Por Asociación de Ex - Detenidos - Desaparecidos, ATE Desde Abajo y CORREPI
A partir del habeas corpus preventivo interpuesto el día del paro nacional de estatales por la agrupación ATE Desde Abajo, acompañada por CORREPI y la AEDD, la justicia abrió una investigación para determinar si el decreto 228/16, que declaró la Emergencia de la Seguridad Pública, viola derechos y garantías constitucionales.
El 24 de febrero, integrantes de la agrupación ATE Desde Abajo, acompañados por CORREPI y la Asociación de Ex - Detenidos - Desaparecidos, interpusieron un habeas corpus preventivo en beneficio de quienes se manifestarían durante esa jornada de paro nacional de trabajadores estatales.
“Diversos actos, medidas y declaraciones de funcionarios del gobierno permiten anticipar que las fuerzas de seguridad han sido o serán instruidas para violentar derechos inalienables de los trabajadores, como el de huelga, el de protestar y el de movilizarse en su defensa”, señalaban los amparistas, y agregaban que el decreto presidencial 228 / 2016, que declaró la Emergencia de la Seguridad Pública en todo el territorio nacional, y el Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas, “deben analizarse en el contexto al que aportan las declaraciones públicas, de indudable contenido amenazante, de funcionarios de primera línea en el comando de las fuerzas de seguridad, dejan desnudas y a la luz del día las intenciones concretas de reprimir a los trabajadores y criminalizar todo atisbo de reclamo o protesta”.
El titular del Juzgado Nacional de Instrucción de Menores Nº 7, de turno para habeas corpus, requirió al ministerio de Seguridad y la PFA que informaran si había “instrucciones especiales” para la jornada del paro, cosa que ambos negaron rotundamente, lo que motivó el rechazo de la acción y su remisión a la justicia en lo Contencioso Administrativo Federal, para que se analizara el planteo de fondo.
La nueva causa, caratulada “De Seta, Pamela y otros s/ amparo ley 16.986 - Expte. Nº 4626 / 2016”, quedó radicada ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 1, que cumplió con el primer trámite, la vista al fiscal del fuero para que dictaminara sobre la competencia.
Los amparistas fueron notificados que el fiscal Fabián Canda dictaminó que no se opone a la prosecución de la acción para analizar el decreto 228 / 16 a la luz de los “principios y normas del derecho constitucional y administrativo”, a fin de establecer si el mismo resulta “contrario a derechos y garantías de raigambre constitucional”.
De acuerdo al procedimiento establecido por la ley 16.986, “Cuando la acción fuera admisible, el juez requerirá la autoridad que corresponda un informe circunstanciado acerca de los antecedentes y fundamento de la medida impugnada”, tras lo cual, deberá dictar sentencia.
Mientras avanza esta causa ante el juez Ernesto Marinelli, seguiremos confrontando las medidas represivas del gobierno de Cambiemos y sus socios, así como continuamos organizándonos con la fuerza de nuestro pueblo trabajador, y saldremos a la calle cada vez que haga falta para defender todos nuestros derechos, contra los despidos en el sector público y privado, contra los techos salariales, contra la represión y criminalización de la protesta social.
Y como no olvidamos, no perdonamos, ni nos reconciliamos, este 24 de marzo, a 40 años del golpe cívico-religioso-militar, vamos a copar las calles a lo largo y ancho de nuestro país por más de 30.000 razones, con las banderas bien en alto de la defensa de los derechos de ayer y hoy, y en repudio a la presencia del presidente de EE. UU., cuya visita es una provocación directa a nuestro pueblo trabajador.
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