GACETILLAS ARGENTINAS
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Redacción: gacetillasargentinas.redaccion@gmail.com
¡ LIBERTAD A LOS CINCO !
JORGE JULIO LÓPEZ Y CARLOS FUENTEALBA ¡ PRESENTES !!!!
¡¡ NO AL CIERRE DEL BAUEN !!
NEWSLETTER - ARGENTINA - 19/04/08 - PRIMERA EDICION
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SUMARIO
1 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: FALLO DE LA CÁMARA: TRIUNFO DEL PUEBLO - COMUNICADO DE JUSTICIA YA ! - GENTILEZA MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA.
2 - ARGENTINA, ENTRE RÍOS: REPUDIO A LA LIBERACIÓN DE LUIS ABELARDO PATTI, POR LA ASOCIACIÓN DE FAMILIARES DE DESAPARECIDOS DE ENTRE RÍOS.
3 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: INVITACIÓN PARA LA JORNADA HOMENAJE EN LA PLAZA MARTÍN DE IRIGOYEN, HOY A PARTIR DE LAS 14.00 HORAS - GENTILEZA MUSEO CHE GUEVARA.
4 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: REPRIMEN Y DESALOJAN EN MAFISSA, POR PTS LA PLATA - GENTILEZA CEPRODH ZONA NORTE.
5 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: COACCIÓN AGRAVADA Y DAÑO CALIFICADO A LOS TRABAJADORES DE MAFISSA, POR CEPRODH - GENTILEZA MARCELA SOLER.
6 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: MAFISSA - SOLICITAMOS SOLIDARIDAD, POR CEPRODH - GENTILEZA DIFUNDIR BAIRES.
7 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: CONFERENCIA DE PRENSA REPRESIÓN EN MAFISSA - GENTILEZA DIFUNDIR BAIRES.
8 - ARGENTINA, NEUQUÉN: ACTIVIDAD SOLIDARIA CON TRABAJADORES DE MAFISSA, POR EL SINDICATO CERAMISTA DE NEUQUÉN - GENTILEZA PRENSA ZANÓN.
9 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: QUILMES - SIGUE CAYENDO EL VILLORDISMO - GENTILEZA QUILMES A DIARIO - WWW.QUILMESADIARIO.COM.AR .
10 - ARGENTINA, CHUBUT: NUEVO BOLETÍN DE NO A LA MINA, CON LAS ÚLTIMAS NOVEDADES.
11 - ARGENTINA, NEUQUÉN: LONCOPUÉ: DETIENEN A MINERA - GENTILEZA CRISTINA MANDALE.
12 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES - TALLERES Y SEMINARIOS / TEXTO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE SAGAI - GENTILEZA PRENSA ACTORES.
13 - ARGENTINA, BUENOS AIRES: MATURANA VUELVE A LA CANCHA ESTE SÁBADO A LAS 22 HORAS...
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Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 02:44 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: FALLO DE LA CÁMARA: TRIUNFO DEL PUEBLO
JUSTICIA YA !
COMUNICADO DE PRENSA
Triunfo del pueblo: presionados por los centenares de firmas que reclamaron el apartamiento de dos jueces vinculados a la policía, separan a la policía provincial de la causa por la desaparición de Julio López y cambian la carátula a "Desaparición Forzada", tal como lo viene reclamando Justicia YA! desde hace más de un año.
Desde el momento en que Julio López desapareció, los organismos de derechos humanos y organizaciones sociales nucleados en Justicia YA! La Plata, sostuvimos que se encontraba implicada la Policía Bonaerense y que por lo tanto se trataba de una desaparición forzada de persona.
Hace unos meses presentamos un nuevo pedido para que se cambie la carátula de la causa y que se aparte la Policía de la investigación y una vez más ese pedido fue rechazado por el juez Corazza. Justicia YA! decidió apelar la resolución y el incidente recayó en la Sala I integrada por los jueces Alicia Maria Di Donato, Alberto Durán y Julio Reboredo.
Esto nos obligó a recusar a dos de los jueces, a la Dra. Di Donato –recientemente incorporada a la Sala I- por su pertenencia a la Policía bonaerense desde marzo de 1978 hasta octubre de 1990, momento en que renunció con el cargo de Oficial Subinspector. Al Juez Durán, por su estrecha vinculación con la policía provincial tal como lo mostramos en el año 2005, oportunidad en que también lo recusamos con similares fundamentos cuando a su Sala llegó una de las causas contra los genocidas. A esos fundamentos debimos agregar que Durán es hoy integrante del Consejo Asesor del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, donde se desempeñan varios de los investigados en la causa López, y se lo sindica como ministro de seguridad en las sombras.
Como respuesta, el juez Durán intentó desprestigiarnos, hizo trascender que cuenta con el apoyo de algunos organismos de derechos humanos y mientras tanto consiguió quienes lo sustenten: el viernes pasado se presentaron como querellantes en la causa López, la CGT regional La Plata y la Asociación de Abogados Justicialistas de La Plata. Lo curioso es que lo hicieron con un escrito que en su casi totalidad se dedica a defender la "probada trayectoria democrática" de Durán.
Convencidos de que la participación popular sigue siendo la única garantía, impulsamos la firma de un petitorio en apoyo a la separación de la causa de los dos camaristas recusados. En menos de 48 hs. la Cámara Federal de La Plata recibió centenares de firmas de organizaciones y compañeros de todo el país y del exterior.
La reacción fue inmediata: en el fallo más rápido que conoce la historia judicial argentina, los jueces resolvieron apartar a la Policía Bonaerense de la investigación y ordenaron que se recaratule la causa como "Desaparición forzada de persona" haciendo lugar a nuestros pedidos.
Un triunfo importante de Justicia YA! que muestra que el camino es la unidad, la participación y la absoluta independencia respecto de cualquier representante de los poderes del Estado.
Un triunfo importante, sí, pero que no hará que bajemos los brazos. Julio sigue desaparecido, los responsables siguen impunes y seguiremos sin aceptar que jueces vinculados a la policía intervengan en las causas contra los genocidas y mucho menos en la causa en la que se investiga la desaparición de nuestro compañero.
Exigimos al Gobierno la aparición con vida YA de Jorge Julio López
Basta de impunidad, encubrimiento y complicidad
Juicio y castigo a los responsables de su secuestro y desaparición
La Plata, 17 de abril de 2008
Asociación de Ex Detenidos-Desaparecidos; Central de Trabajadores Argentinos (CTA) La Plata-Ensenada; Centro de Abogados por los Derechos Humanos (CADHU); Centro por los Derechos Humanos Hermanos Zaragoza; Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH); Comité de Acción Jurídica (CAJ); Familiares de Desaparecidos, La Plata; Fundación Investigación y Defensa Legal Argentina (FIDELA); HIJOS La Plata; Liberpueblo; Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH); Unión por los Derechos Humanos, La Plata.
2
De: A.F.A.D.E.R. Asoc.Fliares.Desaparecidos E.R.
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 11:22 a.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: REPUDIO A LA LIBERACIÓN DE LUIS ABELARDO PATTI, POR LA ASOCIACIÓN DE FAMILIARES DE DESAPARECIDOS DE ENTRE RÍOS
Hace dos años celebramos que la Cámara de Diputados no permita el ingreso de un genocida como Luis Abelardo Patti por “falta de idoneidad moral”. Luego fue detenido por el juez Alberto Suárez Araujo, en el marco de la causa en la que se investigan los crímenes que se cometieron en el centro clandestino de detención y exterminio que funcionó en Campo de Mayo y en jurisdicción del Comando de Institutos Militares, por delitos de Lesa Humanidad y como tales son imprescriptibles. Y también celebramos, porque hacía 30 años que desde los organismos de Derechos Humanos veníamos denunciando a este represor por secuestros, torturas y asesinatos.
Hoy, después de que fuera liberado porque la Cámara Federal de San Martín entiende, a raíz de un fallo de la Corte Suprema de Justicia, que Patti tiene fueros parlamentarios desde el día en que fue elegido, con dolor y preocupación, desde la Asociación de Familiares y Amigos de desaparecidos entrerrianos y en Entre Ríos (AFADER) expresamos nuestro repudio para que este asesino no vuelva a caminar entre nosotros y no pueda llegar a asumir como diputado nacional.
Luis Abelardo Patti actualmente está acusado de los secuestros de Diego Muñiz Barreto y Juan Fernández, detenidos en Escobar el 16 febrero de 1977, torturados en la comisaría de la zona, luego trasladados a la Unidad Regional Tigre y finalmente a Campo de Mayo y posteriormente llevados hasta una zona cercana a la ciudad de Villaguay, donde fueron adormecidos y arrojados a un arroyo en el mismo Fiat 128 de Fernández. También del asesinato de Gastón Gonçalves, las desapariciones de Carlos Souto y Luis y Guillermo D’Amico y la detención de Osvaldo Arriosti. Además Patti está acusado por el secuestro de los periodistas entrerrianos Ricardo Giménez y Tilo Wenner, que continúan desaparecidos. Al mismo tiempo, está acusado en otra causa por el encubrimiento de los represores Jorge Granada y Luis Arias Duval, quienes estuvieron prófugos durante un año en el expediente que investiga al Batallón de Inteligencia 601 por la desaparición de militantes montoneros durante la contraofensiva.
Por todo esto desde AFADER, repudiamos la decisión adoptada de dejar en libertad a represores imputados por graves delitos de Lesa Humanidad. Represores reconocidos por sus víctimas que hoy, después de haber testimoniado sobre los tormentos sufridos hace más de 30 años, porque la justicia ha sido lenta y dilatoria, tienen que caminar por los mismos lugares. Exigimos el desafuero y encarcelamiento inmediato de Luis Abelardo Patti.
Por Memoria, Verdad y Justicia.
Asociación de Familiares y Amigos de Desaparecidos Entrerrianos y en Entre Ríos - AFADER
3
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 10:25 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
CC: Edith Scher
Asunto: INVITACIÓN PARA LA JORNADA HOMENAJE EN LA PLAZA MARTÍN DE IRIGOYEN, HOY A PARTIR DE LAS 14.00 HORAS
From: Edith Scher
To: Edith Scher
Sent: Friday, April 18, 2008 7:07 PM
Subject: [xlamemoria] Invitación jornada 19 de abril!
Los invitamos a participar de esta jornada. Actuamos a las 17.40
Edith
4
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 01:05 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: REPRIMEN Y DESALOJAN EN MAFISSA
Comunicado de Prensa
TRAS DIEZ HORAS DE TENSIÓN
REPRIMEN Y DESALOJAN A LOS OBREROS DE MAFISSA
LIBERTAD INMEDIATA DE LOS TRABAJADORES DETENIDOS
Un impresionante operativo policial, con mas de 500 efectivos de Infantería, Caballería, de la División de Motos, de la Policía científica, carros de asalto, helic{opteros, bomberos, de la división de sustancias peligrosas, y el Grupo Especial de Operaciones "Halcón", lograron desalojar la permanencia de los obreros de MAFISSA.
A las 17 horas, la Infantería arremetió sobre la fábrica, lanzando gases y balas de goma a mansalva. Los trabajadores lograron contener los primeros avances policiales, y luego se refugiaron en el último piso del edificio principal de la Planta, y durante horas se negaron a abandonarla. Reclamaban que se cumpla la resolución del juez Arias del Fuero Contencioso administrativo, dictaminada horas antes, que establecía el inmediato cumplimiento de la conciliación obligatoria a la empresa, que incluye reincorporar a todos los despedidos, los suspendidos y el pago de los salarios caídos, con una multa diaria para la empresa en caso de incumplimiento. A pesar de esta Resolución, el Juez en lo penal Cesar Melazo ordenó el desalojo.
Frente a la Planta, se concentraron unos 500 manifestantes entre obreros, estudiantes, y organizaciones como ATE, la CTA y la FULP, en repudio a la represión. Centros de estudiantes realizaron un corte de calle en el centro platense. En Ciudad de Buenos Aires, organismos de derechos humanos y agrupaciones estudiantiles se concentraron frente a la Casa de la Provincia de Buenos Aires. En Neuquén, el Sindicato Ceramista y el gremio docente (ATEN Capital) convocaron para hoy a una acción de repudio en los puentes que unen esa ciudad con Cipolleti.
A las 3 de la mañana, los obreros que permanecían dentro de la fábrica, en medio del enorme operativo, fueron detenidos y trasladados a la DDI.
Los abogados de la Comisión Interna, junto a los organismos de derechos humanos presentes, denunciaron el descomunal despliegue represivo, que contó con un operativo cerrojo tres kilómetros a la redonda de la fábrica. Denunciaron la ausencia completa de representantes de la fiscalía y el Juzgado Penal que dio la orden de desalojo, y que al frente de las "negociaciones" para desalojar la planta, se encontraba el Grupo Halcón.
El Gobierno de Scioli habilitó este desalojo favoreciendo los intereses de la patronal de MAFISSA, que ha venido incumpliendo todas y cada una de las resoluciones del Ministerio de Trabajo.
En la mañana de hoy jueves, los familiares de los detenidos, junto a los obreros de Mafissa, y distintas organizaciones sindicales, políticas y estudiantiles se encuentran en la Fiscalía reclamando la inmediata libertad a todos los detenidos.
Por la tarde se realizará una nueva movilización al cumplirse 19 meses de la desaparición de Jorge Julio López, que partirá de la Plaza Moreno a las 18 hs. Desde las organizaciones convocantes a la misma, estamos proponiendo dirigir esta marcha hacia Tribunales de 7 e/ 56 y 57 a reclamar la inmediata libertad de los 18 trabajadores detenidos, repudiar al desalojo ordenado por el juez Melazo y Scioli, y reclamar el retiro de la policía de la planta y la reincorporación de todos los trabajadores despedidos y suspendidos.
PTS Partido de los Trabajadores Socialistas
Regional La Plata 18-04-08 11 hs.
5
De: Marcela Soler
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 11:06 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: COACCIÓN AGRAVADA Y DAÑO CALIFICADO A LOS TRABAJADORES DE MAFISSA
Escandalosa acusación de coacción agravada y
daño calificado a 18 trabajadores de MAFISSA
(CeProDH, 18/04/08) Luego de un operativo con 400 efectivos de la Policía Bonaerense, con el Grupo Halcón y divisiones de infantería y caballería, incluso helicópteros, el Juez César Melazo, que ordenó el desalojo, se apartó de la causa referida a los obreros detenidos. En una escandalosa maniobra, con el aval del gobierno de Scioli, el nuevo Juez Guillermo Atencio y la fiscal Ana Medina cambiaron la carátula por el cual se le imputa a los obreros detenidos el delito de "coacción agravada en concurso real con daño calificado". Esta acusación, que no se sostiene con ninguno de los elementos de prueba en el expediente, podría incluir penas de 10 años de cárcel.
Cuando se cumplen 19 meses de la desaparición de Jorge Julio López y la misma fuerza que reprimió a los obreros fue separada ayer mismo de esa causa por "negligencia manifiesta", es un hecho gravísimo que se viole de esta manera los elementales derechos de los trabajadores que están defendiendo sus puestos de trabajo, pasando hambre, y con resoluciones del Ministerio de Trabajo y un fallo de el Juez Arias a su favor, mientras la empresa de la familia Curi, colaboradora de la dictadura militar, ha violado con absoluta impunidad toda la legislación vigente.
Entendemos que se busca transformar a los obreros de MAFISSA en un ejemplo disciplinador para el conjunto de los trabajadores.
Llamamos a los demás organismos de Derechos Humanos, y a todas las organizaciones sindicales, políticas, estudiantiles y populares, que ya se han comenzado a movilizar y pronunciarse, a lanzar una gran campaña nacional e internacional exigiendo el desprocesamiento y la liberación inmediata de los compañeros detenidos, así como el cumplimiento de sus justos reclamos.
Ce.Pro.D.H.
Centro de Profesionales por los Derechos Humanos
Contactos:
Myriam Bregman: (011) 15 4170 2398
Rubén Tripi: (011) 15 6367 3251
Ce.Pro.D.H.
Centro de Profesionales por los Derechos Humanos
www.ceprodh.org.ar
6
De: Send BAIRES
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 11:33 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: MAFISSA: SOLICITAMOS SOLIDARIDAD
From: ceprodh@gmail.com
Sent: Friday, April 18, 2008 11:12 PM
Subject: Solicitamos solidaridad con Mafissa.
NO A LA REPRESIÓN
LIBERTAD A LOS TRABAJADORES DE MAFISSA
Entre el 17 y 18 de abril, la Policía Bonaerense por orden del juez Melazo, asedió durante horas la planta de la fábrica textil Mafissa en La Plata y desalojó violentamente a los trabajadores en conflicto contra despidos y suspensiones masivas. El operativo incluyó 400 efectivos de la policía, el Grupo Halcón, divisiones de infantería y caballería, utilización de helicópteros. 18 trabajadores fueron detenidos y son acusados de graves delitos.
Los abajo firmantes repudiamos la represión y exigimos la inmediata e incondicional libertad de los detenidos. Reclamamos que se cumplan las demandas de los trabajadores y la no criminalización de la protesta social.
Firma y organización:
1.- DIFUNDIR BAIRES
2.-
El presente texto podrá ser publicado como solicitada
enviar adhesiones a: ceprodh@gmail.com
Ce.Pro.D.H.
Centro de Profesionales por los Derechos Humanos
www.ceprodh.org.ar
7
De: DIFUNDIR BAIRES
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 04:02 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: CONFERENCIA DE PRENSA REPRESIÓN EN MAFISSA
From: CeProDH Zona Norte
To: Listado de DDHH
Sent: Friday, April 18, 2008 2:39 PM
Subject: CONFERENCIA DE PRENSA REPRESION EN MAFISSA
La Plata, 18 de abril de 2008
CONFERENCIA DE PRENSA DE LOS TRABAJADORES DE MAFISSA
Desde las 17 horas del día de ayer y hasta avanzada la madrugada de hoy las fuerzas de seguridad desplegaron un feroz operativo que contó con 500 efectivos en motos, carros de asalto, patrulleros, camionetas, helicópteros y hasta unidades especiales como la División sustancias Peligrosas, rodeando las inmediaciones de la planta textil Mafissa en Lisandro Olmos.
Esta represión dejó como saldo el desalojo de la planta, a la que ingresaron los efectivos policiales arrojando gas lacrimógeno y balas de goma. Dieciocho compañeros fueron detenidos, y hasta el momento no han sido liberados, entre ellos dos miembros de nuestra Comisión Interna.
Los trabajadores de Mafissa brindaremos una conferencia de prensa a las 16.30 horas en las puertas de los Tribunales de calle 7 entre 56 y 57 de La Plata, junto a personalidades políticas, sociales y de Derechos Humanos, para denunciar la brutal represión sufrida y exigir la inmediata liberación de todos los compañeros detenidos.
Esta orden dictada por el Juez Melazo, es contraria al fallo que horas antes dictó el Juez Arias, donde ordena a la empresa a cumplir la conciliación obligatoria que dictó el Ministerio de Trabajo de la Provincia, intimando a la empresa a reincorporar a todos los despedidos y suspendidos, pagar los salarios caídos y poner en funcionamiento la Planta.
Contacto de Prensa:
JOSE MARIA BONTEMPI: (0221)15 563 0260
COMISION INTERNA MAFISSA
8
De: PRENSA ZANON
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 05:01 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: NEUQUÉN: ACTIVIDAD SOLIDARIA CON TRABAJADORES DE MAFISSA, POR EL SINDICATO CERAMISTA DE NEUQUÉN
Neuquen, Viernes 18 de Abril 2008
Comunicado de Prensa;
EN NEUQUEN, ACTIVIDAD SOLIDARIA CON LOS COMPAÑEROS DE LA TEXTIL MAFISSA
Hoy viernes 18 de abril en horas de la mañana nos convocamos en los puentes carreteros que unen Cipolleti con Neuquen organizaciones de la region para repudiar y denunciar la brutal represion sobre los compañeros de la textil mafissa y solidarizarnos exigiendo la inmediata liberacion de los 18 trabajdores detenidos, entre ellos su cuerpo de delegados.
Entregamos un volante a la comunidad y realizamos una conferencia de prensa.
Esta brutal represion organizada por la patronal de Mafissa y la justica de la plata tuvo el respaldo y la complicidad politica del gobierno de provincial de Scioli.
La politica del gobierno nacional es clara, garantizar las millonarias ganancias a la patronales y reprimir a los sectores de trabajadores organizados y en lucha ( Casino flotante, Dana, textil Pagoda, Mafissa, etc.)
Hace 2 meses los compañeros venian exigiendo la incorporacion de 104 despidos y 300 suspensiones. Hasta esta horas se mantienen los 18 compañeros detenidos en distintas comisarias.
Una delegacion de ceramistas se encuentra en la Plata a disposicion de los compañeros, mientras en Neuquen mantenemos el estado de alerta y movilizacion,.
EXIGIMOS LA INMEDIATA LIBERACION DE NUESTROS COMPAÑEROS
LA REINCORPORACION DE TODOS LOS PUESTOS DE TRABAJO.
Organizaciones presentes en la actividad: Sindicato Ceramista del neuquen, Zanon Bajo Control Obrero, Ceramica del Sur, Ceramica Neuquen, Aten Capital, Aten Plottier, Aten Senillosa, Ceprodh, Hijos Alto Valle, Agrupaciones Estudiantiles, Partido de Izquierda PCR; PTS; PO; MST; Izquierda Socialista, POR.
SINDICATO CERAMISTA DEL NEUQUEN.
9
De: Quilmes a Diario
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 11:04 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: SIGUE CAYENDO EL VILLORDISMO
Titulares viernes 19 de abril de 2008
Quilmes
Imputaron a los golpeadores de los estudiantes de la EMBA
Los funcionarios del gobierno de Sergio Villordo que la mañana del 14 de agosto de 2006, golpearon salvajemente a estudiantes de la Escuela Municipal de Bellas Artes, fueron imputados por la justicia local. Todos pertenecen a la estructura política del ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, Aníbal Fernández.
Quilmes
La golpiza que taparon los medios villordianos
El salvaje episodio provocado por los funcionarios y dirigentes políticos de la estructura villordiana anibalezca, aquella mañana del 14 de agosto de 2006, originó la lógica reacción de miles de quilmeños que tres días después del episodio participaron de una marcha inédita en el distrito. Hay quienes opinan que ese episodio, bautizado como "La Mañana de los Pinceles" fue el principio del fin de la caída del gobierno de Aníbal y su delfín Villordo.
Quilmes
Dos de las imputadas son secretarias de bloques anibalistas
Las dos mujeres que golpearon a los estudiantes de Bellas Artes la mañana del 14 de agosto de 2006, todavía cumplen funciones en el Concejo Deliberante. Fueron nombradas por los dos bloques que responden a Aníbal Fernández, como secretarias. Ahora que están imputadas se presume que deberán dejar sus cargos. No se conoce si los otros golpeadores fueron nombrados por el Ministro de Justicia en algún cargo nacional.
El País
Aclaran que funcionario nacional no está prófugo
Los abogados de Iván Germán Velásquez, quien hasta hace días ocupaba el cargo de subdirector de Inteligencia de la Policía Aeronáutica, desmintieron que "esté prófugo de la justicia" aunque confirmaron que renunció y no precisaron dónde se encuentra".
10
De: Info.no
Fecha: Sábado, 19 de Abril de 2008 01:23 a.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: CHUBUT: NUEVO BOLETÍN DE NO A LA MINA, CON LAS ÚLTIMAS NOVEDADES.
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Confirman el plan de bombear "seis mil litros de agua por segundo" desde Salta en Argentina hacia las mineras de Chile.
Salta, Argentina - 16/04/08. Tras el agua de la Puna hay un negocio de 5.700 millones de dólares. El informe expone una presentación en la que una de las empresas asociadas al plan de la minera BHP Billiton- sostuvo que el proyecto "permitirá dar cumplimiento al Tratado sobre Complementación Minera celebrado entre Chile y Argentina, y que para que el agua en cuestión permita la expansión de la minería chilena, es menester fijarse como meta la producción de 6 metros cúbicos de agua por segundo", y "si bien el agua subterránea a alumbrar podría tener destinos industrial, agrícolas y agroindustriales, la primera meta a alcanzar debería ser el agua para uso minero dentro".
Fuente: Diario El Tribuno
Leer también Las mineras perforan la puna Salteña para llevar agua a Chile
Londres - 17/04/08. Varias asociaciones que representan a comunidades locales de diversas partes del mundo protestaron hoy en Londres contra los "abusos" y el "incumplimiento de sus promesas" por parte de las principales compañías mineras. Giraud, geógrafo de la Universidad Nacional de Cuyo (Argentina), y que fue una de las personas que pudo asistir a la junta, afirmó que su Asamblea se opone al proyecto de Potasio Rio Colorado, filial de Rio Tinto, para la extracción de potasio en Mendoza por el riesgo que supone para el medio ambiente. El geógrafo aseguró que el proyecto, de 3.400 páginas, se refiere de forma vaga a los posibles daños medioambientales y que hay riesgo de que aumente la salinidad del agua del río Colorado, lo que afectaría tanto al consumo humano como, sobre todo, al riego. Asimismo, Giraud afirmó que el proyecto requerirá durante 40 años una cantidad de energía que Argentina no puede asegurar.
Fuente: EFE
Ver imágenes de la protesta en Londres
Llaman a luchar contra “monstruo minero” ante el inicio de explotación del yacimiento Crucitas
San Carlos / Río San Juan, Nicaragua – 15/04/08. La minería próxima al San Juan es inminente y por ello movimientos ambientalistas de Costa Rica se preparan para luchar por la vía civil, ante la explotación minera a cielo abierto en Crucitas, a tan sólo tres kilómetros del San Juan, después de que la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) otorgara la viabilidad ambiental al Proyecto de modificación presentada por la empresa canadiense Vanesa Ventures, y después de que el ministro del ambiente tico (*), rechazara al movimiento Unión Norte por la Vida, una solicitud de nulidad de actuaciones y resoluciones de todo lo tramitado por Setena desde 2002.
Fuente: El Nuevo Diario
Loncopue, Neuquén, Argentina - 17/04/08. Ayer la Jueza de Zapala, Dra. Ivonne San Martín, resolvió la acción de amparo iniciada por la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopue resolviendo "Ordenar la paralización de toda labor minera autorizada por Disposición Nº 248/2007 de la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable respecto de las pertenencias mineras denominadas " Proyecto Lonco" , titularidad del Sr. Oscar Horacio González, o de Golden Peaks Argentina S.A. sitas en los alrededores de la localidad de Loncopué, como de cualquier otra sita en la Cuenca del río Agrio, hasta tanto se cumplimente la audiencia pública prevista en la legislación citada".
Fuente: Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué
Minera Cerro Vanguardia succiona agua para su funcionamiento y ha secado las cuencas
Puerto Deseado, Santa Cruz, Argentina - 15/04/08. El Presidente de la Sociedad Rural de Deseado, Domingo Domiguez, denunció que la empresa minera Cerro Vanguardia, que trabaja en la zona, “está sacando el agua para tener en funcionamiento esa planta. Eso nos ha secado las cuencas río abajo”. Pero habrá otras explotaciones mineras en la zona ya que se instalará en Puerto Deseado la empresa minera canadiense Exter, en sociedad con Fomicruz, que explotará el Cerro Moro a unos 80 km de la localidad y extraerá oro y plata. Tendrá la concesión por diez años con la posibilidad de una prórroga. Desde la sociedad rural advierten que las mineras quitan recursos a los estancieros.
Fuente: Agencia OPI Santa Cruz
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El cuento de la minería sustentable
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De: Cristina Mandale
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 03:46 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: LONCOPUÉ: DETIENEN A MINERA
Reenvía Asamblea del pueblo de Alvear-Mendoza
Se agradece difusión
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----- Original Message -----
From: norberto costa
To: MOVIDA AMBIENTAL
Sent: Friday, April 18, 2008 3:18 PM
Subject: Fwd: Loncopue: Detienen a minera
---------- Forwarded message ----------
From: Asamblea Loncopué <avaloncopue@yahoo.com>
Date: 18-abr-2008 11:57
Subject: Loncopue: Detienen a minera
To: avaloncopue@yahoo.com
Estimados todos:
Ponemos en conocimiento de todos Uds. que el día 16.04.2008 la Sra. Juez de Zapala, Dra. Ivonne SAN MARTIN resolvió la acción de amparo deducida a instancias de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopue y deicidió suspender las tareas de exploracion minera de la Compañia Golden Peaks como asi tambien de toda labor minera en la Cuenca del Río Agrio.
El texto completo del fallo que aun no se encuentra firme se transcribe mas abajo, su parte resolutiva al final del texto.
Agradeceremos su difusión.
Un abrazo,
A.V.A.L.
Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué
Loncopué - Provincia del Neuquén
Patagonia Argentina
Fuente:
ZAPALA, 16 de Abril de 2008.
VISTAS : Las presentes actuaciones caratuladas: " HENDRICKSE CRISTIAN CARLOS EDUARDO CONTRA PROVINCIA DE NEUQUEN Y OTRO S/ ACCION DE AMPARO" , (Expte. N° 5776, Año 2007), Sec. N° DOS, teniendo a mi vista el Expte Nº 3381-001714/06 año 2006 de la Dirección Provincial de Minería; en estado de dictar sentencia y de las que:
RESULTA:
A fs. 2/33 comparece el amparista por propio derecho y patrocinio, promoviendo acción de amparo contra la PROVINCIA DE NEUQUÉN - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE solicitando se ordene la paralización de tareas de exploración y de cualquier labor minera autorizadas por Disposición Nº 248/2007 de la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y de todas las autorizaciones que hubiere extendido la citada Dirección respecto de las pertenencias mineras denominadas " Proyecto Lonco" , titularidad del Sr. Oscar Horacio González, o de Golden Peaks Argentina S.A, sitas en los alrededores de la localidad de Loncopué, como de cualquier otra sita en la Cuenca del Río Agrio, en las cuales se hubiera otorgado licencia ambiental sin audiencia pública previa. Asimismo se disponga mandamiento de prohibición consistente en prohibir a la Dirección Provincial de Medio ambiente y Desarrollo Sustentable la emisión de licencia ambiental alguna o autorización de proyecto de exploración o explotación minera alguno sin contemplarse el régimen de previas audiencias públicas establecidas en el art. 24 de la Ley 1875 (modificado por Ley 2.267) articulo 11 de la Ley 25.675 y articulo 41 de la Constitución Nacional. Peticiona medida cautelar. Manifiesta que por convocatoria de vecinos de la localidad de Loncopué se iniciaron reuniones en la sede de la Pastoral Social de esa localidad, con el objeto de obtener información respecto de actividades de exploración minera, porque algunos vecinos habían advertido en la zona, principalmente en el área del arroyo Mulichinco, el cual se apreciaba que había mermado su caudal y se presentaba con una coloración extraña no habitual. Expone que como consecuencia de esas reuniones se solicitó a las autoridades municipales informaran a los vecinos y, en caso de carecer de información, se recabara la misma a las autoridades provinciales competentes; que advertido de estas reuniones y reclamos el Señor Oscar Horacio González, con domicilio en Las Lajas, quien manifestó ser titular de la pertenencia minera en cuestión, y la Compañía Golden Peaks argentina S.A, empresa encargada de la exploración, se acercaron a las reuniones de vecinos con el objeto de proporcionar información. Así se celebró reunión en la sede de la Pastoral Social el día jueves 22 de noviembre de 2007, a la que concurrieron varios vecinos, autoridades municipales, el titular de la pertenencia minera, Sr. González y el geólogo Milanese en su carácter de presidente de Golden Peaks Argentina S.A. En dicha reunión éstos últimos informaron que para las tareas de exploración y perforación contaban con licencia ambiental concedida mediante Disposición Nº 248/2007 del 09.05.2007 emitida por el Director Provincial de Medioambiente y Desarrollo Sustentable, exhibiendo copia de dicha disposición a los asistentes. Ante ello manifiesta el amparista que la actividad para la cual se les otorgó autorización es de aquellas que encuadra en el Anexo V del decreto Nº 2.656/1999 como " ... exploración, extracción, tratamiento, transporte y refinación de sustancias minerales ..." ; esto es, requirió de presentación previa de Estudio de Impacto Ambiental y por tanto correspondió la convocatoria a Audiencia Pública con carácter previo a la habilitación (arts. 24, 31 y cctes de la Ley 1.875 - T.O. Ley 2267-, arts. 24, 31 y cctes Decreto 2.656/1999, arts. 13,16, 17, 31 y cctes del anexo II del Decreto citado; todo ello en concordancia con las disposiciones del articulo 11 de la Ley Nº 25.675 y articulo 41 de la Constitución Nacional). Concluye que se privó a la comunidad del acceso a la información ambiental y de su derecho a participar en la discusión de todo proyecto susceptible de afectar el medio ambiente. Esto es, la comunidad de Loncopué en particular y las comunidades de la Cuenca del Agrio en general han sido ignoradas como actores de su propio ambiente. Asimismo por omisión del recaudo de audiencia pública fueron afectadas numerosas comunidades mapuches de la Cuenca del Agrio en evidente violación a las disposiciones del Convenio 169 OIT. Cita jurisprudencia. Ofrece Prueba. Hace reserva de cuestión federal.
A fs. 35 se provee la acción y se rechazada la medida cautelar por entender que coincide con el objeto del proceso.-
A fs. 37/43 obra contestación de demanda y presentación de informe del Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Neuquén quien niega los hechos argumentados por el amparista, plantea la inadmisibilidad formal de la acción, art. 3.6 de la Ley 1981, en cuanto la demanda no se ha presentado dentro de los (20) días hábiles a partir de la fecha en que el acto fue ejecutado o debió producirse, o según el caso, de la fecha en que el titular del interés o derecho lesionado conoció o debe conocer sus efectos ..." , ya que como lo reconoce el propio actor el acto administrativo que intenta impugnar -en definitiva el objeto de su acción-, resulta ser de fecha 9 de mayo de 2007, por lo cual ha transcurrido con exceso el plazo para interponer la presente acción. Argumenta ausencia de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta (Art. 1 Ley 1981), no presentando en autos el actor prueba alguna que acredite un actuar arbitrario e ilegal por parte de la Provincia de Neuquén, y menos aún vicio alguno en la Disposición Nº 248 de la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable. Que la regularidad del acto administrativo surge clara e incuestionable del Expediente Administrativo Nº 3381-001714/06. Que es falso el incumplimiento de lo prescripto por el art. 24 de la Ley 1875. De acuerdo de las constancias del expediente administrativo, el proyecto en cuestión contempla la Etapa de Exploración de Metalíferos a desarrollarse dentro del Lote 16, Fracción B, Sección XXXIV, Departamento Loncopué, Provincia de Neuquén..... La superficie a explorar es de aproximadamente 96 hectáreas, dentro de las cuales el proponente seleccionó 3 zonas para la construcción de plataformas desde donde se dirigirán 6 perforaciones de 200 metros cada una aproximadamente, quedando como alternativa una cuarta plataforma. Estas tendrán una superficie de 150 m2. Es decir, no resulta ser un proyecto de envergadura o de características que pueda alterar el medio ambiente. Asimismo y para evitar descargas al ambiente de productos químicos se utilizarán piletas plásticos o metálicas para la recuperación de los lodos de perforación, sin ser necesaria la construcción de piletas naturales. Por lo que afirma que el proyecto en referencia no genera impactos significativos sobre el ambiente debido a que el área de afectación es mínima y con la aplicación del Plan de Gestión Ambiental y las medidas solicitadas por la Dirección Provincial de Medio Ambiente, se restaurará oportunamente el medio alterado. Aclara que se emitió Declaración de impacto ambiental solamente para la etapa de Exploración contemplada en el Informe de Impacto Ambiental y no para las etapas de extracción, tratamiento, transporte y refinación de sustancias minerales como erróneamente lo refiere el actor. Por lo que resultando la disposición Nº 248 un acto administrativo regular, y no conteniendo vicio alguno que ponga en riesgo su validez, solicita se rechace la acción por resultar absolutamente improcedente en los términos planteados, dado que la particular interpretación que el actor realiza respecto del art. 24 de la Ley 1875 no se ajusta a lo que la norma ordena para el caso concreto analizado. Ofrece Prueba. Hace reserva de caso federal. A fs. 44 se reserva expediente administrativo Nº 3381-001714/06 DGM e Informe de Impacto ambiental.
A fs. 84 se abre la causa a prueba.- A fs. 88/90 luce declaración testimonial de José María D´Orfeo; a fs. 92/94 obra declaración de María Del Valle Acuña; a fs. 96/97 declaración de la testigo Paola Rosana Cancino; a fs. 99/100 declaración de Magdalena Huenten; a fs. 101/103 testimonio de Elisa del Carmen Carpio. A fs. 103/126 el amparista presenta alegato y a fs. 127 alega in voce el representante de la Provincia de Neuquén. A fs. 138 se llaman autos para sentencia.
CONSIDERANDO: Que el actor inicia acción de amparo contra la PROVINCIA DE NEUQUÉN - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE tendiente a lograr la paralización de tareas de exploración y de cualquier labor minera autorizadas por Disposición Nº 248/2007 de la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable respecto de las pertenencias mineras denominadas " Proyecto Lonco" , titularidad del Sr. Oscar Horacio González, o de Golden Peaks Argentina S.A. sitas en los alrededores de la localidad de Loncopué, como de cualquier otra sita en la Cuenca del Río Agrio, en las cuales se hubiera otorgado licencia ambiental sin audiencia pública previa.
El organismo demandado, rechaza el argumento del amparista sosteniendo que el proyecto en cuestión no genera impactos significativos sobre el ambiente debido a que el área de afectación es mínima y con la aplicación del Plan de Gestión Ambiental y las medidas solicitadas por la Dirección Provincial de Medio Ambiente, se restaurará oportunamente el medio alterado. Aclara que se emitió Declaración de Impacto Ambiental para la etapa de Exploración contemplada en el Informe de Impacto Ambiental y no para las etapas de extracción, tratamiento, transporte y refinación de sustancias minerales. Afirma que la disposición Nº 248 es un acto administrativo regular, sin vicio alguno que ponga en riesgo su validez y que la interpretación del actor respecto del art. 24 de la Ley 1875 no se ajusta a lo que la norma ordena para el caso concreto analizado. Por lo que solicita el rechazo de la acción con costas.
Analizando la cuestión planteada y tratándose la presente de una cuestión de incidencia sobre el medio ambiente, cuyos efectos sobre la población de Loncopué perduran, en primer lugar y habiendo declarado a fs. 35 admisible la presente acción, entiendo no resulta viable el argumento de la demandada respecto de la inadmisibilidad formal de la acción por aplicación del art. 3.6 de la Ley 1981. Si bien la resolución cuestionada data de mayo de 2007, no se ha alegado ni probado en autos que el actor hubiere tenido conocimiento de la misma en forma inmediata a su emisión, o que hubiere conocido o debido conocer sus efectos con anterioridad a la fecha denunciada en los puntos III.....3 y III.4 de la demanda (fs.5/6). Señalado ello, examinando la Disposición nº 248 del 09 de mayo de 2007 surge que la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Neuquén aprueba el Informe de Impacto Ambiental presentado por el Sr. Oscar Horacio González y en consecuencia emite Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de Exploración Metalíferos a desarrollarse dentro del lote 16, Fracción B, Sección XXXIV, del Departamento Loncopué.
Se advierte que en la citada Disposición se omitió efectuar consideración alguna respecto del procedimiento de audiencia pública previsto por el art. 24 y 31 y de la Ley 1875, modificada por Ley 2267.
En el expediente Nº 3381-001714/06 iniciado por el Sr. González, se prescindió valorar la incidencia social del " Proyecto Lonco" en la localidad de Loncopué y la consecuente convocatoria a audiencia pública a fin de que tal comunidad discutiera sobre el impacto que esto tendría en su medio. No consta análisis, ni valoración, ni dictamen alguno sobre las condiciones que hacían o no factible el llamado a audiencia pública conforme establece la legislación vigente en la provincia (Art. 10 inc. e; art. 12 y 13 del Anexo II, capitulo II de la Ley 1875 T.O Ley Nº 2267).
Tal omisión sin lugar a dudas cercena el derecho a la participación ciudadana.
En este marco debo señalar que la doctrina entiende que La expresión audiencia pública designa a una institución a través de la cual se persigue que las personas se involucren de manera protagónica en aquellas decisiones susceptibles de afectarlas directa o indirectamente. El surgimiento de este mecanismo de participación, se produce como consecuencia de una necesidad sentida por diversos sectores de la sociedad que, deseosos de encontrar una solución a determinados problemas acuciantes, apelan directamente al concurso de sus conciudadanos para que de manera conjunta llamen la atención de las autoridades. De ese modo se podrá conseguir que se traten esas cuestiones y que las decisiones que en su consecuencia se tomen sean lo más satisfactorias posible y adecuadas a la diversidad de necesidades de la comunidad" (conforme María Sofía Sagües Suplemento La Ley Constitucional del 20-09-05; Articulo " La Democratización del Amparo: Participación ciudadana en materia ambiental. Implicancias en los procesos constitucionales Pag. 48/66).
Podemos definir a las audiencias públicas como oportunidades de encuentro entre ciudadanos -individuos o grupos- y quienes tienen la responsabilidad de tomar las decisiones. Estos encuentros se desarrollan durante el transcurso de procesos de toma de decisión. En nuestra Provincia la audiencia pública está prevista en la Ley 1875 -Ley de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable- que en su articulo 24 impone la exigencia de audiencia pública previo a toda habilitación de proyecto o licencia ambiental.
Específicamente el artículo 31 PARTICIPACION CIUDADANA : establece " La autoridad de aplicación deberá convocar a audiencia pública a fin de consultar a la comunidad con carácter previo acerca de los proyectos referidos en el art. 24º de la presente Ley, que requieran la presentación de un estudio de impacto ambiental. La convocatoria deberá hacerse a través de los medios de comunicación, con un mínimo de treinta (30) días de anticipación. Los particulares podrán consultar los antecedentes del proyecto que sea objeto de audiencia pública a partir de la convocatoria. El resultado de la audiencia pública no será vinculante" .
A su vez el reglamento de dicha ley establece en el Anexo V punto 24: que la exploración, extracción, tratamiento, transporte y refinación de sustancias minerales requieren de estudio de impacto ambiental.
Asimismo la legislación vigente determina que la audiencia pública será convocada por la autoridad de aplicación por simple providencia, estableciendo el día, hora y lugar de celebración y citando a la población involucrada en el área de influencia del proyecto, obra o emprendimiento de que se trate y los interesados podrán asistir a expresarse sobre el mismo. La convocatoria determinará además las pautas bajo las cuales se realizará la audiencia y dispondrá la comparecencia obligatoria del proponente o de persona o personas con facultades para deliberar en nombre del mismo y brindar todas las explicaciones técnicas y legales que al emprendimiento, obra o proyecto corresponda.
Palmariamente se observa que la Disposición Nº 248/07 nada dice respecto de la afectación o no que la ejecución de la obra ocasionará al medio ambiente involucrado, en éste caso la localidad de Loncopué. Igual omisión se observa en el informe elevado a fs.30 del administrativo que corre por cuerda.
Por otro lado, debo destacar que el derecho de participación, que se ha menoscabado en éste caso, esta en íntima relación con el derecho ambiental.
Así en la Declaración de Río de 1992 el Principio Diez dicta lo siguiente: " El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es la participación de todos los ciudadanos en el nivel que correspondan. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que ofrecen peligros en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación del público poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y recursos pertinentes" . Tanto el artículo 23 de la Carta de la Naturaleza como el 14 del Tratado de la Biodiversidad reiteran tal posición.
Este principio -de participación ciudadana- ha sido receptado en nuestro país por la ley 25.675, Ley General del Ambiente. Así dicha norma dice: ARTICULO 19. - Toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general. ARTICULO 20. - Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente. La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública. ARTICULO 21. - La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados.- Dicha ley de presupuestos mínimos también recepta el derecho de información ambiental en sus arts. 16 y 17 y 18.
Atento ello, entiendo que con la audiencia pública se reafirma el derecho a la participación ciudadana en la toma de decisiones estatales susceptibles de afectar la calidad de vida y, concomitantemente con ello el derecho de libre acceso a la información como condición necesaria para asegurar una participación que resulte de utilidad, que sea conducente para el desarrollo de la persona sobre su medio ambiente.
Por ello, en tanto se ha prescindido en el caso de toda consideración sobre la incidencia social del Proyecto Lonco en la localidad de Loncopué y la Cuenca del Agrio, ante la omisión de llamado a Audiencia Pública de la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, entiendo que se ha actuado con ilegalidad manifiesta, que afecta el derecho a un ambiente sano, con lo que corresponde hacer lugar a la presente acción de amparo en los términos demandados.
Que atento el resultado del pronunciamiento y lo dispuesto por el art.68 del C.P.C.C., las costas deben ser soportadas por la demandada vencida.
Que corresponde regular los honorarios del Dr. Cristian Carlos Eduardo HENDRICKSE, y los del Dr. Claudio Brusco en su carácter de patrocinante del amparista de conformidad a las pautas establecidas por los arts.6, 10 y 36 (20 jus) de la Ley 1.594 y diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes por la accionada al cumplimiento de lo dispuesto por el art.2 de la Ley 1.594.
Por todo ello y disposiciones legales citadas;
FALLO :
I) Hacer lugar al amparo promovido por CRISTIAN CARLOS EDUARDO HENDRICKSE contra la PROVINCIA DE NEUQUEN - DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE , y en consecuencia ordenar la paralización de toda labor minera autorizada por Disposición Nº 248/2007 de la Dirección Provincial de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable respecto de las pertenencias mineras denominadas " Proyecto Lonco" , titularidad del Sr. Oscar Horacio González, o de Golden Peaks Argentina S.A. sitas en los alrededores de la localidad de Loncopué, como de cualquier otra sita en la Cuenca del río Agrio, hasta tanto se cumplimente la audiencia pública prevista en la legislación citada.-
II) Imponer las costas a la demandada vencida.-
III) Regular los honorarios del Dr. Cristian Hendrickse en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 1.280,00) y los del Dr. Claudio Brusco en la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO ($ 538,00); conforme pautas citadas precedentemente. Diferir la regulación de honorarios de los letrados de la demandada al cumplimiento de lo dispuesto en los considerandos.
IV) Regístrese y notifíquese.-
REGISTRO Nº 67/08.- Dra. Ivonne San Martín Juez
Norberto Costa
Movida Ambiental Termas
Peperina Rebelde Córdoba
Asamblea Socio Ambiental del NOA
Miembros de la UAC (Unión de Asambleas Ciudadanas)
http://movidaambientaltermas.blogspot.com/
VISITEN :http://argentinacontaminada.blogspot.com/ y ayuden a completar enviando información.
Gracias
12
Fecha: Jueves, 17 de Abril de 2008 07:17 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES - TALLERES Y SEMINARIOS
17/04/08
"Juntos por la Ley del Actor"...
CULTURA
La Secretaría de Cultura de la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES informa
Aún se encuentra abierta la inscripción para el curso de Dramaturgia que dicta Cecilia Propatto. Fecha de inicio del taller: viernes 11 de abril.
También sigue abierta la inscripción para el taller de Canto que dicta la docente: Gabriela Ferrari. Comienzan en Mayo los talleres de Baile de Salsa. Prof. Gaby Cano y Castellano Neutro taller a cargo de la docente: Maisabé.
Estos talleres funcionan un día a la semana.
Con un arancel de $ 30,= mensuales para socios de la A.A.A., miembros de la Asoc. de Ex–Alumnos del Colegio Nacional de Buenos Aires, socios de G.E.B.A. y alumnos de ETER.
El arancel para los “no socios” de ninguna de estas entidades será de $ 50.
Además se abrirá un:
SEMINARIO INTENSIVO
ARTE Y OFICIO DE LA ACTUACIÓN ANTE LAS CÁMARAS
(especialmente en televisión)
Docente: Manuel Vicente
Exclusivamente para actores y estudiantes avanzados.
El taller tendrá una duración de 8 (ocho) clases de cuatro horas de duración cada una. Funcionará los días lunes, a partir del 5 de mayo, en el horario comprendido entre las 17:00 y las 21:00hs.
Las vacantes son limitadas.
Como siempre la inscripción es un trámite de carácter personal y se efectiviza en la Secretaría de Cultura, Alsina 1762 2do, Piso, de lunes a viernes de 12:00 a 19:00hs. Importante: Presentar C.V. De lunes a viernes durante las semanas comprendida entre el 21 y el 25 de abril, y el 28 y el 2 de mayo, se realizarán entrevistas de evaluación.
Fundamentos: El seminario tiene por objeto indagar acerca del encuentro de una técnica creativa para el actor en un medio considerado a priori “hostil” como la televisión.
Temas: Acción interna. Conflicto. La relación con el otro. El actor y su relación con la cámara. Cómo jugar a pesar de los límites. Búsqueda de códigos comunes con el partenaire.
Aranceles: Socios de AAA, miembros de la Asoc. de Ex–alumnos del C.N.B.A., socios de G.E.B.A. y alumnos de ETER. $. 60.- mensuales. El arancel para los “no socios” de AAA ni de las otras entidades mencionadas es de $ 100,= (también mensuales)
QUEDA ABIERTA LA INSCRIPCIÓN
Adolfo Alsina 1762 • Capital Federal
Buenos Aires • Argentina
• Tel:011- 4374-1072
sec_prensa@actores.org.ar • www.actores.org.ar
De: Secretaria de Prensa - Asociacion Argentina de Actores
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 12:57 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: TEXTO DEFINITIVO DE LA CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE SAGAI- CORRECCIÓN TEXTO FINAL 18 ABRIL 2008
"Juntos por la Ley del Actor"...
AAA
CONVOCATORIA de sagai
PRENSA
CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE SAGAI
COMUNICAMOS que el día LUNES 28 DE ABRIL se llevará a cabo la 2º Asamblea General Ordinaria de SAGAI – Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes, Asociación Civil.
Sede: Gorriti 5520 (“Velma Café”), Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Día: 28 de abril de 2008.
Hora: 19.00 hs. para la primer convocatoria.
19.30 hs. para la segunda convocatoria.
RECORDAR QUE:
- La Asamblea General Ordinaria, quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando el número de socios asistentes suponga la mayoría de socios con derecho a voto. En segunda convocatoria será válida la constitución de la Asamblea cualquiera que sea el número de socios que acudan a la misma.
- Los socios con derecho a voto, decidirán por mayoría simple de los presentes. Todos los socios de la Entidad quedan sometidos a los acuerdos adoptados por la Asamblea General.
- Aquellas personas que no sean socias de la entidad, podrán participar de la misma, sin posibilidad de voto.
AGENDA
19.00 – 19.30
REGISTRO
19.30 – 19.45
1. APERTURA
1.1 Palabras a cargo del presidente de SAGAI, Pepe Soriano
19.45 – 20.00
2. CUESTIONES PREVIAS
2.1 Verificación de quórum.
2.2 Designación de dos miembros para firmar el acta de Asamblea.
20.00 – 20.30
3. REPORTE DE LA COMISIÓN DIRECTIVA
3.1 Desarrollo de la Memoria a cargo del Secretario, Jorge Marrale
3.2 Aprobación de la Memoria.
20.30 – 21.00
4. ASPECTOS FINANCIEROS
4.1 Consideración del Balance General correspondiente al ejercicio cerrado el 31.12.2007, a cargo del Tesorero, Martín Seefeld.
4.2 Aprobación del Balance General.
4.3 Aprobación de la Tasa de Administración período 2008.
21.00 – 21.30
5. PRIMER DISTRIBUCIÓN DE DERECHOS. AISGE - SAGAI
5.1 Consideración de la primer distribución de derechos de la entidad. Convenio AISGE-SAGAI. Director, Sebastián Bloj
21.30 – 21.45
6. CLAUSURA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
Lunes 28 de abril 2008
Gorriti 5520 (VELMA CAFÉ), Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
13
De: Maturana
Fecha: Viernes, 18 de Abril de 2008 01:55 p.m.
Para: GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
Asunto: MATURANA VUELVE A LA CANCHA ESTE SÁBADO A LAS 22 HORAS...
GACETILLAS ARGENTINAS - REDACCIÓN
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