Jubilación docente: El Consejo Superior de la UBA pretende desconocer el 82 % móvil.     Una Resolución del Consejo Superior pretende desconocer nuestros derechos jubilatorios consagrados en la Ley del 82% móvil La AGD YA HA ...

Jubilación docente: El Consejo Superior de la UBA pretende desconocer el 82 % móvil.

 


 


Una Resolución del Consejo Superior pretende desconocer nuestros derechos jubilatorios consagrados en la Ley del 82% móvil


La AGD YA HA PRESENTADO AMPAROS JUDICIALES


Y


RECLAMA SU INMEDIATA DEROGACIÓN.  


Como informáramos oportunamente, con fecha 16 de marzo de 2011, el Consejo Superior de la UBA a través de la Resolución 2067, aprueba un instructivo, según el cual la UBA pretende vulnerar y desconocer la aplicación de la Ley  26.508 del 82% móvil, que conquistáramos los docentes universitarios en 2009.

La pretensión de este instructivo (un ordenamiento ilegal  frente a los derechos consagrados por unanimidad en el Congreso) es la de cercenar el derecho de todas / os las / os docentes a optar por permanecer trabajando hasta los 70 años.

La AGD siempre se ha pronunciado por la plena vigencia del 82% móvil para todos los trabajadores del país y se ha opuesto y opone a la prolongación indebida de los años de trabajo y aportes. Nos hemos opuesto a las AFJP en su momento y nos oponemos a las “cajas complementarias” que pretenden suplantar este derecho al 82% móvil.

Pero, al mismo tiempo, la AGD defiende en concreto las conquistas de los trabajadores. Los largos años de exilio, la inestabilidad en nuestros puestos de trabajo con designaciones cuatrimestrales o ad honorem, los contratos bajo monotributo y todas las formas de precarización laboral que aun hoy existen, son y han sido un impedimento para reunir los 25 años de aporte que requiere la Ley para percibir el 82% móvil.  Así, y a su costa, muchísimos colegas tienen que extender su actividad laboral para alcanzar el mínimo de años y acceder a una jubilación que les permita subsistir.

Es desde estas situaciones concretas que defendemos el derecho de las/os compañeras/os a ejercer el derecho a opción para prorrogar su trabajo activo hasta los 70 años.

La posición del Rectorado de la UBA

Como también informáramos, la UBA ha recurrido a la justicia contra el derecho a opción, al tiempo que suspendía la aplicación del artículo 51 del Estatuto Universitario, a través del cual se dejaba cesante al docente que cumpliera 65 años. Esta intervención ya fue rechazada por la Justicia en dos instancias.

Tras este fracaso, ahora aprueban la Resolución 2067. En lugar de bregar por el mejoramiento de las condiciones de trabajo y de vida de los docentes, las autoridades de la UBA se dedican a ver cómo limitan derechos laborales.   

La Resolución 2067 pretende discriminar entre docentes regulares e interinos, al negarles solo a estos últimos el derecho a opción. Se trata de una discriminación intolerable. Por un lado, porque la Ley del 82% móvil no hace distinción alguna entre interinos y regulares. Por el otro, porque es exclusiva y excluyente responsabilidad de la Universidad que los docentes sean interinos y muchos lo sigan siendo por décadas. Solo este punto pone en evidencia que el argumento de las autoridades de la UBA de que se oponían al derecho a opción porque limitaba el ingreso de nuevos docentes es completamente falaz. Solo se oponen a que los interinos, los docentes más precarizados y sin ciudadanía universitaria con derecho a voto en su claustro, puedan acceder a este derecho.

En segundo lugar, es absurda la pretensión del instructivo citado de que la Ley solo se aplica a quienes hayan cumplido 65 años de edad con posterioridad al 1/10/2009. Cualquier estudiante de Derecho del CBC sabe que las leyes son plenamente operativas desde su publicación y, en ningún caso, la Ley del 82% móvil menciona fecha alguna de nacimiento del docente para determinar su aplicación.

Finalmente, el instrumento pretende que la prórroga del derecho a opción se extenderá exclusivamente hasta la finalización del período para que el docente fuera designado por el concurso. Es decir, si el concurso vence antes de los 70 años, su cargo cae. Un despropósito, contrario a lo estipulado por la Ley.  

La posición de la AGD

Frente a este ataque directo a los derechos conquistados en la Ley del 82% de los docentes universitarios, reclama su inmediata derogación y ha promovido las presentaciones de cuatro amparos ante la Justicia (de docentes de Filosofía, Veterinarias y Farmacia), que se encuentran en algunas de las tres situaciones descriptas arriba.  

El 4 de mayo pasado, la Comisión de Jubilados y Jubilables tomó estas resoluciones y en breve realizará una nueva convocatoria para evaluar el curso de acción y fortalecer la organización de los docentes.

Llamamos a las y los docentes afectados a comunicarse con la AGD y a acercarse los días miércoles, de 16 a 18hs., para consultar a nuestro abogado previsional y promover amparos y/o recursos administrativos.

Asimismo informamos que la AGD prepara un proyecto de derogación de la Resolución 2067 y de su instructivo para presentar en el Consejo Superior.  

Contactarse a jubiladosagd@yahoo.com.ar



Asociación Gremial Docente de la UBA

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Tel. 4 964 - 0826

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