestó aceleradamente, semanas después, a radicar por sexta vez en el Congreso otro proyecto casi idéntico, el 223 de 2015, quedando claro que no existe voluntad en el Ejecutivo para implantar una política agropecuaria que permita resolver una de las causas del conflicto armado interno, ni el acceso equilibrado a la propiedad sobre la tierra a los campesinos, sino aniquilar la Unidad Agrícola Familiar, única barrera a la concentración de la tierra.
Si bien es cierto que en materia de acuerdos en La Habana, FARC - EP y Gobierno Nacional se guían por el principio de “nada está acordado hasta que todo esté acordado”, la conducta del Ejecutivo en materia de desarrollo agropecuario va en sentido contrario a los principios acordados para el desarrollo del primer punto de la Agenda del Acuerdo General, en particular aquel que se refiere a la democratización del acceso uso adecuado de la tierra, como garantía para permitir que los habitantes del campo, sin tierra, accedan a ella.
La puja por la tenencia y uso democrático de la tierra se acentúa. Vía Congreso de la República o en el Plan Nacional de Desarrollo, sobrevive la intención gubernamental de entregar los predios baldíos a grandes empresarios nacionales o extranjeros mediante diferentes mecanismos que convierten a los 10 millones de habitantes del campo en obreros agropecuarios, sin propiedad sobre la tierra, esclavos disimulados y víctimas de la importación del Modelo Malayo promotor del monocultivo, del campo sin campesinos, todo para el beneficio del gran capital y el agronegocio.
Es incuestionable, si partimos del aserto que el conflicto social y armado se incuba en la vívida desigualdad social del campo, que legislar para aumentar la concentración de la tierra en Colombia y la promoción de los agronegocios por encima de la economía campesina, en una evidente contradicción con los acuerdos alcanzados en La Habana que buscan la construcción colectiva de la paz. La industrialización del campo debe girar en torno al desarrollo armónico con el medio ambiente, donde los habitantes rurales naturales sean sus protagonistas.
Ahora, si se acordó en la Mesa que el desarrollo agrario integral es determinante para el avance social y económico equitativo del país, como requisito para la construcción de la paz, y considerando la feudalidad imperante en los territorios con vocación agrícola, válida en el actual modelo económico, la exposición de motivos del proyecto de ley de marras sustenta “garantizar la propiedad privada y los derechos adquiridos con arreglo a las leyes, que no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores”… en clara alusión a la ley 160. Intento desestabilizador del primer acuerdo de La Habana, más si tenemos en cuenta su postulado de que,“una verdadera trasformación del campo requiere promover el uso adecuado de la tierra, estimular su formalización y distribución equitativa de la misma garantizando el acceso progresivo a la propiedad rural”. Dicho sea de paso, en cumplimiento al art. 64 de la C. N. que dicen cumplir.
No es vano afirmar que la estabilidad del proceso de paz de La Habana, que tiene como puntal una nueva política rural, requiere respeto a la palabra escrita, buena intencionalidad legislativa y no horadar la confianza, y es precisamente lo que ocurrirá si el Congreso de la República accede a la pretensión del Gobierno Nacional de cambiar de fondo la ley 160 de 1994, que priorizó a los campesinos sin tierra como principales beneficiarios de la adjudicación de baldíos e instituyó las Zonas de Reserva Campesina “para el fomento de la pequeña propiedad rural campesina, evitando o corrigiendo los fenómenos de inequitativa concentración de la propiedad”, dice la ley.
Entre tanto, seguiremos en la Mesa frente a los delegados del Gobierno, tejiendo frases e hilvanando proposiciones en el tema que nos ocupa: construir los instrumentos para esclarecer la verdad de lo ocurrido durante el conflicto, para contribuir como un imperativo a la satisfacción del derecho de las víctimas, con optimismo militante pero con el temor que lo acordado se desbarate con más proyectos de ley como éste.
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